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El Peruano Miércoles 16 de abril de 2014 521133 la propuesta facilitará, promoverá e incentivará la participación vecinal a fi n de consolidar el Presupuesto Participativo 2015; Que, mediante Memorándum Nº 133-2014-GM- MSS del 25.02.20134 la Gerencia Municipal considera procedente la aprobación del proyecto de ordenanza que aprueba el Reglamento para la Preparación, Convocatoria y Ejecución del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015, debiendo elevarse al Concejo Municipal para su aprobación conforme a sus facultades; Estando al Informe Nº 134-2014-GAJ-MSS, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y al Acuerdo Nº 01-2014- CCLD-MSS, del Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad de Santiago de Surco y de conformidad a lo establecido en los Artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA PREPARACIÓN, CONVOCATORIA Y EJECUCIÓN DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO – AÑO FISCAL 2015 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para la Preparación, Convocatoria y Ejecución del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015 de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que consta de once Títulos, cuarenta y tres Artículos, dos Disposiciones Complementarias y los Anexos 1 y 2, que forma parte de la presente ordenanza como Anexo I. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Reglamento, así como velar por el cumplimiento de los fi nes del mismo, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y a la Gerencia de Participación Vecinal. Artículo Tercero.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para el estricto cumplimiento del Reglamento, que se efectuará previo Informe del Equipo Técnico del proceso de formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Artículo Cuarto.- DEROGAR todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza, la misma que rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Ordenanza, el Reglamento y sus Anexos, en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, el día de su publicación. POR TANTO: Mando que se registre, comunique, publique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde ANEXO I DE LA ORDENANZA Nº 475-MSS REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2015 TÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1º.- Objetivo. El presente Reglamento tiene por objetivo regular los mecanismos a través de los cuales se desarrolla el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2015 del distrito de Santiago de Surco, en concordancia con el marco normativo vigente de la materia. Artículo 2º.- Finalidad. La fi nalidad del Reglamento es establecer los mecanismos y procedimientos que promueven la participación de los diversos agentes que intervienen en el proceso del desarrollo del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, con un enfoque destinado a obtener el máximo benefi cio posible a la mayor cantidad de vecinos del distrito de Santiago de Surco. Artículo 3º.- Marco Jurídico. El presente Reglamento se fundamenta en el siguiente marco jurídico: • Constitución Política del Perú. • Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional. • Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. • Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. • Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y disposiciones complementarias y modifi catorias. • Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modifi catoria, Ley Nº 29298. • Ley Nº 28522, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico. • Ley Nº 29701, Ley que dispone benefi cios a favor de los integrantes de las Juntas Vecinales y establece el “Día de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana”. • Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, mediante el cual se precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo. • D.S Nº 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. • Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, mediante el cual se precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo. • Decreto Supremo Nº 002-2013-IN, numeral 6.1 del Artículo 6º; Reglamento de la Ley Nº 29701. • Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, Instructivo para el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Artículo 4º.- Defi niciones. Para efectos del presente Reglamento se considera como defi niciones relacionadas con el proceso de formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, lo contenido en el Artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. TÍTULO II ROL DE LOS ACTORES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS Artículo 5º.- Del Alcalde. Son roles del Alcalde: a) Convocar a reuniones del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en su calidad de presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital. b) Organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público. c) Proponer para consideración los resultados prioritarios a favor de la población que puedan ser objeto de atención en el proceso. d) Proponer la cartera de proyectos a ser sometida en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, señalando explícitamente su conexión al resultado prioritario que corresponda. e) Determinar e informar a los Agentes Participantes el monto que se asignará al Presupuesto Participativo Basado en Resultados. f) Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso.