NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (21/09/2013)
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El Peruano Sábado 21 de setiembre de 2013 503333 través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 3 del artículo 13 de la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1148, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1148; Decreto Legislativo N° 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al extranjero en misión de estudios, a la Mayor de la Policía Nacional del Perú Verónica Irene CARPIO LARA, a partir del 22 al 27 de setiembre de 2013, para que participe en el Programa de Perfeccionamiento Policial de INTERPOL para las OCNs de las Américas a realizarse en la ciudad de Buenos Aires - REPÚBLICA ARGENTINA. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos, pasajes aéreos y Tarifa Única de Uso de Aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora N° 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, de acuerdo al siguiente detalle: Mayor de la Policía Nacional del Perú Verónica Irene CARPIO LARA - Viáticos (Art. 5° DS. 047-2002-PCM) 5 x $ 370 S/. 4,932.10 - Pasajes Aéreos (Lima/Buenos Aires/Lima) 1,818.21 ------------ TOTAL 6,750.31 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal designado deberá presentar ante el titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 991309-19 Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Colombia y Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 092-2013-IN Lima, 20 de setiembre de 2013 VISTO, el Mensaje N° MMI/120/ST/12 del 23 de agosto de 2013, con el cual la Ofi cina Central Nacional - INTERPOL - Bogotá - República de Colombia, comunica a la Ofi cina Central Nacional - INTERPOL - Lima - República del Perú, que el Gobierno Nacional colombiano ha autorizado, la extradición del ciudadano colombiano Gustavo Alberto GÓMEZ HINCAPIE; por tal motivo solicitaron los planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la República de Colombia hacia territorio peruano. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 064-2012-JUS del 24 de abril de 2012, se resolvió acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano Gustavo Alberto GÓMEZ HINCAPIÉ, formulada por la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas - tipo base (favorece y facilita mediante actos de tráfi co, transporte de clorhidrato de cocaína), en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 278-2013- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 2 de setiembre de 2013, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio a partir del 22 al 26 de setiembre de 2013, del Capitán de la Policía Nacional del Perú José Alberto ROSAS BERASTAÍN y del Subofi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Eduardo Jaime ROQUE PALOMINO, a la ciudad de Bogotá - República de Colombia, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano colombiano Gustavo Alberto GÓMEZ HINCAPIÉ, formulada por la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas - tipo base (favorece y facilita mediante actos de tráfi co, transporte de clorhidrato de cocaína), en agravio del Estado peruano; Que, con Memorándum Múltiple N° 320-2013-DIRGEN- PNP/EMP-OCNI del 4 de setiembre de 2013, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso ‘ la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio de los funcionarios policiales antes mencionados, el mismo que irrogará gastos al Estado peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM,