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El Peruano Sábado 2 de agosto de 2014 529200 previsto concursar a excepción de los puestos clasifi cados como de confi anza conforme a las reglas de la normativa laboral pública vigente; Que, la citada norma prevé que los organismos públicos y empresas del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 104-2014-DV-PE se designó a la señora Claudett Katerina Delgado Llanos, como responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad; quien con fecha 17 de julio 2014 formuló renuncia al cargo de Jefe de la Ofi cina de Administración que venía desempeñando; Que, con fecha 22 de julio de 2014, la ingeniera Julia Silvana Velásquez Pérez, asumió mediante contratación Administrativa de Servicios la jefatura de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; Que, resulta necesario designar a la señora ingeniera Julia Silvana Velásquez Pérez, como responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones de la Secretaría General, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Ofi cina General de Administración, y; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 824 - Ley de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047- 2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 128-2014-DV-PE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la señora ingeniera Julia Silvana Velásquez Pérez, Jefa de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina General de Administración ejecute la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 104-2014-DV-PE. Artículo 4º.- Disponer que se remita copia de la presente Resolución a las Direcciones y Ofi cinas de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente Ejecutivo 1118092-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 049-2014-OS/GART Lima, 31 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29852 (en adelante la Ley) creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3° un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las Empresas de Distribución Eléctrica, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por OSINERGMIN en que incurran dichas Empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, mediante Resoluciones OSINERGMIN N° 138-2012-OS/CD y 034-2013-OS/CD, se aprobaron las Normas “Procedimiento, Plazos, Formatos y Disposiciones Aplicables para la Implementación y Ejecución del Fondo de Inclusión Social Energético aplicable al descuento en la compra del balón de gas”, y “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas” (en adelante “Norma Costos FISE”), respectivamente. Esta última norma, dispone la aprobación mensual de costos administrativos y operativos del FISE e incluye los formatos en que se reporta la información pertinente. Que, las empresas distribuidoras Adinelsa, Edecañete, Electro Dunas, Electro Oriente, Electro Pangoa, Electro Puno, Electro Sur Este, Electro Ucayali, Electrocentro, Electronoroeste, Electronorte, Electrosur, Emsemsa, Emseusac, Hidrandina, Luz del Sur, Seal y Sersa han remitido los Formatos FISE 12-A, 12-B, 12-C y 12-D conteniendo información hasta Mayo de 2014 sobre los costos administrativos y operativos en los que han incurrido para implementar y operar el FISE, motivo por el cual, corresponde a OSINERGMIN la aprobación de dichos costos, luego de la revisión efectuada, a fi n de que se proceda a transferir del Fondo los montos aprobados a favor de las empresas distribuidoras de energía eléctrica; Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 267- 2013-OS/CD, se incorporó el Artículo 8° en la Norma Costos FISE, en el cual se estableció que los costos administrativos y operativos del FISE a que se refi eren los considerandos precedentes, serían aprobados con resoluciones de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN; Que, fi nalmente, se ha expedido el Informe Técnico N° 388-2014-GART de la División de Distribución Eléctrica y el Informe Legal N° 057-2014-GART de la Coordinación Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el numeral 4 del Artículo 3º, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplifi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042- 2005-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modifi catorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar los costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas, de acuerdo con lo siguiente: