Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2013 (15/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano Viernes 15 de noviembre de 2013

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Articulo Cuarto.- ENCARGAR al Area de tramite documentario del Gobierno Regional de Tacna, la notificacion y distribucion de la presente Resolucion a los procesados en forma personal dentro del termino de (72) horas contadas a partir del dia siguiente de expedida la resolucion, de no ser posible su ubicacion notifiquese mediante publicacion ante el Diario Oficial El Peruano; una vez efectuada la notificacion, pongase en conocimiento de la ­CEPAD/GOB.REG.TACNA-, presidido por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el expediente administrativo a (Folios Nº 156) para los fines pertinentes; bajo responsabilidad. Articulo Quinto.- NOTIFIQUESE con la presente a la parte interesada, a los Miembros de Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y demas Estamentos del Gobierno Regional de Tacna en el modo y forma de ley. Registrese y cumplase. MORDAZA PAULLO MORDAZA Gerente General Regional 1014331-1

Regional de Tacna; de igual modo, la Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habria incumplido las funciones establecidas en el inciso b) y g) del articulo Nº 117 del Reglamento de Organizacion y Funciones; razon por la cual, con su accionar negligente habrian causado un perjuicio economico a la Entidad Regional generando se impongan multas por no haber cumplido con los pagos respectivos a ESSALUD y AFP 2011; razon por el cual, corresponderia instaurar MORDAZA administrativo disciplinario por contravenir lo dispuesto en el articulo Nº 21, incisos a) y b) del Decreto Legislativo Nº 276, asi como estar incurso en lo dispuesto en los incisos a) y d) del articulo Nº 28 de la misma MORDAZA en concordancia con lo establecido en el articulo Nº 127 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Que, el articulo Nº 25 del Decreto Legislativo Nº 276 senala que: "Los servidores publicos son responsables, civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio publico, sin perjuicio de las sanciones de caracter disciplinario por las faltas que cometan". Que, el articulo Nº 28 del citado Decreto Legislativo precisa: "Son faltas de caracter disciplinario que, segun su gravedad pueden ser sancionadas con cese temporal o con destitucion, previo MORDAZA administrativo: (...) a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento; y d) La negligencia en el desempeno de las funciones". Que, asimismo el articulo Nº 150 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, precisa: "Se considera Faltas disciplinarias a toda accion u omision voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demas normatividad especifica sobre los deberes de servidores y funcionarios, establecido en el articulo 28 y otros de la Ley y el presente reglamento. La comision de una falta da lugar a la aplicacion de la sancion correspondiente". Que, de igual modo el articulo Nº 163 de la MORDAZA glosada precisa que: "El servidor publico que incurra en falta de caracter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitucion, sera sometido a MORDAZA administrativo disciplinario que no excedera de treinta (30) dias improrrogables. El incumplimiento del plazo senalado configura falta de caracter disciplinario contenida en los incisos a) y d) del articulo Nº 28 de la Ley". Que, finalmente el articulo Nº 167 de la MORDAZA acotada senala que el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por resolucion del Titular de la Entidad o del funcionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto, debiendo notificarse al servidor procesado en forma personal o publicarse en el Diario Oficial "El Peruano", dentro del termino de (72) horas contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de dicha resolucion". Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27444, Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada y complementada por las Leyes Nº 27902, 28013 y 28296; en uso de las facultades delegadas a traves de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 532-2013-PR/GOB.REG.TACNA y con el visto MORDAZA de la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Tacna. SE RESUELVE: Articulo Primero.INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario a partir del dia siguiente de la notificacion con la presente Resolucion al Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ­ Ex Director Regional de Administracion ­ del Gobierno Regional de Tacna y a la Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Ex Director de la oficina de Recursos Humanos ­ del Gobierno Regional de Tacna, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Tacna, para que en el plazo improrrogable de treinta (30) dias habiles a partir del dia siguiente de la notificacion con la presente a los procesados, emita su informe, recomendando las sanciones a que hubiera lugar. Articulo Tercero.- DISPONER que en plazo de (05) dias habiles de notificada con la presente resolucion, los procesados presenten sus descargos y pruebas que considere necesarios a su defensa.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Disponen recepcionar obras de habilitacion MORDAZA MORDAZA progresivo de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 1207-2013-MDA/GDU-SGHUE Ate, 21 de octubre de 2013 LA SUBGERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 44958 de fecha 04 de Octubre de 2013, seguido por Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la empresa CORPORACION MORDAZA CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., debidamente representado por Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA GILES; por el cual solicitan la Recepcion de Obra de Habilitacion MORDAZA MORDAZA Progresivo para Uso Residencial de Densidad Media "RDM" del terreno con un area de 2,251.20 m2, constituido por los lotes C y D de la manzana "3" de la agrupacion rural fundo la MORDAZA, frente a la Av. MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; cuyos Proyectos de Habilitacion MORDAZA Ejecutada fueron aprobados mediante Resolucion de Subgerencia Nº 579-2013-MDA/GDU-SGHUE del 07 de Junio de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Subgerencia Nº 5792013-MDA/GDU-SGHUE de fecha 07 de Junio de 2013, la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones de la Municipalidad Distrital de Ate, aprueba de acuerdo con el Plano signado con Nº 036-2013-SGHUE-GDU/ MDA, y memoria descriptiva que forma parte de la presente Resolucion, el Proyecto de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada de MORDAZA Progresivo, para Uso Residencial de Densidad Media "RDM" del terreno con un area de 2,251.20 m2, constituido por los lotes C y D de la manzana "3" de la agrupacion rural fundo la MORDAZA, frente a la Av. MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Estableciendose, como deficit de aportes; Recreacion Publica 157.58 m2, Parques Zonales 45.02 m2, Ministerio de Educacion 45.02 m2, Renovacion MORDAZA 22.51 m2 y Otros Fines 45.02 m2; de los cuales el aporte de Recreacion Publica y Otros Fines han sido cancelado conforme lo indica el MORDAZA considerando de

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