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El Peruano Miércoles 13 de noviembre de 2013 506961 Señor Ministro: Con referencia a la Iniciativa Internacional para la Protección del Clima del Ministerio Federal de Medio Ambiente, Protección de la Naturaleza y Seguridad Nuclear de Alemania y en cumplimiento del Convenio sobre Cooperación Técnica concertado entre nuestros dos Gobiernos el 6 de junio de 1974, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del Gobierno de la República Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo: 1. El Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú fomentarán conjuntamente el siguiente proyecto: Adaptación de la Inversión Pública al Cambio Climático en el Perú. 2. El objetivo del proyecto es contribuir a la protección del clima y al desarrollo sostenible en la República del Perú a través del fomento de medidas para la adaptación a las consecuencias del cambio climático. 3. El Gobierno de la República Federal de Alemania facilitará a sus expensas recursos humanos y realizará prestaciones materiales y, si procede, aportaciones fi nancieras como donación no-reintegrable para el proyecto mencionado en el párrafo 1 por el valor total siguiente: hasta 3 000 000 de euros. El Gobierno de la República Federal de Alemania confi ará la ejecución del proyecto mencionado en el párrafo 1 a la siguiente organización: Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ) GmbH. 4. El Gobierno de la República del Perú confi ará la ejecución del proyecto al Ministerio de Economía y Finanzas – MEF. 5. Los detalles del proyecto especifi cado en el párrafo 1 y de las prestaciones y obligaciones respectivas se fi jarán en contratos de ejecución y, si procede, de fi nanciación individuales, que habrán de ser concertados entre el organismo ejecutor mencionado en el párrafo 3 y las instituciones a las que el Gobierno de la República del Perú encargue la ejecución del proyecto. Esos contratos de ejecución y, si procede, de fi nanciación estarán sujetos a las disposiciones legales vigentes en el República Federal de Alemania. 6. Las medidas comprendidas en el compromiso deberán implementarse en un plazo de ocho años a contar a partir del año de dicho compromiso. Los fondos no empleados caducarán defi nitivamente. Para los compromisos del año en curso, el plazo de ejecución concluirá el 31 de diciembre de 2019. 7. Con arreglo al Convenio sobre Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú del 6 de junio de 1974 el Gobierno de la República del Perú procederá a la exoneración o devolución de los impuestos que se devenguen en relación con la conclusión y el cumplimiento de los contratos de ejecución y, si procede, de fi nanciación mencionados en el párrafo 5. 8. Por lo demás se aplicarán también al presente Acuerdo las disposiciones del arriba mencionado Convenio del 6 de junio de 1974. 9. El presente Acuerdo se concierta en alemán y castellano siendo ambos textos igualmente auténticos. En caso de que el gobierno de la República del Perú se declare conforme con los planteamientos anteriormente propuestos, esta Nota y su Nota de respuesta, en la que conste la conformidad de su Gobierno, constituirán un Acuerdo entre nuestros países. El Acuerdo propuesto entrará en vigor en la fecha en que la República del Perú notifi que, por vía diplomática, el cumplimiento de los requisitos internos para su entrada en vigor. Aprovecho la ocasión para reiterar a Vuestra Excelencia, Sr. Ministro, el testimonio de mi más alta y distinguida consideración (Firmado Joachim Schmillen)”. Mediante la presente Nota cumplo con expresarle la conformidad del Gobierno de la República del Perú con la propuesta formulada en la comunicación arriba transcrita. Por lo tanto, su referida comunicación y la presente, constituyen un Acuerdo entre nuestros Gobiernos, en virtud del cual el Gobierno de la República Federal de Alemania pondrá a disposición del Gobierno de la República del Perú recursos humanos, realizará prestaciones materiales y, si procede, aportaciones fi nancieras como donación no reembolsable para el proyecto mencionado en el párrafo 1, por un valor total de hasta 3 millones de euros, con el objeto de contribuir a la protección del clima y al desarrollo de la República del Perú, a través de medidas para la adaptación a las consecuencias del cambio climático. Hago propicia esta oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. (fi rmado) Rafael Roncagliolo Ministro de Relaciones Exteriores del Perú 1013274-1 Entrada en vigencia del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federal de Alemania relativo al proyecto “Adaptación de la Inversión Pública al Cambio Climático en el Perú” Entrada en vigencia del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federal de Alemania relativo al proyecto “Adaptación de la Inversión Pública al Cambio Climático en el Perú”, formalizado mediante intercambio de Notas, Nota Verbal Nº 0437/2012 de la Embajada de la República Federal de Alemania, de fecha 30 de mayo de 2012, y Nota RE(DGE- EU1) Nº 6-5/58 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 8 de junio de 2012, y ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 046-2013-RE, del 17 de octubre de 2013. Entró en vigencia el 22 de octubre de 2013. 1013259-1 Entrada en vigencia del “Convenio Específico entre la República del Perú y el Reino de Bélgica relativo al “Programa de apoyo a la política de aseguramiento universal en salud en el Perú a través del SIS” Entrada en vigencia del “Convenio Específi co entre la República del Perú y el Reino de Bélgica relativo al “Programa de apoyo a la política de aseguramiento universal en salud en el Perú a través del SIS”, suscrito el 21 de marzo de 2013, en la ciudad de Lima, República del Perú; y, ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 053- 2013-RE, del 23 de octubre de 2013. Entró en vigencia el 25 de octubre de 2013. 1013260-1 Entrada en vigencia del “Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la Federación Rusa sobre Cooperación y Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros” Entrada en vigencia del “Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la Federación Rusa sobre Cooperación y Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros”, suscrito el 7 de julio de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú, y ratifi cada por el Decreto Supremo Nº 043-2013-RE del 17 de octubre de 2013. Entrará en vigencia el 22 de noviembre de 2013. 1013258-1