NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (21/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 43
El Peruano Sábado 21 de setiembre de 2013 503337 En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de ampliación de extradición activa del ciudadano peruano VÍCTOR ALBERTO VENERO GARRIDO, formulada por el Segundo Juzgado Penal Supraprovincial de la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de Defraudación Tributaria, en la modalidad de Ocultamiento de ingresos y Obtención indebida de benefi cios tributarios, en agravio de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT y del Estado peruano, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 991309-23 Autorizan viaje del Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 124-2013-JUS Lima, 20 de setiembre de 2013 VISTO, el Memorando Múltiple N.º 043-2013-JUS/ SG, de la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informa del viaje del Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción a la ciudad de Guayaquil, República de Ecuador, del 23 al 25 de setiembre de 2013, con la fi nalidad de participar en la ceremonia de entrega de la “Nave Karisma” por parte de la República de Ecuador, que se encuentra vinculado con el ejercicio de sus competencias funcionales en temas de lucha contra la corrupción; Que, teniendo en cuenta la importancia del acto antes referido, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor abogado Julio César Donato Arbizu González, Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, a la ciudad de Guayaquil, República de Ecuador, del 23 al 25 de setiembre de 2013, con la finalidad de participar en la ceremonia antes referida; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.º 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N.º 011-2012- JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N.º 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley N.º 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 047- 2002-PCM y modifi catoria; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor abogado Julio César Donato Arbizu González, Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, a la ciudad de Guayaquil, República de Ecuador, del 23 al 25 de setiembre de 2013, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2.028,75 Viáticos x 2 días US$ 740,00 --------------------- TOTAL: US$ 2.768,75 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 991309-25 Acceden a solicitud de extradición pasiva de ciudadano peruano RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 125-2013-JUS Lima, 20 de setiembre de 2013 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 75-2013/ COE-TC, del 04 de setiembre de 2013, sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano peruano ARMANDO GUILLERMO PINO PONCE, formulada por la Corte del Distrito Este de Virginia de los Estados Unidos de América; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la