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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (18/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Viernes 18 de octubre de 2013 505130 Ratifican el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federal de Alemania relativo al proyecto Adaptación de la Inversión Pública al Cambio Climático en el Perú DECRETO SUPREMO Nº 046-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federal de Alemania relativo al proyecto Adaptación de la Inversión Pública al Cambio Climático en el Perú, fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota Verbal N° 0437/2012 de la Embajada de la República Federal de Alemania, de fecha 30 de mayo de 2012, y Nota RE (DGE- EU1) N° 6-5/58 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 08 de junio de 2012; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federal de Alemania relativo al proyecto Adaptación de la Inversión Pública al Cambio Climático en el Perú, formalizado mediante intercambio de Notas, Nota Verbal N° 0437/2012 de la Embajada de la República Federal de Alemania, de fecha 30 de mayo de 2012, y Nota RE (DGE- EU1) N° 6-5/58 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 08 de junio de 2012. Artículo 2°.- De conformidad con el artículo 4 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial El Peruano el texto íntegro del Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federal de Alemania relativo al proyecto Adaptación de la Inversión Pública al Cambio Climático en el Perú conjuntamente con la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3˚.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1001724-7 Ratifican el “Acuerdo entre la República del Perú y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas sobre la Prestación de Asistencia” DECRETO SUPREMO Nº 047-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo entre la República del Perú y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas sobre la Prestación de Asistencia” fue suscrito el 5 de diciembre de 2011, en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre la República del Perú y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas sobre la Prestación de Asistencia”, suscrito el 5 de diciembre de 2011, en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1001724-8 Ratifican el Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China DECRETO SUPREMO Nº 048-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China fue suscrito el 6 de abril de 2013, en la ciudad de Sanya, República Popular China; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China, suscrito el 6 de abril de 2013, en la ciudad de Sanya, República Popular China. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Convenio, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República.