NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (04/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 55
El Peruano Miércoles 4 de setiembre de 2013 502237 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS; el Informe Nº 232-2013-GFC/MLV del 2 de setiembre de 2013 de la Gerencia de Fiscalización y Control; el Proveído Nº 1760 del 3 de setiembre de 2013 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 171-2013/MDLV, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 4 de agosto de 2013, se otorgaron Benefi cios para el Pago de Multas Administrativas Impuestas hasta el año 2012, precisando en su tercera disposición fi nal y transitoria que el señor Alcalde queda facultado para prorrogar la vigencia de la misma mediante Decreto de Alcaldía; Que, en atención a lo expuesto la Gerencia de Fiscalización y Control mediante Informe de vistos ha propuesto la prórroga del benefi cio otorgado para el pago de multas administrativas impuestas hasta el año 2012, a fi n de proporcionar mayor tiempo a los usuarios para que se acojan a este benefi cio y de esta manera brindarles la oportunidad de regularizar sus adeudos con la Municipalidad de La Victoria por concepto de multas administrativas; Estando a los fundamentos expuestos y el marco legal glosado, contando con el visto bueno de la Gerencia Municipal y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar hasta el 4 de octubre de 2013 la vigencia de la Ordenanza Nº 171-2013/MLV que otorga Benefi cios para el Pago de Multas Administrativas Impuestas hasta el año 2012. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Fiscalización y Control y a la Subgerencia de Tecnología de la Información de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo 3º.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el portal institucional www. munilavictoria.gob.pe Artículo 4º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 983279-1 Designan Auxiliares Coactivos de la Subgerencia de Ejecución Coactiva RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 443-2013-ALC/MLV La Victoria, EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS; el Informe Nº 014-2013-CECPM/MLV del 19 de agosto de 2013 de la Comisión Evaluadora del Concurso Público de Méritos para seleccionar dos Auxiliares Coactivos para la Gerencia de Servicios de Administración, acompañado de los Informes Nº 004- 2013-CECPM/MLV al 013-2013-CECPM/MLV de la referida comisión; el Memorándum Nº 231-2013-SGTYA- GADEI/MDLV del 12 de agosto de 2013 de la Subgerencia de Trámite y Archivo; las Actas de la Comisión Evaluadora antes mencionada; el Proveído Nº 1667 del 19 de agosto de 2013 de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, estableciendo en su artículo 7º numeral 7.1) que “la designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos” (sic). Asimismo, el numeral 7.2) del citado artículo estipula que “tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva” (sic); Que, en mérito a lo expuesto se conformó la Comisión Evaluadora del Concurso Público de Méritos para designar a dos (2) Auxiliares Coactivos para la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de La Victoria, mediante Resolución de Alcaldía Nº 340-2013-ALC/ MLV de fecha 1 de julio de 2013, encargándose a dicha Comisión la elaboración de las bases del concurso en el plazo de diez (10) días; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 9º numeral 32) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Acuerdo de Concejo Nº 053-2013/MLV de fecha 18 de julio de 2013 se aprobaron las Bases del Concurso Público de Méritos, anteriormente indicado; por lo que la Comisión Evaluadora procedió a realizar la convocatoria y demás acciones correspondientes; Que, mediante Informe Nº 014-2013-CECPM/MLV de vistos, la Comisión Evaluadora comunicó la culminación satisfactoria del referido concurso, de conformidad con la normativa vigente sobre la materia, informando a su vez que resultaron como ganadoras del mismo, las abogadas Gudelia Maria Asalde Dominguez y Evelyn Karen Lopez Mariluz, para lo cual han remitido las actas e informes de vistos en los que se detalla la ejecución del proceso realizado; Que, la Ley Nº 27204 precisa que el Auxiliar Coactivo es un funcionario nombrado o contratado según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, estableciendo que su designación no implica que dicho cargo sea de confi anza; Estando a las normas legales glosadas, a las consideraciones expuestas y a los informes de vistos, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de La Victoria, a la abogada Gudelia Maria Asalde Dominguez, quien ingresa a la entidad como funcionaria, por lo que tendrá el nivel remunerativo y benefi cios que por ley le corresponden. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente resolución a la Gerencia de Administración y a la Subgerencia de Recursos Humanos, de acuerdo a sus atribuciones y competencias. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 982944-1