Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2013 (18/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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de la Direccion General de Administracion del Ministerio del Interior, ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria, otorgandole poder amplio y suficiente para que gestione y autorice a sola firma los documentos ante la citada entidad relativos a temas tributarios y aduaneros. Articulo 2.- Disponer que el representante legal designado realice las gestiones necesarias para la adecuada ejecucion de la presente resolucion asi como su comunicacion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracion Tributaria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 1001543-1

El Peruano Viernes 18 de octubre de 2013

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA SALIZAR MORDAZA, formulada por el Juzgado Penal Transitorio de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por el delito contra la Familia - Omision a la Asistencia Familiar - en la modalidad de Incumplimiento de Obligacion Alimentaria, en agravio de Aniluz Salizar MORDAZA, y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1001724-15

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitud de extradicion activa de ciudadano peruano
RESOLUCION SUPREMA Nº 134-2013-JUS MORDAZA, 17 de octubre de 2013 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 060-2013/ COE-TC, del 14 de agosto de 2013, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana del ciudadano peruano MORDAZA SALIZAR MORDAZA, formulada por el Juzgado Penal Transitorio de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a estas atribuciones la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 21 de MORDAZA de 2013, declaro procedente la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana, del ciudadano peruano MORDAZA SALIZAR MORDAZA, para ser procesado por el delito contra la Familia - Omision a la Asistencia Familiar - en la modalidad de Incumplimiento de Obligacion Alimentaria, en agravio de Aniluz Salizar MORDAZA (Expediente N.º 23-2013); Que, el literal a) del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe N.º 060-2013/COE-TC, del 14 de agosto de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 28 de junio de 1989; y su Enmienda, ratificada por Decreto Supremo N.º 70-2011-RE del 02 de junio de 2011, vigente desde el 09 de MORDAZA de 2011, que eleva de 60 dias a 80 dias el plazo para presentar el cuaderno de extradicion;

Acceden a solicitudes de extradicion pasiva de ciudadanos rumano, ecuatoriano y peruano
RESOLUCION SUPREMA Nº 135-2013-JUS MORDAZA, 17 de octubre de 2013 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 068-2013/ COE-TC, del 27 de agosto de 2013, sobre la solicitud de extradicion pasiva, de forma simplificada, del ciudadano rumano MORDAZA MORDAZA GHISAN, formulada por las autoridades judiciales de la Republica de Rumania; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 15 de enero de 2013, declaro procedente la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano rumano MORDAZA MORDAZA GHISAN, quien se acogio a la extradicion simplificada, para que cumpla la condena impuesta por la comision de los delitos de hurto calificado y lesiones (Expediente N.º 135-2012); Que, el literal b) del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion pasiva formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe N.º 068-2013/COE-TC, del 27 de agosto de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por

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