Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2013 (21/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Sabado 21 de setiembre de 2013

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COE-TC, del 03 de setiembre de 2013, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica de Colombia de la ciudadana colombiana KAREM MORDAZA MORDAZA GRISALES, formulada por la Sala Penal Nacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 13 de agosto de 2013, declaro procedente la solicitud de extradicion activa de la ciudadana colombiana KAREM MORDAZA MORDAZA GRISALES, para ser procesada por la presunta comision del delito contra la Salud Publica ­ Trafico Ilicito de Drogas, en perjuicio del Estado peruano (Expediente N.º 114-2013); Que, el literal a) del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe N.º 070-2013/COE-TC, del 03 de setiembre de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia, modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradicion firmado el 18 de MORDAZA de 1911", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 22 de octubre de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa de la ciudadana colombiana KAREM MORDAZA MORDAZA GRISALES, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesada por la presunta comision del delito contra la Salud Publica ­ Trafico Ilicito de Drogas, en perjuicio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica de Colombia, de conformidad con los Acuerdos vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 991309-22

Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1135 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN y el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policia Nacional del Peru. SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comision del servicio, del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA PEJERREY YMBERTIS y del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir del 25 al 27 de setiembre de 2013, para que participen en la "IX Reunion de la Comision Binacional de Lucha Contra el Contrabando (CBLCC)", a desarrollarse en la MORDAZA de MORDAZA - Republica del Ecuador. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de viaticos y pasajes aereos, incluyendo la tarifa unica de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Dias Personas Viaticos US$ 370.00 2 X 3 = 2,220.00 Pasajes aereos US$ 1,117.84 X 3 = 3,353.52 T/C 2.799 2.799 Total S/. 6,213.78 9,386.50 --------------15,600.28

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, los Oficiales Superiores de la Policia Nacional del Peru designados, deberan presentar ante el titular del sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4º.- La presente resolucion suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 991309-21

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitudes de extradicion activa de ciudadanos colombiana y peruano
RESOLUCION SUPREMA Nº 121-2013-JUS MORDAZA, 20 de setiembre de 2013 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 070-2013/

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