Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2013 (13/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano Miercoles 13 de noviembre de 2013

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Considerando las relaciones de amistad y solidaridad existentes entre ambos Estados, Considerando el Convenio General de Cooperacion Internacional entre el Reino de Belgica y la Republica del Peru, firmado el dia 15 de octubre de 2002, Considerando el Programa Indicativo de Cooperacion bilateral 2010-2013 firmado el 24 de setiembre del 2009. Han convenido las siguientes disposiciones: Articulo 1 ­ Objeto del Convenio 1.1. Por medio del presente Convenio Especifico, las Partes se comprometen a financiar la ejecucion del "Programa de Apoyo a la Politica de Aseguramiento Universal en el Peru, a traves del SIS". 1.2. Los objetivos son los siguientes: · El objetivo global es «El derecho de toda persona en situacion de pobreza y pobreza extrema a servicios de salud de calidad ha sido garantizado mejorando el nivel de salud de la poblacion ». · El objetivo especifico es «Al 2016, la cobertura de afiliacion y de beneficios del Seguro Integral de Salud ha sido extendida con garantias de calidad implementadas para hombres, mujeres, ninos y ninas en situacion de pobreza y extrema pobreza, segun sus necesidades diferenciadas, en regiones priorizadas del MORDAZA en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud». Articulo 2 ­ Responsabilidades de MORDAZA Partes 2.1. La Parte peruana designa a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, en adelante denominada "APCI", como la entidad peruana responsable de la coordinacion con la Embajada de Belgica en Lima. La Parte peruana designa al Seguro Integral de Salud, en adelante denominado "SIS", como la entidad responsable de la coordinacion, implementacion, ejecucion y seguimiento del Programa. El Seguro Integral de Salud es representado por su Jefe. 2.2. La Parte belga designa a la Direccion General de la Cooperacion al Desarrollo, en adelante denominada "la DGD", del Servicio Publico Federal de Asuntos Exteriores, de Comercio Exterior y de la Cooperacion al Desarrollo, como la entidad administrativa belga responsable de su contribucion al Programa. La DGD es representada en el Peru por el Agregado/ Consejero de Cooperacion Internacional de la Embajada de Belgica en Lima. 2.3. La Parte belga encarga la ejecucion de sus compromisos a la Agencia belga de Desarrollo - CTB, sociedad anonima de derecho publico belga con finalidad social, en adelante denominada "la CTB". La CTB es representada en el Peru por su Representante Residente en Lima. La CTB lleva a cabo su tarea en cumplimiento de un convenio concluido entre la misma y el Estado belga. Articulo 3 ­ Contribuciones de MORDAZA Partes al Programa 3.1.El presupuesto total del Programa alcanza, en la fecha de la firma del presente Convenio, el monto de 16.500.000 EUR (dieciseis millones quinientos mil euros), del cual · un monto MORDAZA de 13.500.000 EUR (trece millones quinientos mil euros) a cargo de la Parte Belga ; · un monto de 3.000.000 EUR (tres millones de euros) a cargo de la Parte Peruana. Este aporte nacional corresponde a gastos de personal, administrativos, equipamiento, capacitaciones, mantenimiento e infraestructura valorizados y/o aportados por el SIS. 3.2 El destino de la contribucion de cada parte se encuentra detallado en el Documento Tecnico y Financiero (DTF) del Programa, presentado en anexo al Convenio. Las modalidades que se tienen que usar para la movilizacion de dichas contribuciones seran descritas en el Manual de Procedimientos del Programa.

Articulo 18 IMPLEMENTACION 1. La asistencia brindada en virtud del presente Convenio sera proporcionada directamente por las Administraciones Aduaneras, las que podran convenir acuerdos especificos con ese fin. 2. Las Administraciones Aduaneras podran convenir que sus servicios centrales y locales de lucha contra el fraude, investigacion y otros esten en comunicacion directa entre ellos. Articulo 19 APLICACION GEOGRAFICA Este Convenio sera aplicable en el territorio aduanero de la Republica del Peru y en territorio aduanero de la Federacion de Rusia. Articulo 20 ENTRADA EN MORDAZA Y TERMINACION 1. El presente Convenio entrara en MORDAZA el trigesimo dia despues de la fecha de recepcion de la MORDAZA notificacion escrita en la que las Partes se comuniquen oficialmente el cumplimiento de los procedimientos internos respectivos para su entrada en vigor. 2. Este Convenio tendra una duracion indefinida y permanecera en MORDAZA hasta seis meses despues de la fecha de recepcion en la cual una de las Partes notificara a la otra de su intencion de terminar el Convenio. Suscrito en MORDAZA a los siete dias del mes de MORDAZA de dos mil once, por duplicado en castellano, ruso e ingles, siendo todos los textos igualmente autenticos y validos. En caso de discrepancia en la interpretacion y/o implementacion del presente Convenio, prevalecera la version en ingles. (FIRMADO) POR EL GOBIERNO DE LA FEDERACION RUSA (FIRMADO) POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU. 1013257-1

Convenio Especifico entre la Republica del Peru y el Reino de Belgica relativo al "Programa de apoyo a la politica de aseguramiento universal en salud en el Peru, a traves del SIS"
CONVENIO ESPECIFICO entre la Republica del Peru y el Reino de Belgica relativo al "Programa de apoyo a la politica de aseguramiento universal en salud en el Peru, a traves del SIS" La Republica del Peru, de una parte, y el Reino de Belgica, de otra parte, en adelante denominados « las Partes »,

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