Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2013 (13/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano Miercoles 13 de noviembre de 2013

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su modificacion o su interpretacion, deberan ser dirigidas por la via diplomatica: · Por la Parte belga, a: Oficina de Cooperacion al Desarrollo Embajada de Belgica Avenida Angamos Oeste, 380 Miraflores, MORDAZA 18, Peru · Por la Parte peruana, a: Agencia Peruana de Cooperacion ­ APCI Avenida MORDAZA MORDAZA, 261 Miraflores, MORDAZA 18, Peru Internacional

que les fueran aplicables de conformidad con lo estipulado en la legislacion peruana vigente sobre la materia. 7.3 La parte peruana expedira al personal MORDAZA mencionado un carnet de identidad para extranjeros y los visados que MORDAZA necesarios, conforme a su legislacion, segun las modalidades vigentes para los expertos de las Naciones Unidas que desempenan funciones en el Peru. Articulo 8 ­ Impuestos, Aranceles y Derechos de importacion 8.1 La contribucion belga no sera, en ningun caso, utilizada para el pago de cualquier impuesto, aranceles, derechos de importacion y otros propositos fiscales y administrativos (incluyendo el IGV) sobre suministros y equipamientos, trabajos y prestacion de servicios, de conformidad con la normativa peruana vigente. 8.2 De acuerdo con lo estipulado en la legislacion nacional vigente, el Gobierno del Peru otorgara facilidades para la recuperacion de los impuestos pagados con los fondos de esta cooperacion, asi como para la liberacion arancelaria a la importacion de equipos. Articulo 9 ­ Informacion reciproca Cada Parte transmite a la Otra todas las informaciones necesarias al buen funcionamiento del Programa. Articulo 10 ­ Reporte, seguimiento y evaluacion 10.1 El DTF precisa los procedimientos de reporte administrativo y operacional, contable y financiero. 10.2 Cada una de las Partes puede en todo momento y con previa informacion de la otra, realizar conjuntamente o por separado una operacion de supervision o de evaluacion del Programa. Dado el caso, cada Parte comunicara a la otra las conclusiones alcanzadas. Articulo 11 ­ El periodo posterior al Programa Con el fin de asegurar la sostenibilidad de los resultados del Programa, la Parte peruana tomara las medidas institucionales, administrativas y presupuestarias necesarias. Articulo 12 ­ Duracion, extension, cancelacion, modificaciones y controversias 12.1 El presente Convenio entrara en MORDAZA en la fecha en que el Reino de Belgica reciba notificacion escrita, por parte de la Republica del Peru, comunicando que este ha cumplido con los procedimientos internos necesarios para tal efecto y, a partir de dicho momento tendra una duracion de (72) meses, plazo que no podra ser ampliado. La ejecucion del programa tiene una duracion de (60) meses 12.2 Los financiamientos reservados a las operaciones iniciadas MORDAZA de la fecha de vencimiento del presente convenio seran automaticamente utilizados despues de dicha fecha si las transacciones involucradas no hubieran sido completamente ejecutados al final de la mencionada duracion. 12.3 Despues del cierre financiero del Programa, los fondos no utilizados seran reprogramados al Programa Indicativo de Cooperacion en curso, dicha reprogramacion se acordara, mediante intercambio de Notas entre las Partes. 12.4 El presente Convenio puede ser denunciado por cualquiera de las partes por Nota Verbal, con un preaviso de tres meses. En ese caso, los fondos no utilizados seran reasignados a la expiracion de este preaviso conforme a lo prescrito en el Articulo 12.3. Los contratos concluidos en conformidad con el DTF MORDAZA de la denuncia de este Convenio seran respetados segun lo previsto. 12.5 Las disposiciones del presente Convenio pueden ser modificadas de comun acuerdo por intercambio de Notas entre las partes. 12.6 Cualquier controversia relativa a la aplicacion o a la interpretacion del presente Convenio sera resuelta por medio de la negociacion. Articulo 13 ­ Direcciones 13.1 Las notificaciones previstas en virtud del presente Convenio y en particular aquellas que tengan por objeto

13.2 Las notificaciones o comunicaciones relativas a la ejecucion de sus componentes tecnicos, deberan ser dirigidas: · Por la Parte belga, a: Representacion Residente de la Agencia belga de Desarrollo - CTB MORDAZA MORDAZA MORDAZA Olcay, 389 Miraflores, MORDAZA 18, Peru · Por la Parte peruana, a : Seguro Integral de Salud - SIS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 212-214 Urb. Maranga San MORDAZA, MORDAZA 32, Peru Suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru el 21 de marzo de 2013, en cuatro (4) ejemplares, dos (2) en castellano y dos (2) en frances. Por la Republica del Peru (firma) MORDAZA Roncagliolo Ministro de Relaciones Exteriores

Por el Reino de Belgica (firma) MORDAZA Van Hemeldonck Embajadora de Belgica en MORDAZA 1013273-1

Convenio entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federal de Alemania, relativo al proyecto "Adaptacion de la Inversion Publica al Cambio Climatico en el Peru"
Embajada de la Republica Federal de Alemania MORDAZA Expediente: WZ 440.05/4 Nota Verbal N° 0437/2012 La Embajada de la Republica Federal de Alemania saluda muy atentamente al Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru ­ Direccion General de Europa ­ a la Nota Verbal N° 1350/2011 del 22 de noviembre del 2011, su Nota de respuesta N° RE (DGE-EU1) 6-5/34 del 22 de marzo de 2012 y con referencia al Convenio sobre Cooperacion Tecnica suscrito entre nuestros dos Gobiernos el 6 de junio de 1974 la Embajada tiene el honor de comunicar

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