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El Peruano Viernes 25 de octubre de 2013 505783 y evaluación del Plan Local contra la Violencia hacia la Mujer del Distrito Independencia 2013-2021. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Municipalidad (www. muniindependencia.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1004102-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Aprueban el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2014 ORDENANZA Nº 152-2013/MDSB San Bartolo, 30 de setiembre del 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de San Bartolo, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de Setiembre del 2013; CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú. Modifi cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan, y reglamentan la participación vecinal en el Desarrollo Local, formulan sus presupuestos con la participación vecinal en el desarrollo local, formulan y rinden cuentas de su ejecución anual bajo responsabilidad conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en su título preliminar, Artículo 1º Gobiernos Locales, establece que los Gobiernos Locales son entidades básicas de la Organización Territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. A su vez, el artículo IV, señala que los Gobiernos representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 53º del mismo cuerpo de leyes, preceptúa que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdicción. Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, defi nen y establecen pautas para la Participación Ciudadana en el proceso de toma de decisiones relativo a la asignación de los recursos públicos en los procesos de elaboración del Plan de Desarrollo Concertado y del Presupuesto Participativo; establecen disposiciones para promover la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de Programación Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolló en armonía con los Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales; En uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y lo dispuesto en el numeral 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; y, con el voto unánime del Pleno del Concejo se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2014 Artículo Primero.- DAR INICIO al Presupuesto Participativo para el año Fiscal 2014 el mismo que seguirá las pautas establecidas en el Instructivo Nº 001-2010- EF/76.01 Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo por Resultados aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 y los que disponga la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el año Fiscal 2014 en la Municipalidad Distrital de San Bartolo, que en Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo para el año Fiscal 2014 que en Anexo forma parte de la presente Ordenanza. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN