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El Peruano Viernes 25 de octubre de 2013 505766 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3475-2013-MP-FN Lima, 24 de octubre del 2013 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR al doctor VICTOR HUGO BRICEÑO ORNA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ancash, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yungay. Artículo Segundo.- NOMBRAR al doctor EDGAR MELCHOR FRANCO RODRIGUEZ, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Judicial de Arequipa, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Paucarpata. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ancash y Arequipa, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 1005324-6 Designan Fiscal Provincial Coordinadora en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Puno RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3471 -2013-MP-FN Lima, 24 de octubre del 2013 VISTO: El ofi cio N° 9065-2013-MP-FN-PJFS-DF-PUNO, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Puno; y, CONSIDERANDO: Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora YULIANNA NALIA MIRANDA GARRO, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Puno, como Fiscal Provincial Coordinadora en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Puno. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Puno, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 1005324-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco de la Nación la apertura de agencia en el departamento del Cusco RESOLUCIÓN SBS Nº 6166-2013 Lima, 14 de octubre de 2013 La Intendente General de Banca VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008 y sus modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación, la apertura de una (01) agencia según el siguiente detalle: Agencia Dirección Distrito Provincia Departamento Kiteni Plaza de Armas s/n, Centro Poblado de Kiteni Echarate La Convención Cusco Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1003878-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Declaran fundada en parte demanda e inconstitucionales los artículos segundo y tercero de la Ordenanza Regional Nº 022-2011-GRP-CRP, emitida por el Gobierno Regional de Puno EXP. Nº 00011-2012-PI/TC LIMA GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA RAZÓN DE RELATORÍA En la presente causa la sentencia sólo es suscrita por los magistrados Urviola Hani, Vergara Gotelli, Mesía Ramírez, Calle Hayen, y Álvarez Miranda, no por el señor magistrado Beaumont Callirgos debido a que, a pesar de que estuvo presente en la vista de la causa, no llegó a votar y mediante Resolución Administrativa N° 66-2013- P/TC de fecha 3 de mayo de 2013, publicada en el diario