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El Peruano Viernes 25 de octubre de 2013 505780 entre la empresa PUNTO VISUAL S.A. y la Municipalidad Distrital de Barranco a mérito del Acuerdo de Concejo Nº 072-2013-MDB; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, conforme a lo previsto en el artículo 52º del Texto Único Ordenado del Código Tributario – TUO, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, es competencia de los gobiernos locales; la de administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean éstas últimas, derechos, licencias o arbitrios, y por excepción los impuestos que la Ley les asigne; Que, constituye función de la Administración Tributaria Municipal, la lucha contra la evasión y elusión tributaria, debiendo para ello, no solo estrechar los márgenes de control de cumplimiento de las obligaciones tributarias, sino también implantar políticas de promoción de la cultura tributaria; Que, forma parte de la política de incentivos al cumplimiento del pago voluntario, la organización de sorteos que favorezcan a los contribuyentes que, de manera oportuna, cumplen con el pago de los tributos a su cargo; Que, resulta necesario que se establezcan mecanismos que, de manera progresiva, logren el incremento del universo de contribuyentes que cumplen de manera oportuna con sus obligaciones tributarias; Que, el Concejo Municipal, es sensible a la necesidad de consolidar las políticas de gestión tributaria, considerando pertinente premiar la actitud positiva de sus contribuyentes puntuales y, de esta forma, ampliar la Base de Contribuyentes Puntuales; Estando a los fundamentos expuestos y, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL SORTEO POR PAGO PUNTUAL DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2013 Artículo 1º.- OBJETO APROBAR el Sorteo por Pago Puntual del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2013, denominado “PREMIO AL CONTRIBUYENTE PUNTUAL” con la fi nalidad de reconocer el cumplimiento oportuno de los vecinos respecto de sus obligaciones tributarias municipales; el mismo que se realizará en las vísperas de fi estas navideñas: • DIA VIERNES 20 DE DICIEMBRE DEL 2013 • A LAS 12:00 HORAS Artículo 2º.- PARTICIPANTES Son considerados con derecho a participar en el sorteo señalado en el artículo precedente, todo contribuyente del distrito que no mantenga deuda pendiente de pago hasta el ejercicio fi scal 2013 (ejercicios anteriores y ejercicio corriente) por impuesto predial y arbitrios municipales, conforme a lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ordenanza y que no se encuentre incurso en el impedimento señalado en el presente artículo. No podrán participar en el Sorteo “PREMIO AL CONTRIBUYENTE PUNTUAL” la Alcaldesa, los miembros del Concejo, funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de Barranco que presten servicios bajo cualquier modalidad y que fi guren registrados como contribuyentes de algún predio en el distrito de Barranco. Artículo 3º.- OPCIONES EL SORTEO se realizará a través de opciones, las mismas que serán entregadas en su domicilio fi scal registrado en la base de contribuyentes de la Administración Tributaria, tomando en cuenta la cancelación de las obligaciones tributarias del Impuesto Predial y/o los Arbitrios Municipales hasta el 2013, atendiendo a lo siguiente: a) Veinticinco (25) Opciones: para aquellos contribuyentes que al 08 de marzo del 2013 no mantengan deuda pendiente de pago por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, de ejercicios fi scales anteriores y de todo el ejercicio fi scal 2013. b) Veinte (20) Opciones: para aquellos contribuyentes que al 31 de mayo 2013 no mantengan deuda pendiente de pago por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, de ejercicios fi scales anteriores y de todo el ejercicio fi scal 2013. c) Quince (15) Opciones: para aquellos contribuyentes que al 31 de agosto 2013 no mantengan deuda pendiente de pago por Impuesto predial y Arbitrios Municipales, de ejercicios fi scales anteriores y de todo el ejercicio fi scal 2013. d) Diez (10) Opciones: para aquellos contribuyentes que al 30 de noviembre 2013 no mantenga deuda pendiente de pago por Impuesto predial y Arbitrios Municipales, de ejercicios fi scales anteriores y de todo el ejercicio fi scal 2013. Artículo 4º.- PREMIOS Los premios a entregarse están constituidos por los bienes que la Gerencia Municipal ha determinado, previa propuesta de la Gerencia de Administración Tributaria, en coordinación con la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, y la Gerencia de Comunicación e Imagen Institucional. Los premios son los siguientes: Cantidad Descripción 01 Automóvil 02 Tablet Toshiba 10” 32 GB And 02 Laptops Toshiba 14’’ 01 Refrigeradora Indurama 286 Lt. 01 Televisor Samsung Led 42’’ Artículo 5º.- DERECHOS DE LOS PARTICIPANTES Los contribuyentes participarán en el proceso de sorteo sin más requisitos que los señalados en el articulo 3º y encontrarse registrados en el padrón de participantes hábiles, y para ser benefi ciarios de los premios no se requiere su presencia o concurso personal en el acto del sorteo público, en cuyo caso previa acta suscrita por los integrantes de la Comisión Organizadora y el señor Notario Público, se dejará constancia de los contribuyentes benefi ciarios. Artículo 6º.- DEL PADRÓN DE PARTICIPANTES El padrón de participantes hábiles será publicado en la Página Web de la municipalidad 5 días calendarios antes de la realización del sorteo. Para la elaboración de dicho padrón solo se considerará a los contribuyentes que cumplan con los requisitos señalados en el artículo 2º y de acuerdo a las opciones señaladas en el artículo 3º de la presente ordenanza. El padrón de participantes hábiles será debidamente verifi cado por la Sub Gerencia de Recaudación, Control y Ejecutoría Coactiva, en coordinación con la Sub Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, tomándose en cuenta el código del contribuyente para la identifi cación de los participantes en el padrón. Artículo 7º.- CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA La Comisión Organizadora para el presente proceso del sorteo, está integrado por: - Gerente de Administración y Finanzas - Gerente de Administración Tributaria - Sub-Gerente de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva. Artículo 8º.- LOS GANADORES Los contribuyentes ganadores de los premios, podrán recogerlos dentro de los 30 días hábiles siguientes de haber sido notifi cados como ganadores, en caso de