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El Peruano Miércoles 16 de abril de 2014 521137 posible, por votación a favor de la mitad más uno de los Agentes Participantes asistentes con derecho a voto. TITULO VIII TALLER DE IDENTIFICACIÓN Y PRIORIZACIÓN DE RESULTADOS Artículo 32º.- Identifi cación y priorización de resultados. Este Taller tiene por objetivo identifi car los resultados, especifi cados en términos de mejora en el bienestar del ciudadano, a fi n de permitir posteriormente, una adecuada asignación de recursos presupuestales para el logro de los mismos. El Equipo Técnico presenta a los Agentes Participantes el diagnóstico del ámbito territorial para conocimiento, con la fi nalidad de ser utilizado en la identifi cación y priorización de resultados. Artículo 33º.- Fases del Taller. El Taller contiene las siguientes fases: 1. Diagnóstico, Identifi cación y Priorización de Resultados. 2. Identifi cación de Criterios de Priorización de Alternativas de Solución. 3. Identifi cación de Proyectos. Artículo 34º.- Características mínimas de las propuestas de proyectos. Las propuestas de proyectos de inversión pública identifi cadas, para que sean elegibles a efectos de su inclusión en el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, deben contar con las siguientes características mínimas: a) Deben ser correspondiente con alguna de las líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Concertado Local. b) Los proyectos deberán ser concordantes con las funciones y atribuciones de la Municipalidad, consagrados en la Ley Orgánica de Municipalidades. c) Los proyectos que cuenten con contraparte de ejecución por parte de algún sector o institución privada deberá acreditar dicha contraparte de forma documental. d) Los proyectos no podrán ser ejecutados sobre terrenos privados o en litigio. e) No debe existir impedimento legal o funcional para su ejecución por parte de la Municipalidad. f) No deben ser actividades que, por función, debe realizar la Municipalidad. Artículo 35º.- Identifi cación de Proyectos. Para orientar a los Agentes Participantes respecto a la identifi cación de proyectos y a la pertinencia o no de los proyectos identifi cados, la Municipalidad designa a un grupo de técnicos y funcionarios. Previo a la evaluación técnica de las propuestas de proyectos de inversión pública, el Equipo Técnico solicitará a las Gerencias de línea emitir su opinión sobre la viabilidad de los proyectos dentro de los planes y programas en la materia de su competencia; asimismo, se requerirá información técnico-legal que se acredite la habilitación urbana u otros requisitos necesarios para la ejecución del proyecto. Artículo 36º.- Criterios de Priorización. La priorización de los proyectos se hará según la Matriz de Criterios de Priorización de Proyectos, que se adjunta como Anexo 2) al presente Reglamento. La aplicación de dicha matriz generará un puntaje para cada proyecto, información que se consolidará en una cuadro de puntajes de mayor a menor. TÍTULO IX FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS Artículo 37º.- Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. El Alcalde o el Presidente del Equipo Técnico, según lo disponga, presenta a los Agentes Participantes, los resultados del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2015, consolidados en el Acta de Acuerdos y Compromisos, para su consideración y aprobación fi nal. Los Agentes Participantes incluido en el Consejo de Coordinación Local Distrital, así como el Comité de Vigilancia y el Equipo Técnico, formalizan los acuerdos y compromisos adoptados suscribiendo el acta correspondiente. Artículo 38º.- Difusión del Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. El Alcalde dispondrá que el Equipo Técnico realice las coordinaciones necesarias para la publicación del Acta de Acuerdos y Compromisos, para conocimiento de la comunidad surcana, en el portal institucional de la Municipalidad, así como en otros medios disponibles. Artículo 39º.- Aprobación de resultados del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Los resultados del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2015, serán puestos de conocimiento al Consejo de Coordinación Local Distrital, para su posterior trámite a aprobación ante el Concejo Municipal. TÍTULO X REGLAS Y NORMAS PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO Artículo 40º.- De las Reglas de Conducta. Los Agentes Participantes deben contar con la disponibilidad de tiempo para asistir a todas las reuniones y talleres que se den a lo largo del desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Durante el desarrollo del proceso, los Agentes Participantes deben respetar las siguientes normas de conducta: • Puntualidad.- El ingreso de los Agentes Participantes tendrá una tolerancia de 10 minutos de iniciada cada reunión y/o taller de trabajo. • Tolerancia.- Los Agentes Participantes deben mantener actitud equilibrada y respetuosa ante las diversas opiniones vertidas. La votación para los acuerdos durante el desarrollo de las reuniones y talleres del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, se realizarán por mayoría simple contando como votantes a los Agentes Participantes presentes. Artículo 41º.- De las Faltas y Sanciones. Se consideran como faltas las siguientes: a) Agresión física y/o verbal que pudiera producirse entre Agentes Participantes. b) Agresión física y/o verbal a los miembros del Equipo Técnico. c) Asistir a las reuniones y talleres de trabajo sea en estado etílico o de alteración por consumo de drogas. d) Alterar de manera violenta el normal desarrollo de los talleres de trabajo. e) Interrupción constante de los Agentes Participantes en los talleres de trabajo. Las sanciones que se aplicarán según la gravedad o reiteración de las faltas serán: a) Por Primera Vez.- El responsable de conducir la reunión o taller, comunicará verbalmente al Agente Participante que ha incurrido en falta, dejando constancia en Acta correspondiente. b) Por Segunda.- El Equipo Técnico remitirá una comunicación escrita a la organización que representa,