Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2014 (27/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA 27 de MORDAZA de 2014

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4.4. El monto del saldo del aplazamiento y/o fraccionamiento mas los intereses moratorios, de corresponder, hasta la fecha de MORDAZA de la solicitud. 4.5. La designacion de la garantia ofrecida, de corresponder. 4.6. La firma del deudor tributario o su representante legal. Se debera presentar escritos independientes para solicitar el refinanciamiento del saldo del aplazamiento y/o fraccionamiento del Gravamen Especial a la Mineria, de la Regalia Minera determinada segun lo dispuesto en la Ley Nº 28258 MORDAZA de su modificacion por la Ley Nº 29788 (Regalias Mineras ­ Ley Nº 28258) o de aquella determinada segun lo dispuesto por la Ley Nº 29788 (Regalias Mineras ­ Ley Nº 29788), considerandose para efecto de lo dispuesto en el presente Reglamento como conceptos independientes entre si". DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- SOLICITUDES PRESENTADAS CON ANTERIORIDAD RESPECTO DE LA REGALIA MINERA O DEL GRAVAMEN ESPECIAL A LA MINERIA El deudor tributario que hubiera solicitado su acogimiento al aplazamiento y/o fraccionamiento de la Regalia Minera o del Gravamen Especial a la Mineria o en su caso, el refinanciamiento del saldo de dicho aplazamiento y/o fraccionamiento, con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolucion y este no hubiere sido aprobado, debera regularizar la MORDAZA de su solicitud, conforme a lo dispuesto en el articulo 5°A del Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda tributaria o del articulo 6°-A de la Resolucion de Superintendencia Nº 176-2007/SUNAT, modificados por la presente MORDAZA, en el plazo que para tal efecto le indique la SUNAT. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 1076892-1

traves del Sistema Pago Facil, generandose el Formulario Nº 1662 ­ Boleta de Pago". "Segunda.- CODIGO DE TRIBUTO O CONCEPTO A PAGAR Para los pagos de la deuda comprendida en el refinanciamiento se utilizaran los siguientes codigos de tributo o concepto a pagar: CODIGO 8030 5239 5332 5060 7203 7206 7208 7211 DESCRIPCION TESORO ESSALUD ONP FONAVI FONCOMUN REGALIAS MINERAS ­ LEY Nº 28258 REGALIAS MINERAS ­ LEY Nº 29788 GRAVAMEN ESPECIAL A LA MINERIA"

2.2 Incorporese como numerales 22 y 23 del articulo 1° y como articulo 6°-A de la Resolucion de Superintendencia Nº 176-2007/SUNAT y normas modificatorias, los siguientes textos: "Articulo 1°.- DEFINICIONES Para efecto de la presente Superintendencia, se entendera por: (...) 22. Resolucion de

Banco(s) Habilitado(s)

: A la(s) entidad(es) bancaria(s) a que se refiere el inciso f) del articulo 1° de la Resolucion de Superintendencia Nº 0382010/SUNAT, que dicta medidas para facilitar el pago de la deuda tributaria, a traves de SUNAT Virtual o de los Bancos Habilitados utilizando el Numero de Pago SUNAT - NPS.

23.

Sistema Pago : Al Sistema a traves del cual los deudores Facil declaran y/o MORDAZA sus obligaciones tributarias correspondientes a tributos internos, prescindiendo del uso de formularios preimpresos, conforme a lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia Nº 125-2003/SUNAT y normas modificatorias.

(...)" "Articulo 6°-A.- MORDAZA DE LA SOLICITUD PARA ACCEDER AL REFINANCIAMIENTO DEL SALDO DEL APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO DE LA REGALIA MINERA O DEL GRAVAMEN ESPECIAL A LA MINERIA Para acceder al refinanciamiento del saldo del aplazamiento y/o fraccionamiento de la regalia minera o del gravamen especial a la mineria, el solicitante debera presentar en las dependencias de la SUNAT senaladas en el articulo 7°, unicamente, un escrito, al cual se le adjuntara la documentacion senalada en el numeral 6.3 del articulo 6°, de corresponder. Dicho escrito debera contener la siguiente informacion minima: 1. Numero de Registro Unico de Contribuyentes (RUC). 2. Nombres y apellidos, denominacion o razon social del deudor tributario, segun corresponda. 3. Plazo por el que se solicita el refinanciamiento. 4. Identificacion de la deuda por la que se solicita el refinanciamiento, detallando: 4.1. El periodo, que corresponde al mes en que se emitio la resolucion con la que se aprobo el aplazamiento y/o fraccionamiento o se declaro su perdida, segun sea el caso. 4.2. El numero de la(s) resolucion(es) correspondiente(s). 4.3. El codigo del concepto por el que se solicita el refinanciamiento.

Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA
INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA RESOLUCION DE INTENDENCIA N° 161-024-0000877 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Intendencia N° 161024-0000679 se designo como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional MORDAZA a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Galvez; Que, es necesario dejar sin efecto la designacion de la indicada Auxiliar Coactivo y designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el Articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, los profesionales propuestos han presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que, la Decima Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7° de la

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