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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (21/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Sábado 21 de setiembre de 2013 503334 modifi cado con Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo N° 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN y el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión del servicio, del Capitán de la Policía Nacional del Perú José Alberto ROSAS BERASTAÍN y del Subofi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Eduardo Jaime ROQUE PALOMINO, a partir del 22 al 26 de setiembre de 2013, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano colombiano Gustavo Alberto GÓMEZ HINCAPIÉ, formulada por la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas - tipo base (favorece y facilita mediante actos de tráfi co, transporte de clorhidrato de cocaína), en agravio del Estado peruano, a realizarse en la ciudad de Bogotá - República de Colombia. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Personas T/C Total S/. Viáticos US$ 370.00 5 x 2 = 3,700.00 2.806 10,382.20 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal designado para la comisión del servicio, deberá presentar ante el titular del sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 991309-20 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 093-2013-IN Lima, 20 de setiembre de 2013 VISTO, el Ofi cio Nº 55-2013-PRODUCE/GTM PERÚ - ECUADOR del 22 de julio de 2013, suscrito por el señor Douglas TORRES GARCÍA, Presidente del Grupo de Trabajo Multisectorial - Perú Ecuador - Delegación Nacional del Perú, con el cual se dirige al Coronel de la Policía Nacional del Perú Jefe del Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, adjuntando el Ofi cio Nº MICS-ST-2013-0291, cursado por el Ingeniero José STALIN BASANTES, Presidente del Grupo de Trabajo Multisectorial Nacional del Ecuador de la Comisión Binacional de Lucha Contra el Contrabando, en el que hace de conocimiento que la “IX Reunión de la Comisión Binacional de Lucha Contra el Contrabando (CBLCC)”, se llevará a cabo del 26 al 27 de setiembre de 2013, en la ciudad de Quito - República del Ecuador; por tal motivo hace extensiva la invitación para que una delegación peruana participe en dicho evento internacional. CONSIDERANDO: Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 283-2013- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 2 de setiembre de 2013, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio del Coronel de la Policía Nacional del Perú Luis Alberto VERA LLERENA, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Marco Antonio PEJERREY YMBERTIS y del Mayor de la Policía Nacional del Perú Luis Miguel MARTINO ALDANA, a partir del 25 al 27 de setiembre de 2013, para que participen en la “IX Reunión de la Comisión Binacional de Lucha Contra el Contrabando (CBLCC)”, a desarrollarse en la ciudad de Quito - República del Ecuador; Que, con Memorándum Múltiple Nº 321-2013- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 4 de setiembre de 2013, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio de los Ofi ciales Superiores de la Policía Nacional del Perú antes indicados, el mismo que irrogará gastos al Estado peruano; Que, es conveniente para el interés institucional autorizar el viaje al exterior de los referidos funcionarios policiales, para que participen en la “IX Reunión de la Comisión Binacional de Lucha Contra el Contrabando (CBLCC)”; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio del orden interno y orden público dentro del ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú; teniendo en consideración que los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto serán cubiertos por el Estado peruano, en ese sentido mediante declaración jurada simple, se comprometen a asumir cualquier otro gasto que genere su desplazamiento y estadía en dicho evento, y a no realizar ningún tipo de trámite administrativo, ni judicial a efectos de reclamar viáticos; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la resolución de autorización de viajes al exterior de la república estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado con Decreto