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El Peruano Sábado 2 de agosto de 2014 529164 CNTM TRANSOCEANIC XXVIII, a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 4 al 15 de agosto de 2014; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Autoridad Marítima Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata SGC. Enrique Rolando Justiniano SANTA MARÍA Oliva, CIP. 01863381, DNI. 21780066, para que participe en el Ejercicio CNTM TRANSOCEANIC XXVIII, a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 4 al 15 de agosto de 2014; así como, autorizar su salida del país el 3 y su retorno el 16 de agosto de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Río de Janeiro (República Federativa del Brasil) - Lima US$. 1,200.00 US$. 1,200.00 Viáticos: US$. 370.00 x 12 días US$. 4,440.00 TOTAL A PAGAR: US$. 5,640.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1118343-8 Autorizan viaje de personal naval a Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 367-2014-DE/MGP Lima, 1 de agosto de 2014 Visto, el Ofi cio N.1000-1259 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 23 de julio de 2014; CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Departamento de Gestión Educativa de la Prefectura Naval de Argentina, ha cursado invitación para que Personal Naval participe en el Curso de Control de Derrames de Hidrocarburos y Mercancías Peligrosas - Nivel Operador, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 4 al 8 de agosto de 2014; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación y autorización de viaje de DOS (2) Técnicos, para que participen en el mencionado curso; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido curso, responde a la necesidad de incrementar el nivel de conocimientos y técnicas en el Control de Derrames de Hidrocarburos y Mercancías Peligrosas, a fi n de contar con personal técnico certifi cado a poner de manifi esto los factores causales y otros riesgos para la seguridad marítima, el cual contribuirá a elevar el nivel profesional de la Marina de Guerra del Perú; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Técnico 2º Ccg. Javier NOLAZCO Esteban y del Técnico 3º Ccg. Gildo Martín PEREZ Flores, para que participen en el Curso de Control de Derrames de Hidrocarburos y Mercancías Peligrosas - Nivel Operador, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 4 al 8 de agosto de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009- DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;