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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (02/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Sábado 2 de agosto de 2014 529186 Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se ha previsto recursos para el pago de cuota al organismo internacional, conforme al detalle que se consigna en la presente resolución; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014” de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización de pago de cuota a organismo internacional Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de la cuota correspondiente al año 2014, al siguiente organismo internacional: PERSONA JURIDICA MONEDA MONTO SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES (SGCAN) US$ 2´057,405.10 Artículo 2º.- Afectación presupuestal Disponer que el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecute con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: 00 Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos (APNOP), Producto/Proyecto 3.999999: Sin Producto, Actividad 5.003690: Política Multilateral, Participación y Cuotas a Organismos Internacionales, Función 02: Relaciones Exteriores, División Funcional 002: Servicio Diplomático, Grupo Funcional 0002: Servicio Diplomático, Meta 0089559: Fortalecimiento del Multilateralismo y Cuotas a Organismos Internacionales, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Específi ca de Gasto 2. 4. 1 2.1 99: A Otros Organismos Internacionales, del Presupuesto del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al Año Fiscal 2014. Artículo 3º.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4º.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIERREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1118341-5 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 136-2014-RE Lima, 1 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014”, donde se encuentran contenidas las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2014 por los pliegos presupuestarios; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.1 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas a los organismos internacionales no financieros de los cuales el Perú es país miembro se pagan con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y son aprobadas por resolución suprema; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se han previsto recursos para el pago de cuotas a diversos organismos internacionales, conforme al detalle que se consigna en la presente resolución; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014” de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización de pago de cuotas a organismos internacionales Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar los pagos de las cuotas correspondientes al año 2014, a los siguientes organismos internacionales: PERSONA JURÍDICA MONEDA MONTO TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA (TJCA) US$ 426,812.58 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) US$ CHF 271,735.00 105,961.15 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) CHF 343,149.23 ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) CHF 319,345.28 ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACDH) US$ 23,371.10 PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) US$ 155,154.74 FONDO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA DEMOCRACIA (FNUD) US$ 9,348.44 ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL (OMI) GBP£ 22,646.72 GRUPO DE LOS 77 (G77) US$ 4,674.22 ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM) CHF 37,675.64 CORTE PENAL INTERNACIONAL (CPI) EUR € 205,454.50 CORTE PERMANENTE DE ARBITRAJE (CPA) EUR € 877.32 Artículo 2º.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: 00 Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos (APNOP), Producto/Proyecto 3.999999: Sin Producto, Actividad 5.003690: Política Multilateral, Participación y Cuotas a Organismos Internacionales, Función 02: Relaciones Exteriores, División Funcional 002: Servicio Diplomático, Grupo Funcional 0002: Servicio Diplomático, Meta 0089559: Fortalecimiento del Multilateralismo y Cuotas a Organismos Internacionales, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Específi ca de Gasto 2. 4. 1 2.1 99: A Otros Organismos Internacionales, del Presupuesto del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al Año Fiscal 2014. Artículo 3º.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4º.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1118341-6