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El Peruano Miércoles 16 de abril de 2014 521136 Artículo 22º.- Fase de Preparación. La fase de preparación del proceso estará a cargo del Equipo Técnico. Comprende las acciones de comunicación sensibilización, convocatoria, identifi cación y capacitación de los Agentes Participantes. En esta fase se realizan las siguientes tareas: - Desarrollar mecanismos de comunicación del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, a fi n que la población se encuentre debidamente informada sobre los avances y resultados del proceso, para lo cual se utilizarán los diversos medios de comunicación. - Sensibilizar a la población con la fi nalidad de promover la participación responsable de la Sociedad Civil organizada en la gestión del desarrollo local, y el compromiso que deben asumir en las decisiones que se tomen. Asimismo, se debe promover la creación de organizaciones estratégicas que le den mayor calidad al proceso de participación. - Convocar a la población organizada del distrito a participar en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, haciendo uso de los medios de comunicación adecuados a fi n de garantizar una correcta y efi ciente comunicación con los Agentes Participantes. La convocatoria debe promover la integración al proceso de representantes de las distintas entidades del Estado y de la Sociedad Civil. - Disponer de un registro de Agentes Participantes, los mismos que deben ser designados o elegidos en cada proceso participativo anual, por las organizaciones a las cuales pertenecen. - Implementar mecanismos de capacitación y programas de desarrollo de capacidades para los Agentes Participantes. Estos serán permanentes, ajustándose a las necesidades y características de la población del distrito. Artículo 23º.- Fase de Concertación. Los funcionarios de la Municipalidad y representantes de la Sociedad Civil, desarrollan conjuntamente un trabajo concertado de diagnóstico, identifi cación y priorización de resultados y de propuestas para proyectos de inversión pública, que contribuyan al logro de resultados a favor de la población, sobre todo de aquellos sectores vulnerables con mayor necesidad de servicios básicos. En esta fase se realizan las siguientes actividades: a) Desarrollo de Talleres de Trabajo: - Talleres de capacitación. - Taller de Identifi cación y Priorización de Problemas. - Evaluación Técnica de Proyectos. b) Formalización de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Artículo 24º.- Fase de Coordinación entre Niveles de Gobierno. De existir proyectos de inversión pública de ámbito metropolitano, se desarrollarán mecanismos de coordinación entre la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco y la Municipalidad Metropolitana de Lima; en su doble condición de Gobierno Local Provincial y Gobierno Regional; estableciendo compromisos y responsabilidades que aseguren la sostenibilidad de la inversión y la ejecución de los proyectos. Estos mecanismos de coordinación se realizarán respetando las respectivas competencias de niveles de gobierno y procurando economías de escala. El Alcalde en su calidad de presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, informará al Consejo de Coordinación, respecto a los acuerdos y propuestas de proyectos de inversión pública, cuyo ámbito de ejecución, competencia e impacto correspondan al ámbito metropolitano. Artículo 25º.- Fase de Formalización. Comprende principalmente dos etapas: 1. Formalización de los Acuerdos y Compromisos en el marco del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2015, y su inclusión en el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad de Santiago de Surco, para el año fi scal 2015. Los proyectos deben ser incluidos en el Presupuesto Institucional de Apertura para la aprobación por parte del Concejo Municipal. Asimismo, las áreas ejecutoras elaborarán el cronograma de ejecución de proyectos que deberá ser puesto a disposición del Comité de Vigilancia y del Consejo de Coordinación Local Distrital, así como del Concejo Municipal. 2. Rendición de Cuentas. Se debe informar a los Agentes Participantes sobre el cumplimiento de los Acuerdos y Compromisos asumidos en el año anterior. La Rendición de Cuentas será realizada por el Alcalde y todos los Agentes son responsables de participar en dicho acto. TÍTULO VI CONVOCATORIA Artículo 26º.- Convocatoria. El Alcalde en su condición de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, convoca a la población organizada a participar en el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados, dando inicio al proceso y al desarrollo de las respectivas actividades. La Gerencia de Participación Vecinal tiene a su cargo la fase de convocatoria de los Agentes Participantes, para los cual contará con el apoyo de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y la Gerencia de Tecnologías de la Información. TÍTULO VII CAPACITACIÓN Y TALLERES DE TRABAJO Artículo 27º.- Capacitación a los Agentes Participantes. El Equipo Técnico organizará la realización de actividades de capacitación y programas de desarrollo de capacidades, con la finalidad que los Agentes Participantes conozcan el manejo técnico del proceso presupuestario, así como el mecanismo de participación y elaboración del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. La asistencia de los Agentes Participantes a las actividades de capacitación es obligatoria y condiciona a su participación en los Talleres de Trabajo que se realicen. Artículo 28º.- Talleres de Trabajo. Los Talleres de Trabajo son convocados por el Alcalde, en calidad de presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, en los que mediante la descripción de la Visión y Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado vigente, se identifican, analizan y priorizan los problemas, potencialidades, soluciones y compromisos que los diferentes actores asumirán en la ejecución del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Finalmente, las propuestas consideradas como actividades operativas y de mantenimiento, serán notifi cadas a las unidades orgánicas de la Municipalidad, según correspondan, para su programación y atención debida. Artículo 29º.- Convocatoria y Desarrollo de los Talleres. Se convocará a los Talleres de acuerdo a lo señalado en el Cronograma de Actividades del presente Reglamento. Artículo 30º.- Intervención de los Agentes Participantes. Las intervenciones de los Agentes Participantes deberán respetar las reglas básicas establecidas en el presente Reglamento y no deberán exceder de tres (3) minutos por cada Agente Participante. De considerarlo pertinente, el Equipo Técnico podrá permitir exceder las intervenciones por dos (2) minutos adicionales. Artículo 31º.- Adopción de Acuerdos. La adopción o aprobación de acuerdos en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, serán establecidas por consenso, y si esto no fuera