Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2014 (27/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA 27 de MORDAZA de 2014

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Articulo 16°.- La inasistencia del profesor debe justificarse con el documento sustentatorio correspondiente, dentro de las 24 horas posterior a la ausencia. La suspension en el dictado de una clase podra realizarse solo por motivos de caso fortuito o fuerza mayor, lo cual debera informarse al administrador del CIAM con una anticipacion de 2 horas a fin de informar a los participantes de la clase suspendida. Articulo 17°.- En caso de no haberse podido dictar una clase por inasistencia del profesor, el personal de administracion del CIAM, en coordinacion con los alumnos y el profesor, definiran la fecha, salon y hora de recuperacion de la clase perdida, publicandola en los paneles informativos de la sede del CIAM. La recuperacion debera hacerse efectiva a mas tardar la semana siguiente de la clase perdida. TITULO XI DE LA REPRESENTATIVIDAD Articulo 18°.- Las personas adultas mayores en su condicion de participantes, designaran a sus respectivos delegados o promotores por cada taller, quienes se constituiran en los MORDAZA de comunicacion y coordinacion con los diversos niveles administrativos del CIAM y de la Municipalidad Distrital de La Molina. DISPOSICION FINAL Unica.- Las Normas de Convivencia para el Buen Funcionamiento del Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM) en el distrito de La MORDAZA, regiran a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, conjuntamente con el Decreto de Alcaldia, que los aprueba. 1076840-1

Cualquier variacion u horario extraordinario sera publicado por la administracion del CIAM en los paneles informativos de su sede. TITULO VII DE LOS TALLERES QUE BRINDARA EL CIAM Articulo 10°.- El CIAM contara con talleres productivos, deportivos y de tiempo libre; permitiendo al adulto mayor desarrollar habilidades manuales y motrices, ademas de impulsar el micro emprendimiento y la autogeneracion de ingresos propios, promoviendo un envejecimiento activo, productivo y saludable. Se dictaran los siguientes tipos de talleres: a) Formativos: computacion y manejo de internet. b) Artesanales: MORDAZA texturados, repujado en aluminio, vitral, pintura al oleo, entre otros. c) Manuales: bijouteria, munecos country, bordado, tejido, entre otros. d) Desarrollo personal: teatro, MORDAZA, mutua ayuda, cineterapia. e) Actividad fisica: gimnasia terapeutica, tai ichi, aerobicos, baile, danzas folkloricas, marinera, tango y milonga, entre otros. Asimismo, promovera actividades de integracion y esparcimiento, encuentros intergeneracionales, reuniones de confraternidad y celebraciones que contribuyan a enfrentar colectivamente el MORDAZA natural de envejecimiento, el deterioro organico ­ motor, ayuden a reforzar la independencia del adulto mayor como rehabilitador de salud y a mantener su bienestar fisico, afectivo y mental, procurandoles un mejor entorno social. El CIAM promocionara charlas y talleres sobre cuidado del ambiente, promocion del voluntariado y otros relacionados con la actividad local. Articulo 11°.- La tematica de los talleres que se dictan en el CIAM no sera permanente, podran suprimirse e incorporarse otros talleres, de acuerdo a los requerimientos de sus participantes, previa coordinacion con el personal del CIAM, de manera concertada. Las personas adultas mayores, en su condicion de alumnos, podran inscribirse hasta en un MORDAZA de 2 cursos regulares. TITULO VIII DE LA DURACION DEL CICLO DE LOS TALLERES Articulo 12°.- El ciclo de los talleres que se brindan en el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor tendra una duracion de 6 a 7 semanas. TITULO IX DEL HORARIO DE CLASE Articulo 13°.- Los horarios de clase establecidos al inicio de cada ciclo no podran cambiarse durante el trascurso del mismo. TITULO X DE LA PUNTUALIDAD A CLASES Y CONTROL DE ASISTENCIAS Articulo 14°.- El profesor que presta servicios en el CIAM, respetara y compartira las politicas y objetivos de los programas y de la Institucion. Tiene como instancia inmediata a la administracion del CIAM y como instancias superiores a la Subgerencia de Desarrollo Social, Salud y OMAPED y a la Gerencia de Desarrollo Humano de la cual depende administrativamente. Articulo 15°.- Los profesores deberan llegar al dictado de cada clase, 10 (diez) minutos MORDAZA de la hora programada. Es obligacion del profesor firmar el cuaderno de asistencia a la hora de ingreso y salida del dictado de sus clases. Cada profesor llevara un registro y control de las asistencias de sus alumnos a las clases en las que se hubieran inscrito, a fin de que la administracion del CIAM pueda tener conocimiento de la continuidad de cada participante en las actividades programadas.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 128-2013-MDP/C, que aprobo beneficio de amnistia tributaria y no tributaria en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2014-MDP/A MORDAZA, 27 de marzo del 2014. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: El Informe Nº 027-2014-MDP/GR emitido por la Oficina de Rentas, quien solicita PRORROGAR la Ordenanza Nº 128-2013-MDP/C que aprueba el "Beneficio de Amnistia Tributaria y No Tributaria", hasta el 30 de MORDAZA del 2014; y, CONSIDERANDO; Que, de conformidad a lo dispuesto el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que (...) las Municipalidades provinciales y distritales son organos de Gobierno Local y personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades". Que, mediante Ordenanza Nº 128-2013-MDP/ C publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de Noviembre del 2013, se aprobo la Ordenanza de Amnistia Tributaria y No Tributaria , dirigido a los contribuyentes, obligados y administrados que mantengan obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios

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