Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2013 (06/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Viernes 6 de setiembre de 2013

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En la solicitud de vacancia se alego lo siguiente: a. El 24 de noviembre de 2011, la Municipalidad Provincial de MORDAZA adquirio un terreno MORDAZA, conforme se aprecia de la escritura publica imperfecta de compraventa (fojas 27 a 32), formalizada en la misma fecha, en la cual, ademas, se advierte la intervencion, como representantes de dicha entidad, de Ediles MORDAZA Marinas Vergaray y Edwar MORDAZA MORDAZA Echeverria, por aquel entonces MORDAZA y primer regidor de dicha comuna, respectivamente, y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, entonces MORDAZA regidor de dicha entidad edil. b. Dicha intervencion, por parte de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuando aun no ostentaba su actual cargo de MORDAZA, se enmarca en el supuesto de hecho previsto como causal de vacancia en el articulo 11 de la LOM, en tanto, en su condicion de regidor, no le correspondia suscribir el contrato de compraventa en calidad de comprador, sino fiscalizar aspectos de dicha operacion, tales como el precio o la necesidad de la misma. Respecto al Acuerdo de Concejo Nº 01-2013-AMPB/LL El Concejo Provincial de MORDAZA, en la Sesion Extraordinaria Nº 09-2013 (fojas 39 a 41), del 19 de marzo de 2013, por cuatro votos a favor, uno en contra y una abstencion, acordo aprobar el pedido de vacancia del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentado por Enemecina MORDAZA Dominguez. Dicha decision se plasmo en el Acuerdo de Concejo Nº 01-2013-A-MPB/LL, de fecha 22 de marzo de 2013 (fojas 42 y 43). Respecto al recurso de reconsideracion El 9 de MORDAZA de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de reconsideracion (fojas 46 a 55) contra el Acuerdo de Concejo Nº 01-2013-A-MPB/LL, senalando lo siguiente: a. Dicho acuerdo transgrede los principios de legalidad, debido MORDAZA, razonabilidad, tipicidad y el derecho de defensa, al haberse efectuado una interpretacion extensiva de la causal de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM, dado que el hecho imputado no constituye actuacion en calidad de trabajador de MORDAZA o de confianza, miembro de directorio, gerente u otro cargo similar. b. Su intervencion se hizo en calidad de regidor, y en ejercicio de su funcion fiscalizadora, conforme manifiesta el propio juez de paz que asento la escritura publica imperfecta, en su Oficio Nº 119-2013-JP-BOL (fojas 56 y 57), de fecha 5 de MORDAZA de 2013. c. La escritura publica imperfecta de compraventa senala, de manera detallada, la calidad de los intervinientes, precisando que Ediles MORDAZA Marinas Vergaray intervino como MORDAZA y representante legal de la municipalidad, mientras que Edwar MORDAZA MORDAZA Echeverria y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA intervinieron como regidores, contandose, ademas, con la presencia de dos testigos, y senala que la presencia de estos ultimos cuatro intervinientes no podria alterar el objeto de la transaccion. Respecto al Acuerdo de Concejo Nº 008-2013-AMPB/LL El Concejo Provincial de MORDAZA, en la Sesion Extraordinaria Nº 17 (fojas 60 y 61), del 17 de MORDAZA de 2013, por tres votos en contra y uno a favor, declaro infundado su recurso de reconsideracion interpuesto contra el Acuerdo de Concejo Nº 01-2013-A-MPB/LL. Dicha decision se plasmo en el Acuerdo de Concejo Nº 008-2013-A-MPB/LL, de fecha 27 de MORDAZA de 2013 (fojas 62 y 65). Respecto al recurso de apelacion El 6 de junio de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion (fojas 2 a 18) contra el Acuerdo de Concejo Nº 008-2013-A-MPB/LL, que declaro infundado su recurso de reconsideracion, sustentando su pedido en base a argumentos similares a los expuestos en dicho recurso.

RESUELVE Articulo Primero.- INTEGRAR la Resolucion Nº 2412013-JNE, de fecha 14 de marzo de 2013, agregandose a la Tabla de recursos impugnatorios y otros actos jurisdiccionales en material electoral, aprobada en el articulo MORDAZA, el siguiente item:
Tasa: Indice porcentual en relacion a una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT) 0,37% Monto: Conforme a la UIT vigente para el ano 2013 S/. 13,69



Descripcion

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Acreditacion de personeros legales y tecnicos de partidos politicos y movimientos regionales o departamentales

Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 984412-1

Revocan el Acuerdo de Concejo Nº 0082013-A-MPB/LL y declaran fundado recurso de reconsideracion e infundada solicitud de vacancia de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION Nº 789-2013-JNE Expediente Nº J-2013-0726 MORDAZA - LA MORDAZA MORDAZA, quince de agosto de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, contra el Acuerdo de Concejo Nº 008-2013-A-MPB/LL, de fecha 27 de MORDAZA de 2013, que declaro infundado su recurso de reconsideracion interpuesto contra el Acuerdo de Concejo Nº 01-2013-AMPB/LL, de fecha 22 de marzo de 2013, el cual, a su vez, declaro fundada la solicitud de vacancia presentada en su contra por la causal prevista en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Enemecina MORDAZA MORDAZA, mediante escrito de fecha 29 de noviembre de 2012 (fojas 24 y 25), solicito la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, por considerarlo incurso en la causal de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, establecida en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), cuando dicha autoridad ejercia el cargo de MORDAZA regidor en la entidad edil.

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