Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2013 (13/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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y Afro - Descendientes"; concediendosele licencia con goce de haber por tales fechas. La Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial sufragara los gastos de viaticos parciales, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Parciales US$ 315.00 Articulo Segundo.- El cumplimiento de la presente resolucion no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, al Juez Supremo interesado; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1012947-1

El Peruano Miercoles 13 de noviembre de 2013

Precisan que juez renunciante a que se refiere la Res. Adm. N° 098-2013P-CE-PJ debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el TUO de la Ley Organica del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 102-2013-P-CE-PJ MORDAZA, 8 de noviembre de 2013 VISTO: El Oficio s/n-11-2° SPRCL, cursado por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidenta de la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que la Presidenta de la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, hace de conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre la posibilidad que la renuncia del doctor MORDAZA MORDAZA Falconi MORDAZA al cargo de Juez Titular del MORDAZA Primer Juzgado Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, aceptada a partir del 1 de noviembre del ano en curso mediante Resolucion Administrativa N° 098-2013-P-CE-PJ, del 24 de octubre del presente ano, pueda poner en riesgo la continuacion de los procesos que vienen siendo ventilados en la citada Sala Penal Superior - Colegiado "B", que se encuentran en estado procesal de Juicio Oral - Procesos con Reos en Carcel, los cuales no admiten cambios por otro juez debido a que ya se dio el mencionado cambio con el juez renunciante. Segundo. Que no obstante la preocupacion expuesta por la Presidenta del referido organo jurisdiccional, es menester precisar que el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial ha previsto expresamente en el articulo 149° que los jueces tienen la obligacion de emitir su MORDAZA escrito en todas las causas en que hubiesen intervenido, aun en caso de impedimento, traslado, licencia, vacaciones, cese o promocion. Dicho MORDAZA forma parte de la resolucion, no siendo necesario la firma de esta por el Vocal referido. Agrega que si el Vocal no cumple con emitir su MORDAZA dentro del termino correspondiente el Presidente de la Sala puede integrarla con el llamado por ley, de conformidad con los articulos precedentes, sin perjuicio de la sancion disciplinaria pertinente. Tercero. Que, al respecto, resulta MORDAZA que la MORDAZA precedentemente senalada define la obligacion que tienen los jueces de emitir su MORDAZA escrito en todas las causas en que hubiesen intervenido, aun en caso de impedimento, traslado, licencia, vacaciones, cese o promocion; ello como resulta obvio, en razon y estricta aplicacion del MORDAZA por el cual prevalece el interes general sobre el particular y en

esa direccion, prevalece el servicio de imparticion de justicia como servicio publico sustentado, entre otros aspectos, en necesidades de efectividad, eficacia, eficiencia y economia. En ese orden de ideas, existen una serie de elementos que en conjunto permiten caracterizar, en MORDAZA rasgos, a un servicio como publico: a) Su naturaleza esencial para la comunidad; b) La necesaria continuidad de su prestacion en el tiempo; c) Su naturaleza regular, es decir, que debe mantener un estandar minimo de calidad, y; d) La necesidad de que su acceso se de en condiciones de igualdad. Todo lo cual se condice, de manera evidente con el servicio de imparticion de justicia que brinda este Poder del Estado. En esa perspectiva, es del caso senalar que la efectividad a la que alude la naturaleza de un servicio publico, esta orientada a asegurar que la proteccion de derechos no sea meramente retorica o simbolica. Por lo que siendo esto asi, se encuentra plenamente justificado que el doctor MORDAZA MORDAZA Falconi MORDAZA cumpla, en consonancia con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, con participar en aquellos expedientes que se encuentran en estado procesal de juicio oral a que se alude en el oficio mencionado, y que no admiten cambios por otro juez debido a que este se produjo con el juez renunciante. En consecuencia; el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolucion Administrativa N° 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer, sin perjuicio de lo dispuesto mediante Resolucion Administrativa N° 0982013-P-CE-PJ del 24 de octubre del ano en curso, que acepto la renuncia del doctor MORDAZA MORDAZA Falconi MORDAZA al cargo de Juez Titular del MORDAZA Primer Juzgado Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, a partir del 1 de noviembre del ano en curso; que el juez renunciante debera dar debido cumplimiento a lo establecido en el articulo 149° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; lo cual implica culminar su participacion en aquellos expedientes que se encuentran en estado procesal de Juicio Oral - Procesos con Reos en Carcel, y que no admiten cambios por otro juez. Articulo Segundo.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, adopte las medidas administrativas pertinentes para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1012947-2

CORTE SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan Juez Supernumerario del 6° Juzgado Constitucional
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 907-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 11 de noviembre de 2013 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso numero 94587-2013, la doctora MORDAZA Rossana MORDAZA Freitas, Juez Supernumeraria del MORDAZA

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