Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2013 (15/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano Viernes 15 de noviembre de 2013

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politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal. Ademas, el articulo 192° dispone que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8° precisa; la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales en el articulo 15º literal a) dispone que es una atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, en el articulo 38º senala que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...); y, en el articulo 45° establece que los Gobiernos Regionales definen, MORDAZA, dirigen y gestionan sus politicas regionales y ejercen sus funciones generales y especificas en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales; Que, resulta necesario precisar, que el Cuadro para Asignacion de Personal- CAP es un documento de gestion institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura organica vigente prevista en su ROF; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2004PCM, se aprueba los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal CAP de las Entidades de la Administracion Publica, que en el articulo 14° (Del Informe previo a la Aprobacion del CAP) prescribe: "El proyecto de CAP, debe estar visado por el organo responsable de su elaboracion, asi como por el Organo de Asesoria Juridica, adjuntandose los Informes Tecnico y Legal respectivos, el Reglamento de Organizacion y Funciones y su organigrama; debe ser remitido para informe previo, tal como se establece en el numeral 3 del citado articulo, a la Oficina de Presupuesto y Planificacion de la propia Entidad en el caso de: (...) los Gobiernos Regionales, (...)." En el articulo 15º (De la Aprobacion del CAP), senala: para el caso de Gobiernos Regionales la aprobacion del CAP se aprueba mediante Ordenanza Regional. Y en el articulo 17° (de la publicacion del CAP), senala que "Las Entidades deberan cumplir con publicar su CAP en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico de la Entidad. La publicacion en el MORDAZA electronico de la Entidad debe realizarse dentro de los 3 dias calendario siguientes a la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad de los funcionarios responsables conforme a la Ley de transparencia y acceso a la informacion publica. En el caso del CAP perteneciente a las Direcciones Regionales Sectoriales y demas entidades que mantienen dependencia funcional y tecnica con los Ministerios, se debera efectuar la publicacion en el MORDAZA Electronico del Ministerio y en el del Gobierno Regional que corresponda"; Que, mediante Dictamen N° 028-2013-GR.CAJ-CR/ COAJ-COP, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos y Planeamiento, de fecha 26 de setiembre del ano 2013, se emite opinion favorable para la aprobacion del Proyecto de Ordenanza Regional de aprobacion del CAP, del Hospital MORDAZA MORDAZA Cadenillas de la provincia de Chota, proyecto remitido por el Presidente Regional Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 01 de octubre del ano 2013; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GR.CAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobo la siguiente:

· Un representante de la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA Urrelo. · Un representante de CARE ­ Cajamarca. · Un representante de FORO Salud. · Un representante de la Mesa de Concertacion de Lucha contra la Pobreza. · Un representante del Consejo Regional de Ciencia, Innovacion, Tecnologia e Investigacion. El Observatorio Regional de Recursos Humanos en Salud, podra invitar a representantes de otras instituciones para el mejor logro de sus funciones. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social a traves de la Direccion Regional de Salud MORDAZA realice las coordinaciones administrativas necesarias para la implementacion del Observatorio Regional de Recursos Humanos en Salud, coordinando la asistencia tecnica del Ministerio de Salud, la Organizacion Panamericana de la Salud y CARE Peru ­ FORO Salud. Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad Tecnica Funcional de Informacion Estrategica en Recursos Humanos (adscrita a la Oficina de Gestion y Desarrollo de Recursos Humanos de la Direccion Regional de Salud Cajamarca) lo siguiente: · La recopilacion, sistematizacion, monitoreo, investigacion y evaluacion de la situacion de los recursos humanos a nivel regional y con alcance estrategico; · La instalacion del Sistema Regional de Informacion de Recursos Humanos en Salud, para lo cual debera coordinar con el Ministerio de Salud, asi como con las instituciones y unidades organicas correspondientes. Quinto.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www.regioncajamarca. gob.pe). Setimo.- La presente ordenanza regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, el primer dia del mes de octubre del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1013927-2

Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal CAP del Hospital MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cadenillas
ORDENANZA REGIONAL Nº 016 -2013-GR.CAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en el articulo 191°, concordante con el articulo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular son personas juridicas de derecho publico, con autonomia

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