Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2013 (15/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Viernes 15 de noviembre de 2013

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CERTIFICADO DE NOMENCLATURA VIAL 1.- Solicitud. 2.- MORDAZA literal de dominio, documento publico o documento privado de fecha cierta. 3.- Recibo de pago por derecho de tramite que es el 50% del monto establecido en el TUPA. Articulo 5º.- DEL PLAZO PARA ACOGERSE El plazo para acogerse al presente beneficio y de MORDAZA de las solicitudes sera hasta el 31 de Diciembre del 2013, contados del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza, para los procedimientos de Certificado de Numeracion y Certificado de Nomenclatura Vial. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- AUTORIZAR al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias y reglamentarias necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGAR al Gerente Municipal, Gerente de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Tercera.- ENCARGAR al Secretario General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y al Gerente de Defensoria y Participacion Vecinal la publicacion de la Ordenanza en la pagina Web de la Municipalidad de El MORDAZA (www.munielagustino. gob.pe) y su correspondiente difusion masiva. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1013431-1

Que, en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Ordenanzas, son las Normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se crea, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por la Ley. Que, el articulo 79º de la MORDAZA citada en el parrafo anterior, senala que las municipalidades deben normar, regular y otorgar las autorizaciones, derechos y licencias, certificados de numeracion y nomenclaturas, constancias de ubicacion, entre otras. Que, es politica de la actual gestion Municipal, otorgar facilidades a los vecinos contribuyentes y administrados para el acceso a los mecanismos y procedimientos de formalizacion en cualquiera de los ambitos de competencia municipal. Que, mediante Ordenanza Nº 496-MDEA, de fecha 21 de MORDAZA del 2011, se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; el cual en su item regula el otorgamiento de Certificados de numeracion y Certificado de nomenclatura respectivamente. Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves del Informe Nº 0645-2013-GDU-MDEA, considera necesario la identificacion fisica de predios que se encuentren dentro de la Jurisdiccion del Distrito de El Agustino; contando con sistema de nomenclatura de vias y numeracion de predios. Que, las Municipalidades son promotores del desarrollo integral, armonico y sostenible de sus circunscripciones, constituyendo parte de sus funciones, la de normar regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de apertura de establecimientos comerciales de acuerdo con la zonificacion. En el ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los senores miembros del Concejo municipal, se ha expedido la siguiente; ORDENANZA QUE REGULA LA SIMPLIFICACION DEL PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICION DEL CERTIFICADO DE NUMERACION Y CERTIFICADO DE NOMENCLATURA VIAL EN EL DISTRITO DE EL MORDAZA Articulo 1º.- OBJETO La presente Ordenanza tiene por objeto regular la Simplificacion del Procedimiento para hacer mas expeditivo el otorgamiento del Certificado de Numeracion y Certificado de Nomenclatura Vial en la jurisdiccion del distrito de El Agustino. Articulo 2º.- FINALIDAD La MORDAZA se encuentra orientada a una identificacion fisica y ordenada de los predios que se ubican dentro de la jurisdiccion del distrito de El MORDAZA para garantizar a los ciudadanos una mejor calidad de MORDAZA en una MORDAZA ordenada y organizada para la satisfaccion integral de sus necesidades del desarrollo humano sostenible. Articulo 3º.- AMBITO DE APLICACION Podran acogerse a la presente Ordenanza los propietarios o arrendatarios de MORDAZA ­ habitacion centros comerciales, MORDAZA feriales, mercados y que cumplan con presentar los requisitos establecidos en la presente ordenanza. Articulo 4º.- REQUISITOS Y COSTOS Para el otorgamiento del Certificado de Numeracion y Certificado de Nomenclatura Vial, el interesado debera cumplir con los siguientes requerimientos. CERTIFICADO DE NUMERACION 1.- Solicitud 2.- MORDAZA de DNI. 3.- Recibo de pago por derecho de tramite que es el 50% del monto establecido en el MORDAZA (Por cada unidad inmobiliaria). 4.- MORDAZA simple de Partida Registral de inscripcion del Inmueble emitido por Oficina de Registros Publicos. Para los casos de poseedores Informales, MORDAZA simple de MORDAZA de posesion emitida por los dirigentes actuales del Pueblo Joven.

Establecen beneficio administrativo de regularizacion de licencia de construccion por obra nueva, ampliacion, remodelacion, demolicion, refaccion o modificacion en los predios de la jurisdiccion que cumplan con las normas de edificacion vigentes
ORDENANZA Nº 547-MDEA El MORDAZA, 24 de octubre del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En sesion ordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza que Establece el Beneficio Administrativo de Regularizacion de Licencia de Construccion por Obra Nueva, Ampliacion, Remodelacion, Demolicion, Refaccion o Modificacion en los Predios de la Jurisdiccion del distrito de El MORDAZA, que cumplan con las normas de edificacion vigentes Y amnistiar las multas impuestas. Informe Nº 1382013-GEMU-MDEA, del Gerente Municipal, Informe Nº 0646-2013-GDU-MDEA, del Sub Gerente de Desarrollo MORDAZA e Informe Nº 347-2013-GAJU-MDEA, del Gerente de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, segun la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y la Constitucion Politica del Peru, regulan que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el Art. 79 numeral 3.6.2 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades establece que son funciones especificas de las municipalidades en materia de

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