Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2013 (15/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano Viernes 15 de noviembre de 2013

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Senor Gerente General Sirvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones que le confiere el numeral 9 del articulo 349° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros,en adelante Ley General, esta Superintendencia ha establecido las siguientes disposiciones con el fin de facilitar a los herederos debidamente acreditados informacion sobre los depositos u otros productos pasivos de sus causantes, en las empresas del sistema financiero, mediante la emision de una constancia; disponiendose su publicacion en virtud de lo senalado en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 1. Alcance La presente circular es aplicable para los depositos o productos pasivos bajo cualquier modalidad conforme a lo previsto por el articulo 221° de la citada Ley General, que tengan las empresas del sistema financiero senaladas en el literal A del articulo 16º de la Ley General, en adelante empresas. 2. Definiciones Para efectos de lo dispuesto en la presenta circular considerense de aplicacion las siguientes definiciones: a. Aplicativo: aplicativo informatico para atender las solicitudes de MORDAZA de deposito, en el MORDAZA del Supervisado de la Superintendencia, a traves del cual se gestiona la solicitud de informacion de depositos a las empresas de titularidad del causante, por parte de los herederos. b. Causante: persona natural fallecida, que aparece como titular del deposito en la empresa. c. MORDAZA de deposito u otros productos pasivos: documento entregado a favor del heredero por la Superintendencia, de acuerdo a la informacion proporcionada por las empresas, que acredita la existencia de depositos de titularidad del causante. d. Deposito: cualquiera de las operaciones pasivas que MORDAZA de titularidad del causante, previstas en el articulo 221º de la Ley General, tales como los depositos a la vista, a plazo y de ahorros, asi como en custodia; ademas, los valores, documentos y objetos en custodia y el contenido en las MORDAZA de seguridad. e. Empresa: empresa del sistema financiero a la cual se solicita la informacion de depositos de titularidad del causante. f. Heredero: persona natural o juridica acreditada con el derecho a conocer sobre los depositos de titularidad del causante en las empresas. g. Ley General: Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros. h. Superintendencia: Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. 3. Condiciones operativas Para efectos de la emision de las constancias que acrediten la existencia de depositos de titularidad de los causantes en las empresas, que fueran solicitadas por sus herederos debidamente acreditados, esta Superintendencia ha implementado el aplicativo informatico en el MORDAZA del Supervisado, denominado "Aplicativo de la Solicitud de MORDAZA de Depositos". La Superintendencia pondra a disposicion de las empresas, el manual de usuario del aplicativo, a traves del mismo Portal. Asimismo, la Superintendencia comunicara a las empresas, aquellos aspectos operativos complementarios para la adecuada utilizacion del aplicativo, en beneficio del servicio que se debe brindar a los herederos solicitantes de las respectivas constancias. 4. Procedimiento

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Modifican el articulo unico de la Res. SBS Nº 4124-2013
RESOLUCION SBS Nº 6605-2013 MORDAZA, 4 de noviembre de 2013 La Intendente General de Banca VISTA: La solicitud presentada por el Banco Falabella Peru S.A. para que esta Superintendencia autorice la modificacion de la direccion de una (01) oficina especial segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion SBS N° 4124-2013 del 05 de MORDAZA de 2013, esta Superintendencia autorizo al Banco la apertura de una oficina especial ubicada en la Avenida Los Frutales N° 202 - Local N° 5, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que el citado Banco ha informado que, de acuerdo con lo indicado en el Certificado de Numeracion N° 185-2013MDA/GDU-SGPUC, emitido por la Municipalidad Distrital de Ate, la direccion de la mencionada oficina especial ha sufrido modificacion; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervision Bancaria "C", y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley N° 26702, por la Resolucion SBS N° 775-2008; y, en uso de la facultad encomendada mediante Resolucion SBS N° 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el articulo unico de la Resolucion SBS N° 4124-2013 de fecha 05 de MORDAZA de 2013, de acuerdo a lo siguiente: · Dice: Avenida Los Frutales N° 202 - Local N° 5, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. · Debe decir: Avenida Los Frutales N° 130-182-202, Local N° 8, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca 1013511-1

Aprueban Circular referida a MORDAZA de depositos u otros productos pasivos de personas fallecidas
CIRCULAR Nº B-2216-2013 F-556-2013 CM-404-2013 CR-272-2013 MORDAZA, 13 de noviembre de 2013 _______________________________ Ref.: MORDAZA de depositos u otros productos pasivos de personas fallecidas _______________________________

4.1 Los herederos deberan solicitar la MORDAZA de depositos en el sistema financiero, a la Superintendencia, adjuntando la siguiente documentacion:

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