Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2014 (27/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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(...) 5.2. PEDIDO PARA ACCEDER AL APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO (...) 5.2.3 MORDAZA del PDT Fracc. 36 C.T. Formulario Virtual Nº 687 La MORDAZA del PDT Fracc. 36 C.T. - Formulario Virtual Nº 687 se realizara: a) A traves de SUNAT Virtual, ingresando a SUNAT Operaciones en Linea mediante el Codigo de Usuario y Clave SOL. b) En las dependencias de la SUNAT indicadas en el articulo 6°. Aquellos que presenten la solicitud en los lugares a que se refiere el literal b), la grabaran en disco(s) compacto(s) o memoria(s) USB, para efecto de su presentacion. Los demas, enviaran el(los) archivo(s) generado(s) a traves de SUNAT Virtual. Cuando deba adjuntarse la documentacion a que se refiere el numeral 5.3.1, la solicitud solo podra ser presentada en los lugares senalados en el literal b). La MORDAZA del PDT Fracc. 36 C.T.- Formulario Virtual Nº 687 se realizara en forma independiente por cada MORDAZA de deuda segun se trate de la Contribucion al FONAVI, al ESSALUD, a la ONP, al Impuesto a las Embarcaciones de Recreo e Impuesto al Rodaje, y otros tributos administrados por la SUNAT. 5.2.4 Causales de Rechazo i) Cuando la MORDAZA se realice en las dependencias de la SUNAT, el (los) disco(s) compacto(s) o memoria(s) USB o el(los) archivo(s) seran rechazados si, luego de verificado, se presenta por lo menos alguna de las siguientes situaciones: (...) Cuando se rechace el(los) disco(s) compacto(s) o memoria(s) USB, la informacion contenida en estos o el(los) archivo(s) respectivo(s) por cualquiera de las situaciones senaladas en i) y ii), se considerara como no presentado el PDT Fracc. 36 C.T. - Formulario Virtual Nº 687. 5.2.5 MORDAZA de MORDAZA o de rechazo del PDT Fracc. 36 C.T.- Formulario Virtual Nº 687. a) MORDAZA de MORDAZA De no mediar rechazo en la MORDAZA del PDT, se seguira el siguiente procedimiento: Tratandose de las presentaciones en las dependencias de la SUNAT, el sistema de la SUNAT validara el(los) archivo(s) y almacenara la informacion, luego de lo cual se devolvera el(los) disco(s) compacto(s) o memoria(s) USB al solicitante, conjuntamente con la MORDAZA de MORDAZA debidamente sellada y numerada. Para el caso de las presentaciones a traves de SUNAT Virtual, en los casos en que al enviarse el PDT Fracc. 36 C.T. - Formulario Virtual Nº 687 por dicho medio, se senale que se esta incumpliendo con algun requisito para acceder al aplazamiento y/o fraccionamiento, el solicitante debera registrar el sustento correspondiente de haber subsanado dicho incumplimiento y confirmar la MORDAZA de la solicitud a fin de que esta se configure. De cumplirse con los requisitos de acogimiento o haberse confirmado la MORDAZA de la solicitud, el sistema de la SUNAT almacenara la informacion y emitira la MORDAZA de MORDAZA debidamente numerada, la cual podra ser impresa. b) MORDAZA de Rechazo De existir rechazo en la MORDAZA del PDT Fracc. 36 C.T. - Formulario Virtual Nº 687, se seguira el siguiente procedimiento:

El Peruano MORDAZA 27 de MORDAZA de 2014

Tratandose de las presentaciones en las dependencias de la SUNAT, el personal receptor entregara una MORDAZA de rechazo impresa, debidamente sellada, conjuntamente con el(los) disco(s) compacto(s) o memoria(s) USB presentado(s). Para el caso de las presentaciones a traves de SUNAT Virtual, ante el rechazo del PDT por el sistema de la SUNAT el PDT Fracc. 36 C.T. - Formulario Virtual Nº 687, no se considerara presentado, mostrandose en SUNAT Virtual la respectiva MORDAZA de rechazo, la cual podra ser impresa". "Articulo 6°.- LUGAR DE TRAMITE Y MORDAZA DE LA SOLICITUD Si el solicitante, en el caso del procedimiento del articulo 5°, opta por presentar la solicitud en las dependencias de la SUNAT, dicha MORDAZA se efectuara en los siguientes lugares: (...) b) Los contribuyentes a cargo de la Intendencia MORDAZA, de acuerdo a lo siguiente: (...)" "Articulo 7°.- SOLICITUD DE UN APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO (...) 7.2. Lo dispuesto en el numeral anterior, debera considerarse respecto a cada solicitud presentada, segun se trate de la Contribucion al FONAVI, al ESSALUD, a la ONP, del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, del Impuesto al Rodaje y de otros tributos administrados por la SUNAT asi como del Gravamen Especial a la Mineria o de la Regalia Minera determinada segun lo dispuesto en la Ley Nº 28258 MORDAZA de su modificacion por la Ley Nº 29788 (Regalias Mineras ­ Ley Nº 28258) o de aquella determinada a partir de las modificaciones efectuadas por la Ley Nº 29788 (Regalias Mineras ­ Ley Nº 29788)". "Articulo 9°.- DEUDA A GARANTIZAR (...) 9.2 Lo dispuesto en el numeral anterior debera considerarse de manera independiente, segun se trate de deuda tributaria correspondiente a la Contribucion al FONAVI, al ESSALUD, a la ONP, del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, del Impuesto al Rodaje y de otros tributos administrados por la SUNAT asi como del Gravamen Especial a la Mineria o de la Regalia Minera determinada segun lo dispuesto en la Ley Nº 28258 MORDAZA de su modificacion por la Ley Nº 29788 (Regalias Mineras ­ Ley Nº 28258) o de aquella determinada a partir de las modificaciones efectuadas por la Ley Nº 29788 (Regalias Mineras ­ Ley Nº 29788)". "Articulo 14°.- LA HIPOTECA (...) 14.2. A la solicitud se adjuntara: (...) b) Tasacion arancelaria o comercial efectuada por el Cuerpo Tecnico de Tasaciones. Excepcionalmente, el Intendente o Jefe de la Oficina Zonal respectiva, podra autorizar que la tasacion sea efectuada por Ingeniero o Arquitecto colegiado. La tasacion presentada sera considerada como valor referencial maximo. (...)" "Articulo 19°.- PAGOS MENSUALES (...) MORDAZA

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