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El Peruano Viernes 18 de octubre de 2013 505131 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1001724-9 Ratifican el Memorándum de Entendimiento entre la República del Perú y la República de la India para la Cooperación en el Área de Geología y Recursos Mineros DECRETO SUPREMO Nº 049-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Memorándum de Entendimiento entre la República del Perú y la República de la India para la Cooperación en el Área de Geología y Recursos Mineros fue suscrito el 13 de julio de 2012, en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Memorándum de Entendimiento entre la República del Perú y la República de la India para la Cooperación en el Área de Geología y Recursos Mineros, suscrito el 13 de julio de 2012, en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Memorándum de Entendimiento, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1001724-10 Ratifican el “Convenio entre la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú sobre Cooperación Financiera 2004” DECRETO SUPREMO Nº 050-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Convenio entre la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú sobre Cooperación Financiera 2004”, fue suscrito el 24 de noviembre de 2005, en la ciudad de Lima, República del Perú y aprobado por Resolución Legislativa N° 28985 del 19 de marzo de 2007; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Convenio entre la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú sobre Cooperación Financiera 2004”, suscrito el 24 de noviembre de 2005, en la ciudad de Lima, República del Perú y aprobado por Resolución Legislativa N° 28985 del 19 de marzo de 2007. Artículo 2°.- De conformidad con el artículo 4 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del Convenio entre la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú sobre Cooperación Financiera 2004, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1001724-11 Remiten al Congreso de la República, la documentación relativa al “Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 192-2013-RE Lima, 17 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el “Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Benefi cios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica”, fue adoptado el 29 de octubre de 2010, en la ciudad de Nagoya, Japón y fi rmado por la República del Perú el 04 de mayo de 2011; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 102° inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2° de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1º.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Benefi cios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica”, adoptado el 29 de octubre de 2010, en la ciudad de Nagoya, Japón y fi rmado por la República del Perú el 04 de mayo de 2011. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo