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El Peruano Sábado 2 de agosto de 2014 529162 b) Los cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática, se establecerán mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Defensa, en la segunda quincena del mes de junio de cada año. (…)” Segunda.- Incorporación del literal e) a los artículos 7° y 10° del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG Incorpórese el literal e) a los artículos 7° y 10° del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en los siguientes términos: “Artículo 7º.- Autorización en Misión de Estudios El Personal Militar en Actividad y Civil del Sector Defensa que sea autorizado a viajar al exterior en Misión de Estudios, percibirá los conceptos siguientes: (…) “e) Seguro Médico Mientras dure la autorización en Misión de Estudios, haciéndose extensivo a sus familiares dependientes cuando dicha Misión sea por un periodo mayor a un (01) año”. “Artículo 10°.- Autorización en Comisión de Servicio El Personal Militar en Actividad y Civil del Sector Defensa que sea autorizado a viajar al exterior en Comisión de Servicio, percibirá los conceptos siguientes: (...) ”e) Seguro Médico Mientras dure la autorización en Comisión de Servicio, haciéndose extensivo a sus familiares dependientes cuando dicha Comisión sea por un periodo mayor a un (1) año”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Deróguense los literales B) y C) del anexo al Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, así como el anexo 01 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG, de fecha 13 de diciembre de 2006. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de agosto del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1118343-1 Designan miembros integrantes de la Junta de Sanidad Especial Intersanidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú para el AF 2014 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 364-2014-DE/ Lima, 1 de agosto de 2014 VISTOS; los Ofi cios N° 0122 /Y-7.a/02.00 de fecha 17 de marzo de 2014, N° G.500-0671 de fecha 20 de febrero de 2014, NC-35-SGFA-JPPO-Nº 0389 de fecha 29 de enero de 2014, N° 2090-2014-SECGEN PNP/OTD de fecha 08 de marzo de 2014 y N° 452-2014-DGRRHH/ DSAN de fecha 20 de marzo de 2014, mediante los cuales las Instituciones Armadas, la Policía Nacional del Perú y el Ministerio de Defensa designan a sus representantes como integrantes de la Junta de Sanidad Especial Intersanidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, para el AF-2014, y el Informe Legal emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 7° del Reglamento de Inaptitud Psicosomática para la Permanencia en la situación de Actividad del Personal Militar y Policial, aprobado por Decreto Supremo N° 057-DE/SG, de fecha 10 de noviembre de 1999, crea la Junta de Sanidad Especial Intersanidad de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, con el fi n de revisar y dictaminar sobre los casos de reclamos y observaciones referidas a la Inaptitud Psicosomática y/o Invalidez del Personal Militar y Policial para permanecer en la situación de actividad; Que, el artículo 8° del precitado Reglamento establece que la Junta de Sanidad Especial Intersanidad está integrada por los Componentes Médicos de las Instituciones de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, Componente Jurídico, Componentes Administrativos, Secretaría, Asesores y/o Especialistas, según sea el caso, los mismos que serán nombrados anualmente. Dicho artículo señala asimismo, que la Presidencia de dicha Junta será ejercida anualmente en forma rotativa por el Componente Médico representante de cada Institución; Que, mediante Resolución Suprema N° 414-2013-DE de fecha 16 de agosto de 2013, se designó a los miembros integrantes de la Junta de Sanidad Especial Intersanidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú para el AF-2013, por lo que, es necesario designar a los nuevos miembros integrantes de la Junta de Sanidad Especial Intersanidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú para el AF-2014, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 057-DE/SG; Que, en atención al carácter específi co de la designación de los integrantes de la Junta de Sanidad Especial del año fi scal 2014, la misma debe aprobarse mediante resolución suprema, conforme al artículo 11, numeral 4 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, y ser refrendada por los Ministros de Defensa y del Interior; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, concordante con lo previsto en el numeral 4° del artículo 11° de la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Estando a lo propuesto por las Instituciones de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú y Ministerio de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución Suprema N° 414-2013-DE de fecha 16 de agosto de 2013. Artículo 2°.- Designar, al siguiente personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, como miembros integrantes de la Junta de Sanidad Especial Intersanidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú para el AF 2014: Ejército del Perú: -Coronel EP Manuel Jesús GONZALES GUANILO (Componente Médico) Marina de Guerra del Perú: -Capitán de Navío SN (MC) José Roberto FLORES YABAR (Componente Médico) Fuerza Aérea del Perú: -Coronel FAP Lizandro Heriberto OBREGÓN SEVILLANO (Componente Médico) Policía Nacional del Perú: -Coronel Méd PNP Mario CASMA VELASQUEZ (PRESIDENTE) -Comandante Méd PNP Hernán ADRIANZEN RONCEROS (Componente Médico) Ministerio de Defensa: -Comandante FAP Freddy Gonzalo MURGUÍA ENRIQUEZ (Componente Jurídico)