Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2014 (16/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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Ordenanza Nº 469-MSS, toda vez que ello facilitaria que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias ante esta Administracion; Que, con Informe Nº 0260-2014-GAJ-MSS de fecha 03.04.2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, considera que es procedente el Proyecto de Ordenanza que otorga un plazo extraordinario para la aplicacion del regimen de regularizacion de deudas tributarias aprobado por la Ordenanza Nº 469-MS, por lo que deberan elevarse los actuados al Concejo Municipal para que proceda conforme a sus atribuciones senaladas por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, asi mismo, agrega la Gerencia de Asesoria Juridica, que la Ordenanza se encuentra dentro de los supuestos de exoneracion de publicacion establecidos en el Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS, que aprueba el "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General" por ser esta innecesaria, dado que la Ordenanza no constituye la creacion de nuevos tributos u obligaciones para los contribuyentes, ni establece recorte alguno en los derechos o beneficios existentes y vigentes a la actualidad; sino que, por el contrario, constituye un beneficio a favor de los vecinos. La referida MORDAZA encuentra su correlato en la Directiva Nº 005-2009-MSS aprobada por Resolucion Nº 220-2009-RASS, sobre "Publicacion de los Proyectos Normativos en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de Surco"; Que, mediante Memorandum Nº 221-2014-GM-MSS de fecha 03.04.2014, la Gerencia Municipal otorga su conformidad al proyecto de Ordenanza; Estando al Dictamen Conjunto Nº 23-2014-CGMCAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos, al Informe Nº 0260-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 9º incisos 8) y 9) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por MAYORIA de los presentes, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA UN PLAZO EXTRAORDINARIO PARA LA APLICACION DEL REGIMEN DE REGULARIZACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS APROBADO POR LA ORDENANZA Nº 469-MSS Articulo Unico.- OTORGAR un plazo extraordinario para la aplicacion del regimen de regularizacion de deudas tributarias aprobado mediante Ordenanza Nº469MSS, hasta el 30 de MORDAZA de 2014. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Segunda.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, conforme al Articulo 15º de la Directiva Nº 001-2010PCM/SGP aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 200-2010-PCM. Tercera.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza y dictar las disposiciones complementarias para su mejor cumplimiento. Cuarta.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administracion Tributaria, a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional el cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1073999-4

El Peruano Miercoles 16 de MORDAZA de 2014

Reglamentan adecuada aplicacion de la Ordenanza Nº 478-MSS, que otorgo plazo extraordinario para el pago de Multas Administrativas en estado coactivo y eliminacion de Costas y Gastos Coactivas en el MORDAZA de la Ordenanza Nº 467-MSS
DECRETO DE ALCALDIA Nº 08-2014-MSS MORDAZA de MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Memorandum Nº 261-2014-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria y el Informe Nº 268-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, que proponen reglamentar la adecuada aplicacion de la Ordenanza Nº 478-MSS, para el pago de las multas administrativas en estado coactivo, con los beneficios aprobados mediante la Ordenanza Nº 467-MSS; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establece, que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; Que, por su parte, el MORDAZA parrafo del Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldia; Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 senala que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, mediante Ordenanza Nº 467-MSS, publicada el 17.01.2014, se otorgan beneficios de descuentos en el monto a pagar de las multas administrativas pendientes de pago que se encuentran en procedimiento de ejecucion coactiva y eliminacion de costas y gastos coactivos, en funcion a la oportunidad de pago y monto total cancelado; Que, con Ordenanza Nº 478-MSS, publicada el 19.03.2014, se aprobo otorgar un plazo extraordinario para el pago de aquellas Multas Administrativas que se encuentren en estado coactivo, asi como la eliminacion de las Costas y Gastos Procesales, beneficios que fueran aprobados mediante la Ordenanza Nº 467-MSS, la misma que se encuentra vigente a la fecha; Que, la Cuarta Disposicion Final de la Ordenanza Nº 478-MSS, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, pueda efectuar prorrogas del plazo establecido en la citada Ordenanza y dictar las disposiciones para su mejor cumplimiento; Que, mediante Memorandum Nº 261-2014-GATMSS del 08.04.2014, la Gerencia de Administracion Tributaria remite la propuesta de Decreto de Alcaldia que propone reglamentar la adecuada aplicacion de la Ordenanza Nº 478-MSS, para el pago de las multas administrativas en estado coactivo con los beneficios aprobados mediante Ordenanza Nº 467-MSS, a efecto de precisar que toda multa administrativa que se encuentre en estado coactivo a la fecha de entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 478-MSS, e inclusive aquellas que se trasladen a la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva, durante la vigencia de dicha ordenanza y su prorroga, de ser el caso, les sera aplicable los beneficios otorgados por la Ordenanza Nº 467-MSS;

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