Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2014 (02/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Sabado 2 de agosto de 2014

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Articulo 2.- Los directores de las instituciones educativas a nivel nacional tienen la obligacion, bajo responsabilidad funcional, de asegurar la participacion de sus respectivas instituciones en la ECE 2014, a que se refiere el articulo precedente. Articulo 3.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion publique la presente Resolucion Ministerial, en el Sistema de Informacion Juridica de Educacion ­ SIJE, ubicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (http://www. minedu.gob.pe/). Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion

EDUCACION
Disponen la ejecucion a nivel nacional de la Evaluacion Censal de Estudiantes 2014 a estudiantes que concluyen el MORDAZA grado de primaria de Educacion Basica Regular, asi como a estudiantes de MORDAZA grado de primaria que asisten a instituciones educativas que estan implementando el Programa de Educacion Intercultural Bilingue
RESOLUCION MINISTERIAL N° 352-2014-MINEDU
MORDAZA, 1 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2007ED declara de preferente interes sectorial para el Ministerio de Educacion la permanente implementacion y ejecucion de la evaluacion del sistema educativo, el mismo que incluye la evaluacion del aprendizaje de los alumnos de la Educacion Basica Regular; de los docentes capacitados y por capacitarse; y de las instancias de gestion educativa descentralizada; Que, el Decreto Supremo Nº 015-2008-ED establece que el Ministerio de Educacion a partir del ejercicio fiscal 2008, mediante resolucion de su Titular, cuando corresponda, dispondra la implementacion y ejecucion de las evaluaciones del sistema educativo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2007-ED; Que, mediante Memorando Nº 232-2014/MINEDU/ SPE, la Secretaria de Planificacion Estrategica solicita que se disponga la implementacion y ejecucion de la Evaluacion Censal de Estudiantes 2014 (ECE 2014), dicho MORDAZA contara con la participacion de los Viceministerios de Gestion Pedagogica y de Gestion Institucional, lo cual garantizara la ejecucion eficiente de las mencionadas evaluaciones; Que, la Evaluacion Censal a que se refiere el considerando precedente incluye la evaluacion del aprendizaje de los estudiantes del MORDAZA grado de primaria de Educacion Basica Regular; asi como de los estudiantes de MORDAZA grado de primaria que asisten a las Instituciones Educativas que estan implementando el Programa de Educacion Intercultural Bilingue; Que, el Organo de Control Institucional de este Ministerio, senala como una recomendacion del Informe Nº 022-2009-2-0190, "Examen Especial a la Unidad de Medicion de la Calidad Educativa en Relacion a la Evaluacion Censal del Rendimiento Escolar", precisar en la MORDAZA que disponga la respectiva implementacion y ejecucion de la Evaluacion Censal de Estudiantes, la obligacion de los directores de asegurar la participacion de sus instituciones educativas en la Evaluacion Censal, bajo responsabilidad funcional; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por la Ley Nº 26510; el Decreto Supremo Nº 0062012-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro Para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Educacion; y el Decreto Supremo Nº 015-2008-ED; SE RESUELVE: Articulo 1.- Disponer la implementacion y ejecucion a nivel nacional, durante el presente ejercicio presupuestal, de la Evaluacion Censal de Estudiantes 2014 (ECE 2014), a los estudiantes que concluyen el MORDAZA grado de primaria de Educacion Basica Regular en comprension lectora y matematica; asi como a los estudiantes que concluyen el MORDAZA grado de primaria en las instituciones educativas que estan implementando el Programa de Educacion Intercultural Bilingue, en comprension lectora, en las lenguas originarias awajun, shipibo konibo, quechua MORDAZA Collao, quechua Chanka y MORDAZA, y en castellano como MORDAZA lengua;

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Modifican Anexo 1 de la R.M. N° 2702014-MINEDU que contiene la relacion consolidada de profesores sujetos al procedimiento excepcional de evaluacion a nivel nacional
RESOLUCION MINISTERIAL N° 353-2014-MINEDU
MORDAZA, 1 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 204-2014MINEDU de fecha 21 de MORDAZA de 2014, se aprueba la MORDAZA Tecnica denominada "Normas para la Evaluacion Excepcional prevista en la Decima Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial", la cual contiene disposiciones para la organizacion, implementacion y ejecucion de la referida evaluacion excepcional; asi como, sus etapas, instrumentos de evaluacion y acciones que involucran a las diversas instancias de gestion educativa descentralizada en el MORDAZA de dicha evaluacion; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2.3 de la referida MORDAZA Tecnica, las instancias de gestion educativa descentralizada deben remitir, dentro del plazo establecido en el cronograma para subsanar las observaciones, la base de datos del Sistema Nexus a la Unidad de Personal del Ministerio de Educacion por correo electronico, adjuntando el reporte escaneado con el codigo QR que emite el sistema, debidamente firmado por el Director de la Unidad de Gestion Educativa Local o Direccion Regional de Educacion, segun corresponda, el Jefe de Administracion, o el que haga sus veces y por el Jefe de Personal; Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 2142014-MINEDU de fecha 27 de MORDAZA de 2014, se convoca al procedimiento excepcional de evaluacion para los profesores que se desempenan como director o subdirector en instituciones educativas publicas, en virtud a lo dispuesto en la Decima Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, y se aprueba el cronograma del referido procedimiento excepcional; Que, de acuerdo al referido cronograma, del 16 hasta el 19 de junio de 2014, las Unidades de Gestion Educativa Local debian subsanar las observaciones formuladas a la relacion prepublicada de directivos sujetos al procedimiento de evaluacion; Que, con Resolucion Ministerial N° 270-2014-MINEDU de fecha 30 de junio de 2014, se aprueba la relacion consolidada de profesores sujetos al procedimiento excepcional de evaluacion a nivel nacional, previsto en la Decima Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, con sus respectivas plazas directivas en las que desempenan funciones, la misma que como Anexo 1 forma parte de la referida resolucion; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 342-2014MINEDU de fecha 23 de MORDAZA de 2014, se modifico el Anexo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 270-2014-MINEDU, que contiene la relacion consolidada de profesores sujetos al procedimiento excepcional de evaluacion a nivel nacional,

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