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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (27/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Domingo 27 de abril de 2014 521786 6. Archivo Personalizado: A aquél que contiene el saldo del aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria, con excepción de la Regalía Minera o del Gravamen Especial a la Minería, factible de acogimiento al refi nanciamiento. 7. Reporte de Precali fi cación: A aquél que contiene información referente al cumplimiento de los requisitos exigidos para el acogimiento al re fi nanciamiento, con excepción de aquél por Regalía Minera o por el Gravamen Especial a la Minería. (…) 19. Código : Al Código Tributario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816, cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y norma modi fi catoria. (…)” “Artículo 6°.- PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE REFINANCIAMIENTO DEL SALDO DEL APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO POR DEUDA DISTINTA A LA REGALÍA MINERA O EL GRAVAMEN ESPECIAL A LA MINERÍA (…)6.2.3 Presentación del PDT Re fi nanc. Fracc. 36° C.T.- Formulario Virtual Nº 689 (…)Aquellos que presenten la solicitud en los lugares a que se re fi ere el literal b), la grabarán en disco(s) compacto(s) o memoria(s) USB, para efecto de su presentación. Los demás, enviarán el (los) archivo(s) generado(s) a través de SUNAT Virtual. (…)”“6.2.4. Causales de rechazoi) Cuando la presentación se realice en las dependencias de la SUNAT, el (los) disco(s) compacto(s) o memoria(s) USB, o el(los) archivo(s) serán rechazados si, luego de veri fi cado(s), se presenta por lo menos alguna de las siguientes situaciones: (…)Cuando se rechace el(los) disco(s) compacto(s) o memoria(s) USB, la información contenida en éste(estos) o el(los) archivos respectivo(s) por cualquiera de las situaciones señaladas en i) y ii), se considerará como no presentado el PDT Re fi nanc. Fracc. 36° C.T.- Formulario Virtual Nº 689”. “6.2.5 Constancia de presentación o de rechazo del PDT Re fi nanc. Fracc. 36° C.T.- Formulario Virtual Nº 689 a. Constancia de PresentaciónDe no mediar rechazo en la presentación del PDT, se seguirá el siguiente procedimiento: En el caso de las presentaciones de las dependencias de la SUNAT, el sistema de la SUNAT validará el archivo y almacenará la información, luego de lo cual se devolverá el(los) disco(s) compacto(s) o memoria(s) USB al solicitante, conjuntamente con la constancia de presentación debidamente sellada y numerada. Tratándose de las presentaciones a través de SUNAT Virtual, en los casos en que al enviarse el PDT Re fi nanc. Fracc. 36° C.T. - Formulario Virtual Nº 689 por dicho medio, se señale que se está incumpliendo con algún requisito para acceder al re fi nanciamiento, el solicitante deberá registrar el sustento correspondiente de haber subsanado dicho incumplimiento y con fi rmar la presentación de la solicitud a fi n de que ésta se con fi gure. De cumplirse con los requisitos de acogimiento o haberse con fi rmado la presentación de la solicitud, el sistema de la SUNAT almacenará la información y emitirá la constancia de presentación debidamente numerada, la cual podrá ser impresa. b. Constancia de Rechazo De existir rechazo en la presentación del PDT Refi nanc. Fracc. 36° C.T.- Formulario Virtual Nº 689, se seguirá el siguiente procedimiento: Tratándose de las presentaciones en las dependencias de la SUNAT, el personal receptor de la SUNAT entregará una constancia de rechazo impresa, debidamente sellada, conjuntamente con el(los) disco(s) compacto(s) o memoria(s) USB, presentado(s). Para el caso de las presentaciones a través de SUNAT Virtual, ante el rechazo del PDT por el sistema de la SUNAT, el PDT Re fi nanc. Fracc. 36° C.T.- Formulario Virtual Nº 689 no se considerará presentado, mostrándose en SUNAT Virtual la respectiva constancia de rechazo, la cual podrá ser impresa”. “Artículo 7°.- LUGAR DE TRÁMITE Y PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Si el solicitante, en el caso del procedimiento del artículo 6°, opta por presentar la solicitud en las dependencias de la SUNAT, dicha presentación se efectuará en los siguientes lugares: (…)b. Los contribuyentes a cargo de la Intendencia Lima, de acuerdo a lo siguiente: (…)”“Artículo 8°.- SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL REFINANCIAMIENTO (…)8.2. Lo dispuesto en el numeral anterior deberá considerarse respecto a cada solicitud presentada, según se trate de la Contribución al FONAVI, al ESSALUD, a la ONP, del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, del Impuesto al Rodaje y de otros tributos administrados por la SUNAT así como del Gravamen Especial a la Minería o de la Regalía Minera determinada según lo dispuesto en la Ley Nº 28258 antes de su modi fi cación por la Ley Nº 29788 (Regalías Mineras – Ley Nº 28258) o de aquella determinada a partir de las modi fi caciones efectuadas por la Ley Nº 29788 (Regalías Mineras – Ley Nº 29788)”. “Artículo 9°.- DEUDA A GARANTIZAR(…)9.2. Lo dispuesto en el numeral anterior deberá considerarse de manera independiente, según se trate de deuda tributaria correspondiente a la Contribución al FONAVI, al ESSALUD, a la ONP, al Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, al Impuesto al Rodaje y de otros tributos administrados por la SUNAT así como del Gravamen Especial a la Minería o de la Regalía Minera determinada según lo dispuesto en la Ley Nº 28258 antes de su modi fi cación por la Ley Nº 29788 (Regalías Mineras – Ley Nº 28258) o de aquella determinada a partir de las modi fi caciones efectuadas por la Ley Nº 29788 (Regalías Mineras – Ley Nº 29788)”. “Artículo 14°.- PAGOS MENSUALES(…)14.2 Los pagos de la deuda comprendida en el refi nanciamiento, salvo en el caso de aquel referido a la Regalía Minera o Gravamen Especial a la Minería, se realizarán a través del Sistema Pago Fácil o mediante SUNAT Virtual o en los Bancos Habilitados utilizando el NPS, los cuales generan el Formulario Nº 1662 – Boleta de Pago, el Formulario Virtual Nº 1662 – Boleta de Pago o el Formulario Nº 1663 – Boleta de Pago, respectivamente. Tratándose de los pagos de la deuda por Regalía Minera o Gravamen Especial a la Minería comprendida en el re fi nanciamiento, estos se realizarán únicamente a