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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (02/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Sábado 2 de agosto de 2014 529176 asciende a CUATRO MILLONES CIENTO CATORCE MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 114 400,00), recursos que no han sido previstos para el presente año, por lo cual sería necesario una transferencia de recursos del Tesoro Público a favor de la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP) para fi nanciar la referida Asignación Extraordinaria; Que, de otro lado, el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), regulado por el Decreto Ley N° 19990, administrado por la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP), es un sistema de reparto, el cual tiene como característica principal el otorgamiento de prestaciones fi jas sobre contribuciones no defi nidas en valor sufi ciente para que la aportación colectiva de los trabajadores fi nancie el total de las pensiones; siendo que dicho Sistema otorga, como prestaciones de derecho derivado, las pensiones de viudez, orfandad y ascendencia, a favor de los sobrevivientes de un causante pensionista; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 002-2014 establece como monto mínimo de pensión de viudez que un causante genere en el Sistema Nacional de Pensiones regulado por el Decreto Ley N° 19990, la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 350,00); asimismo, el numeral 7.2 del citado artículo 7 señala como monto de pensión mínima para los pensionistas de vejez del régimen de jubilación obrera de la Ley N° 13640, a cargo de la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP), la suma de CUATROCIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 415,00); Que, mediante el Oficio N° 546-2014-GG/ONP, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) señala que el reajuste de la pensión de viudez, orfandad y ascendencia y de la pensión de vejez, tendría un costo total, en el presente año fiscal, que ascendería a la suma de CINCUENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 52 488 000,00), para el período comprendido de agosto a diciembre de 2014, el cual no ha sido previsto por la ONP en su presupuesto institucional del año fiscal 2014; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modifi catorias, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinado a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias y habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos solicitados no han sido previstos en los presupuestos institucionales del año fi scal 2014 de los pliegos Ministerio de Educación, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ofi cina de Normalización Previsional (ONP) y los Gobiernos Regionales, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 265 510 895,00), a favor de los citados pliegos, destinada al fi nanciamiento de los fi nes señalados en los considerandos precedentes, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 002-2014 y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1.- Transferencia de Partidas 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 265 510 895,00), para los fi nes descritos en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 265 510 895,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 265 510 895,00 ============ A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5003109 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de Educación Secundaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 55 157 075,00 UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5003709 : Rutas solidarias – bicicletas rurales para llegar a la escuela FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y servicios 29 094 980,00 ACTIVIDAD 5000662 : Desarrollo de la educación para niños de 0 a 3 años FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y servicios 12 405 020,00 PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central – MIDIS ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4 Donaciones y Transferencias 70 000 000,00 PLIEGO 095 : Ofi cina de Normalización Previsional-ONP UNIDAD EJECUTORA 001 : Ofi cina de Normalización Previsional-ONP ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales