Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2014 (02/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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asciende a CUATRO MILLONES CIENTO CATORCE MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 114 400,00), recursos que no han sido previstos para el presente ano, por lo cual seria necesario una transferencia de recursos del Tesoro Publico a favor de la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP) para financiar la referida Asignacion Extraordinaria; Que, de otro lado, el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), regulado por el Decreto Ley N° 19990, administrado por la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP), es un sistema de reparto, el cual tiene como caracteristica principal el otorgamiento de prestaciones fijas sobre contribuciones no definidas en valor suficiente para que la aportacion colectiva de los trabajadores financie el total de las pensiones; siendo que dicho Sistema otorga, como prestaciones de derecho derivado, las pensiones de viudez, orfandad y ascendencia, a favor de los sobrevivientes de un causante pensionista; Que, el numeral 7.1 del articulo 7 del Decreto de Urgencia N° 002-2014 establece como monto minimo de pension de viudez que un causante genere en el Sistema Nacional de Pensiones regulado por el Decreto Ley N° 19990, la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 350,00); asimismo, el numeral 7.2 del citado articulo 7 senala como monto de pension minima para los pensionistas de vejez del regimen de jubilacion obrera de la Ley N° 13640, a cargo de la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP), la suma de CUATROCIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 415,00); Que, mediante el Oficio N° 546-2014-GG/ONP, la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP) senala que el reajuste de la pension de viudez, orfandad y ascendencia y de la pension de vejez, tendria un costo total, en el presente ano fiscal, que ascenderia a la suma de CINCUENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 52 488 000,00), para el periodo comprendido de agosto a diciembre de 2014, el cual no ha sido previsto por la ONP en su presupuesto institucional del ano fiscal 2014; Que, los articulos 44 y 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas, destinado a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias y habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, los recursos solicitados no han sido previstos en los presupuestos institucionales del ano fiscal 2014 de los pliegos Ministerio de Educacion, Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, Oficina de Normalizacion Previsional (ONP) y los Gobiernos Regionales, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 265 510 895,00), a favor de los citados pliegos, destinada al financiamiento de los fines senalados en los considerandos precedentes, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 002-2014 y el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias; DECRETA: Articulo 1.- Transferencia de Partidas 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 265 510 895,00), para los fines descritos en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

El Peruano Sabado 2 de agosto de 2014

En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA 265 510 895,00 --------------------265 510 895,00 ============ En Nuevos Soles : Gobierno Central 010 : Ministerio de Educacion 026 : Programa Educacion Basica para Todos

PROGRAMA PRESUPUESTAL0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educacion Basica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas 5003109 : Contratacion oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de Educacion Secundaria

ACTIVIDAD

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales UNIDAD EJECUTORA 55 157 075,00

026 : Programa Educacion Basica para Todos

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5003709 : Rutas solidarias ­ bicicletas rurales para llegar a la escuela

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y servicios ACTIVIDAD 29 094 980,00 5000662 : Desarrollo de la educacion para ninos de 0 a 3 anos

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y servicios PLIEGO 12 405 020,00 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social 001 : Sede Central ­ MIDIS

UNIDAD EJECUTORA ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestion Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4 Donaciones y Transferencias PLIEGO 095 : Oficina de Previsional-ONP UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina de Previsional-ONP ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD

70 000 000,00 Normalizacion Normalizacion

5000991 : Obligaciones Previsionales

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