Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2013 (15/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Viernes 15 de noviembre de 2013

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octubre del 2013 de la Gerencia Municipal, Informe Nº08102013-SGP-GPP/MDSJM de fecha 04 de noviembre del 2013 de la Sub Gerencia de Presupuesto, Informe Nº1272013-GPP/MDSJM de fecha 04 de noviembre del 2013 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº0773-2013-GAJ-MDSJM de fecha 06 de noviembre del 2013, sobre Ordenanza que otorga Beneficios Tributarios y No tributarios para el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias en el Distrito de San MORDAZA de Miraflores. CONSIDERANDO Que, la Constitucion Politica del Peru en sus Articulos 74º, 194º, numerales 3) y 4) del Articulo 195º establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad de crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion, y con los limites que senala la ley; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley. Que, el TUO. del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99- E.F y sus modificatorias, en su MORDAZA IV, MORDAZA de Legalidad- Reserva de la Ley, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, y en su Articulo 41º sobre Condonacion, dispone que, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo. Que, considerando que existe un alto porcentaje de morosidad entre los contribuyentes del Distrito, que no han cumplido con cancelar sus deudas por concepto del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, y Multas Tributarias, asi como Multas Administrativas; en ese contexto es necesario brindar de manera EXCEPCIONAL, y por MORDAZA vez las facilidades que requieren, a efectos de que cumplan con regularizar el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias Que, si bien no constituye una politica de la actual gestion municipal, el otorgar condonaciones tributarias, por generar estos un incentivo al no pago oportuno de los tributos, siendo esto uno de los factores que a contribuido a los altos indices de morosidad que existe en el Distrito, pero es tambien MORDAZA que la Entidad no puede ser ajena a la realidad expuesta, por ello dentro del plazo de vigencia se otorgaran las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones pendientes de pago, una vez vencida estas, se procedera al cobro de las deudas tributarias y sanciones Administrativas con los interes y factores de reajustes utilizando todos los mecanismos previstos en el Codigo Tributario. Estando a lo expuesto, y a lo opinado en el Informe Nº0773 -2013-GAJ-MDSJM de la Gerencia de Asesoria Juridica, al Informe Nº88-2013-GR/MDSJM de la Gerencia de Rentas; y de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) del articulo 9º y por el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo y dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA DE "BENEFICIO TRIBUTARIO Y NO TRIBUTARIO PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES" Articulo 1º.- OBJETIVO Y ALCANCES: La presente Ordenanza tiene por objetivo ESTABLECER un regimen de excepcion por unica vez para el pago voluntario y al contado de las deudas tributarias y no tributarias, a favor de los contribuyentes, cuyo acreedor es la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, para aquellas personas naturales o juridicas que mantengan obligaciones pendientes de cancelacion

Que, en atencion a lo expuesto la Gerencia de Asesoria Juridica ha expresado su conformidad legal respecto a la donacion, indicando que la misma debe ser aprobada por el Concejo Municipal conforme a ley; Que, a su vez la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto manifiesta que a efectos de incorporar la donacion de la MORDAZA MORDAZA en el presupuesto institucional de la Municipalidad resulta necesario contar con el Acuerdo de Concejo que acepte la misma, de conformidad con lo establecido en el articulo 39º numeral 39.2) del Decreto Supremo Nº 304-2012-EF que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411; Estando a los fundamentos expuestos y a las normas legales previamente glosadas, en uso de las facultades otorgadas mediante el Acuerdo de Concejo Nº 073-2013/ MLV que encarga el despacho de la Alcaldia a la la MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA Manchego Bustios desde el 26 de octubre hasta el 17 de noviembre de 2013, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ el Concejo Municipal por unanimidad; ACORDO: Articulo Primero.- Aceptar la donacion de S/.20.000.00 (veinte mil y 00/100 nuevos soles) que otorga la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA Manchego Bustios, a favor de la Municipalidad de La MORDAZA, la cual sera destinada a la ejecucion del Proyecto "Museo a MORDAZA Abierto" que se realiza en la Plaza Manco Capac. Asimismo, se faculta al senor MORDAZA para suscribir toda documentacion e instrumentos legales que resulten necesarios para el cumplimiento y formalizacion de la donacion que se recibe. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y a las gerencias de Finanzas, de Planeamiento y Presupuesto y de Administracion, que efectuen el registro correspondiente de la donacion dineraria que se recibe y que ejecuten las acciones pertinentes de acuerdo a sus competencias y atribuciones que permitan asegurar el cumplimiento de lo dispuesto. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el diario oficial El Peruano, conforme lo establece el articulo 69º de la Ley Nº 28411 ­ Ley del Sistema Nacional de Presupuesto ­. Articulo Cuarto.- Agradecer a la MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA Manchego Bustios por la donacion que efectua a favor de la Municipalidad y por contribuir con la difusion de la cultura en el distrito de La Victoria. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DEL C. MANCHEGO BUSTIOS MORDAZA Alcaldesa Encargada del Despacho de Alcaldia 1013829-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Establecen beneficio tributario y no tributario para el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias en el distrito
ORDENANZA Nº 260-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 11 de noviembre del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 11 de noviembre del 2013, el proyecto de la Ordenanza presentado por la Gerencia de Rentas mediante informe Nº88-2013-GR/MDSJM de fecha 23 de octubre del 2013, Memorandum Nº 1105-2013-MDSJM-GM de fecha 24 de

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