Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2013 (05/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Jueves 5 de setiembre de 2013

502295
Que el articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia N.º 188-2010/SUNAT y normas modificatorias aprobo el Sistema de Emision Electronica en SUNAT Operaciones en Linea como mecanismo desarrollado por la SUNAT para, entre otros, la emision de comprobantes de pago y documentos relacionados directa o indirectamente con estos, el cual esta conformado por el Sistema de Emision Electronica aprobado por el articulo 2º de la Resolucion de Superintendencia N.º 182-2008/SUNAT y el Sistema de Emision Electronica aprobado por el articulo 3º la Resolucion de Superintendencia N.º 1882010/SUNAT; Que ademas, los avances en el MORDAZA informatico han permitido que la SUNAT desarrolle un Sistema de Emision Electronica en SUNAT Operaciones en Linea que habilita la emision de documentos relacionados directa o indirectamente a los comprobantes de pago, por lo que resulta conveniente su aprovechamiento, incorporando en este sistema, uno que permita la emision electronica de la guia de remision que acredite el traslado de los bienes fiscalizados a que se refiere el Decreto Legislativo N.º 1126, tanto para los fines de esa MORDAZA como para fines tributarios, con el objeto de otorgar un mayor grado de certeza en el control e incluir controles especiales no tributarios; En uso de las facultades conferidas por el articulo 3º del Decreto Ley N.º 25632 y normas modificatorias, los articulos 27º y 30º del Decreto Legislativo N.º 1126, el articulo 11º del Decreto Legislativo N.º 501 y normas modificatorias, y los incisos q) y u) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.º 115-2002-PCM y MORDAZA modificatoria; SE RESUELVE:

demas requisitos previstos en el articulo 186 de dicha ley. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a Acres Sociedad Agente de Bolsa S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA y a CAVALI S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 980357-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Resolucion de Superintendencia que crea el Sistema de Emision Electronica de la Guia de Remision Electronica para Bienes Fiscalizados
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 271-2013/SUNAT MORDAZA, 4 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que el primer parrafo del articulo 27º del Decreto Legislativo N.º 1126 senala que el transporte o traslado de bienes fiscalizados requiere de una guia de remision, segun lo establecido en el Reglamento de Comprobantes de Pago y lo que establezca la SUNAT, debiendo el transportista mantenerla en su poder mientras dure el servicio; y el primer parrafo del articulo 30º del mismo decreto legislativo anade que el transporte o traslado de los bienes fiscalizados sera efectuado por la ruta fiscal que se establezca conforme a lo dispuesto en esa MORDAZA y debera contar, ademas, con la documentacion que corresponda, conforme se disponga en el Reglamento de Comprobantes de Pago, estando facultada la SUNAT para verificar los documentos y bienes fiscalizados en los puestos de control que para dichos efectos implemente o en otro lugar u oportunidad que esta considere, sin perjuicio de las demas obligaciones que establezcan las normas correspondientes; Que el MORDAZA parrafo del articulo 27º del Decreto Legislativo N.º 1126 senala que mediante resolucion de superintendencia la SUNAT podra establecer controles especiales al transporte o traslado de bienes fiscalizados; Que de otro lado, el primer parrafo del articulo 3º del Decreto Ley N.º 25632 y normas modificatorias, Ley MORDAZA de Comprobantes de Pago, establece que para efecto de lo previsto en esa ley la SUNAT senalara, entre otros, las caracteristicas y los requisitos minimos de los comprobantes de pago, la oportunidad de su entrega, las obligaciones relacionadas con estos a que estan sujetos los obligados a emitirlos y los mecanismos de control para su emision o utilizacion, incluyendo la determinacion de los sujetos que deberan o podran utilizar la emision electronica; Que el tercer parrafo del articulo mencionado en el considerando anterior dispone que la SUNAT regulara la emision de documentos que esten relacionados directa o indirectamente con los comprobantes de pago, tales como las guias de remision, a los que tambien les sera de aplicacion lo dispuesto en dicho articulo; Que en virtud a las normas indicadas en los considerandos anteriores, la SUNAT tiene la facultad de regular la guia de remision que sustentara el traslado de los bienes fiscalizados, tanto para efectos tributarios como para efectos del control al ser utilizados para la elaboracion de drogas ilicitas;

CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Articulo 1º.- DEFINICIONES Para efecto de la presente resolucion se entendera por: 1. Bien Fiscalizado : A los insumos quimicos, productos y sus subproductos o derivados a que se refieren los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo N.º 0242013-EF. : Al texto conformado por numeros y letras, de conocimiento exclusivo del usuario de SUNAT Operaciones en Linea, que asociado al codigo de usuario otorga privacidad en el acceso a ese sistema, segun el inciso e) del articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia N.º 109-2000/SUNAT y normas modificatorias.

2. Clave SOL

3. Codigo de usuario : Al texto conformado por numeros y letras que permite identificar al usuario de SUNAT Operaciones en Linea que ingresa a ese sistema, segun el inciso d) del articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia N.º 109-2000/SUNAT y normas modificatorias. 4. Codigo Tributario : Al Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.º 133-2013-EF.

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