Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2014 (16/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Miercoles 16 de MORDAZA de 2014

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la Secretaria General, el Memorandum Nº 221-2014GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 02602014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 251-2014-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, entre otros documentos, sobre proyecto Ordenanza que Otorga un Plazo Extraordinario para la Aplicacion del Regimen de Regularizacion de Deudas Tributarias Aprobado por la Ordenanza Nº 469MSS; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico"; Que, el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que: "Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos, (...)" concordante con el Articulo 9º numeral 29) de la acotada MORDAZA, que establece que: "Corresponde al Concejo Municipal, aprobar el regimen de administracion de sus bienes y rentas, (...)"; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. (...)", lo cual resulta concordante con lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, que senala en la MORDAZA IV de su Titulo Preliminar, que "(...) Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. (...)"; Que, asimismo, el Articulo 41º del Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que: "Excepcionalmente, los Gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo"; Que, por Ordenanza Nº 469-MSS, publicada 17.01.2014, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dispuso otorgar un beneficio temporal y extraordinario para la regularizacion del pago de deudas tributarias, cualquiera fuera el estado en que se encuentren, hasta el 28.02.2014; Que mediante Ordenanza Nº 479-MSS, publicada el 19.03.2014, se dispuso otorgar un plazo extraordinario hasta el 31.03.2014, al regimen de regularizacion de deudas tributarias aprobado mediante Ordenanza Nº 469MSS; Que, con Memorandum Nº 251-2014-GAT-MSS con fecha 02.04.2014, la Gerencia de Administracion Tributaria remite la propuesta de Ordenanza que propone otorgar un plazo extraordinario hasta el 30.04.2014, para la aplicacion del regimen de regularizacion de deudas tributarias aprobado por la Ordenanza Nº 469-MSS, en razon a que de acuerdo a la politica social de la Corporacion, se ha evaluado la posibilidad de otorgar un plazo para que se pueda seguir aplicando el beneficio otorgado mediante

Articulo Setimo.- Validacion de los pagos realizados ante la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores. En el caso del literal b) del ARTICULO MORDAZA de la presente ordenanza, los pagos realizados ante la jurisdiccion de San MORDAZA de Miraflores podran ser validados y considerados como cancelados en la base de datos de esta administracion, previa MORDAZA de la solicitud correspondiente adjuntando los recibos originales de pago y/o MORDAZA autenticada de los mismos, siempre que hubieran sido declarados en la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores con las mismas caracteristicas que fueron registrados en la Municipalidad de MORDAZA de Surco. En dicho caso, la deuda anterior a la vigencia de la Ley Nº 30058, subsiste y es susceptible de acciones de cobranza por parte de esta Administracion, en tanto no se convaliden los pagos realizados ante la jurisdiccion de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Octavo.- De la sancion por el incumplimiento El obligado que no presente la Declaracion Jurada en el plazo establecido en la presente ordenanza, incurrira en las infracciones tipificadas en los numerales 1) y 2) del Articulo 176º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013EF, segun sea el caso, siendo pasible de la sancion de multa correspondiente. Articulo Noveno.- Vigencia La presente ordenanza tendra vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente ordenanza; asi como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. Segunda.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente ordenanza. Tercera.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, conforme al Articulo 15º de la Directiva Nº 001-2010PCM/SGP aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 200-2010-PCM, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe y en el MORDAZA del SAT (www.sat.gob.pe). POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1073999-3

Otorgan plazo extraordinario para la aplicacion del Regimen de Regularizacion de Deudas Tributarias aprobado mediante Ordenanza Nº 469MSS
ORDENANZA Nº 482-MSS MORDAZA de MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 23-2014-CGMCAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos, la Carta Nº 1285-2014-SG-MSS de

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