Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (02/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Sábado 2 de agosto de 2014 529185 SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de pago de cuotas a organismos internacionales Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar los pagos de las cuotas correspondientes al año 2014, a los siguientes organismos internacionales: PERSONA JURIDICA MONEDA MONTO ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA) US$ 542,957.51 ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS – OFI- CINA DE LIMA (OEA – LIMA) US$ 23,371.10 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN (FAO) US$ EUR € 303,526.67 103,769.37 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN (FAO-OFICINA SEDE LIMA) US$ 15,500.00 PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS (PMA) US$ 262,989.43 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO) US$ EUR € 164,308.00 184,202.11 UNION DE NACIONES SURAMERICANAS (UNASUR) US$ 369,830.53 FORO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA DEL ASIA PACÍFICO (APEC) SGD$ US$ 90,000.00 13,300.00 Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: 00 Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos (APNOP), Producto/Proyecto 3.999999: Sin Producto, Actividad 5.003690: Política Multilateral, Participación y Cuotas a Organismos Internacionales, Función 02: Relaciones Exteriores, División Funcional 002: Servicio Diplomático, Grupo Funcional 0002: Servicio Diplomático, Meta 0089559: Fortalecimiento del Multilateralismo y Cuotas a Organismos Internacionales, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Específi ca de Gasto 2. 4. 1 2.1 99: A Otros Organismos Internacionales, del Presupuesto del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al Año Fiscal 2014. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO ALFONSO GUTIERREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1118341-3 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 134-2014-RE Lima, 1 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014”, donde se encuentran contenidas las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2014 por los pliegos presupuestarios; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.1 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas a los organismos internacionales no fi nancieros de los cuales el Perú es país miembro se pagan con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y son aprobadas por resolución suprema; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se ha previsto recursos para el pago de cuota al organismo internacional, conforme al detalle que se consigna en la presente resolución; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014” de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de pago de cuota a organismo internacional Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de la cuota correspondiente al año 2014, al siguiente organismo internacional: PERSONA JURIDICA MONEDA MONTO ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) US$ 2´787,228.61 Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecute con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: 00 Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos (APNOP), Producto/Proyecto 3.999999: Sin Producto, Actividad 5.003690: Política Multilateral, Participación y Cuotas a Organismos Internacionales, Función 02: Relaciones Exteriores, División Funcional 002: Servicio Diplomático, Grupo Funcional 0002: Servicio Diplomático, Meta 0089559: Fortalecimiento del Multilateralismo y Cuotas a Organismos Internacionales, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Específi ca de Gasto 2. 4. 1 2.1 99: A Otros Organismos Internacionales, del Presupuesto del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al Año Fiscal 2014. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1118341-4 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 135-2014-RE Lima, 1 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014”, donde se encuentran contenidas las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2014 por los pliegos presupuestarios; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.1 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas a los organismos internacionales no financieros de los cuales el Perú es país miembro se pagan con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y son aprobadas por resolución suprema;