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El Peruano Miércoles 16 de abril de 2014 521135 Artículo 15º.- Equipo Técnico del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo en Resultados. El Equipo Técnico del proceso de formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, tiene la misión de brindar soporte técnico para la organización de todo el proceso. Artículo 16º.- Conformación del Equipo Técnico. El Equipo técnico está conformado por: a) Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, quien lo preside. b) Gerente de Participación Vecinal. c) Gerente de Desarrollo Urbano. d) Gerente de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres. e) Gerente de Obras Públicas y Proyectos. f) Gerente de Asesoría Jurídica. g) Gerente de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente. h) Subgerente de Presupuesto. i) Jefe de la Ofi cina de Programación de Inversiones. j) De considerarse pertinente, también puede conformar el equipo técnico un representante de la Sociedad Civil con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto. Artículo 17º.- Representante de la Sociedad Civil. El representante de la Sociedad Civil deberá ser un residente del distrito, un profesional con experiencia en gestión de Proyectos, Planeamiento y Presupuesto del Sector Público, acreditado para tal efecto y será elegido por los Agentes Participantes. Artículo 18º.- Responsabilidades del Equipo Técnico. Las responsabilidades del Equipo Técnico son: a) Brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. b) Facilitar la información para el desarrollo de los talleres de trabajo y la formalización de Acuerdos. c) Capacitar a los Agentes Participantes sobre las distintas fases del proceso y brindar asesoría en los talleres de trabajo. d) Realizar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos resultantes en los talleres de trabajo, verifi cando que corresponda al ámbito de competencia del nivel de Gobierno y a los estándares técnicos del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP. e) Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron en la evaluación técnica y fi nanciera. f) Sistematizar la información y elaborar los instrumentos normativos y técnicos que requiera el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. g) Registrar los resultados de los talleres de trabajo en las actas correspondientes. TÍTULO IV EL COMITÉ DE VIGILANCIA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS Artículo 19º.- Comité de Vigilancia. El Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2015, es elegido por votación directa de los Agentes Participantes, como parte del Taller de Formalización de Acuerdos. Será conformado por los Agentes Participantes que representan a la Sociedad Civil, debiendo ser reconocidos formalmente por el Concejo Municipal. El Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, está compuesto por cuatro (4) miembros titulares y cuatro (4) suplentes. El cargo en este Comité es incompatible con la función de representante ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) y/o como miembro del Equipo Técnico. Los requisitos para ser elegidos miembros del Comité de Vigilancia son: a) Ser Agente Participante, representante de una organización social de base o de institución privada, que forman parte del ámbito jurisdiccional del distrito. b) Radicar en el distrito de Santiago de Surco. c) No haber sido condenado por delitos o faltas. El Comité de Vigilancia tendrá vigencia hasta la culminación de los proyectos priorizados y ejecutados correspondiente al Año Fiscal para el que fueron elegidos; su labor es ad honorem, por lo tanto no recibirán retribución pecuniaria alguna. Artículo 20º.- Funciones del Comité de Vigilancia. Las funciones y atribuciones del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2015, son los siguientes: a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, en la aprobación y ejecución del Presupuesto Institucional, verifi cando que contenga los proyectos priorizados de acuerdo a los montos que fueron asignados y acordados en dicho proceso. b) Vigilar que la Municipalidad cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, de los proyectos de inversión priorizados en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. c) Vigilar que los recursos de la Municipalidad destinados al Presupuesto Participativo Basado en Resultados de cada año fi scal, sea invertido de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. d) Vigilar que la Sociedad Civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofi nanciamiento de los proyectos de inversión, si los hubiera, incluidos en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. e) Solicitar formalmente al Equipo Técnico, la información que se requiera para desarrollar las tareas de vigilancia. f) Informar al Concejo Municipal, Consejo de Coordinación Local Distrital de Santiago de Surco, Contraloría General de la República, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo y otras dependencias públicas especializadas, el cumplimiento e incumplimiento de los acuerdos suscritos en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. TÍTULO V FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS Artículo 21º.- Fases Las fases del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2015, son las siguientes: - Preparación, que comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identifi cación y capacitación de los Agentes Participantes. - Concertación que comprende las actividades de identificación y evaluación técnica de los proyectos, así como de concertación para la priorización y la formulación de Acuerdos y Compromisos entre los Agentes Participantes. - Coordinación entre niveles de gobiernos, que implica las acciones de articulación y consistencia de proyectos entre el Gobierno Regional y Gobierno Local Provincial y Gobierno Local Distrital. - Formalización, que considere las actividades para la inclusión de las prioridades concertadas en el respectivo Presupuesto Institucional de Apertura y la Rendición de Cuentas sobre la ejecución. El proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, se desarrollará según el Cronograma de ejecución de actividades de las fases del mencionado proceso, que se adjunta como Anexo 1) del presente Reglamento. Dicho Cronograma tiene carácter tentativo y podrá ser ajustado al inicio o durante el desarrollo de las diferentes fases del proceso.