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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (13/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 95

El Peruano Miércoles 13 de noviembre de 2013 506949 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Autorizan al Sub Gerente del Plan Director participar en el XII Congreso Mundial de la Organización de las Ciudades del Patrimonio Mundial a realizarse en México ACUERDO MUNICIPAL Nº 0124-2013-MPC Cusco, 4 de noviembre de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCO CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, las mismas que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, por Acuerdo Municipal 096 – 2013 – MPC, se aprobó la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en el XII Congreso Mundial de la Organización de las Ciudades del Patrimonio Mundial, OCPM en la ciudad de Oaxaca, México, con autorización de salida internacional entre los días 15 al 24 de noviembre de 2013. Del mismo modo, se autorizó la participación del señor Alcalde, Luis Florez García; de los señores regidores, Silvia Uscamaita Otarola y Jorge Luis Saavedra Guarnizo; y de los señores funcionarios, Gerenta del Centro Histórico Crayla Alfaro Aucca y Director de Relaciones Públicas, Raúl Asencio Carrasco; Que, mediante carta suscrita por la Directora de Ofi cina de la Organización de las Ciudades del Patrimonio Mundial, OCPM, Rachel Larouche, informa que la Municipalidad del Cusco, al ser miembro activo de la OCPM se ha hecho acreedora a una oferta de participación técnica a través de un profesional gestor urbano, encargado de la planifi cación territorial, con derecho a participar en el XII Congreso Mundial de la OCPM en la ciudad de Oaxaca, México; Que, la Gerenta de Centro Histórico de la Municipalidad del Cusco, mediante Informe 090 – GCH / GM / MPC – 2013, opina por la participación del Sub Gerente del Plan Director, Abel Gallegos Choque, en el XII Congreso Mundial de la OCPM; Que, asimismo, el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, aprobó por MAYORIA, en la sesión de la fecha, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta: ACORDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR, la participación del Sub Gerente del Plan Director, Abel Gallegos Choque, en el XII Congreso Mundial de la Organización de las Ciudades del Patrimonio Mundial, OCPM en la ciudad de Oaxaca, México, con autorización de salida internacional entre los días 15 al 24 de noviembre de 2013. Artículo Segundo.- PRECISAR, que la Organización de las Ciudades del Patrimonio Mundial, OCPM, en aplicación de la oferta de participación técnica a través de un profesional gestor urbano de la Municipalidad del Cusco, encargado de la planifi cación territorial, cubre los derechos a participar en el XII Congreso Mundial de la OCPM del Sub Gerente del Plan Director, entendiéndose éstos como los pasajes nacionales e internacionales entre Cusco – Lima – Oaxaca y viceversa, así como el pago de la inscripción y viáticos hasta por US $400.00; Artículo Tercero.- OTORGAR, al Sub Gerente del Plan Director, Abel Gallegos Choque, los viáticos internacionales, los cuales se calcularán según el detalle: SUB GERENTE DEL PLAN DIRECTOR, ABEL GALLEGOS CHOQUE Viáticos internacionales cuatro días US$ 880.00 Artículo Cuarto.- De conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058 – 04 – MC, el Alcalde de la Municipalidad del Cusco, el Sub Gerente del Plan Director, mencionado en el artículo anterior, deberá emitir un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje. Regístrese, comuníquese y archívese. LUIS ARTURO FLOREZ GARCIA Alcalde 1012133-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban el planeamiento integral del predio rural Huando - sub lote 111- B de propiedad de la Asociación Pro Vivienda Los Jardines de Huaral RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 0124-2013-MPH-GDUOT Huaral, 15 de octubre del 2013 El GERENTE DE DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El expediente administrativo Nº 08438-13, de fecha 25 de abril del 2013, seguido por la Asociación Pro Vivienda “Los Jardines de Huaral”, representado por su presidenta, doña Teresa María Rueda Ventocilla, sobre solicitud de APROBACIÓN DE PLANEAMIENTO INTEGRAL CON FINES DE HABILITACIÓN URBANA, del predio RURAL HUANDO SUB LOTE 111-B, jurisdicción del distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en su artículo 73º, numeral 1, acápite 1.3 y 1.8, establece que: Las Municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen funciones específi cas señaladas en el Capítulo II del presente título, con carácter exclusivo o compartido, en las materias siguientes: 1.3 Habilitación y 1.8 Vialidad. Que, asimismo en el artículo Nº 79º numeral 3, acápite 3.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: las Municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, tienen la función específi ca de aprobar el plan urbano o rural distrital, con sujeción al plan de normas municipales provinciales sobre la materia, preciándose en el numeral 3.6 acápite 3.6.1 que constituye función exclusiva de las Municipalidades Distritales, normar, regular y otorgar autorizaciones,