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El Peruano Jueves 7 de agosto de 2014 529510 Artículo 4º.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1119934-3 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 159-2014-TR Lima, 6 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, con Código C.A.P. N° 01210102, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor CAYO CESAR GALINDO SANDOVAL, en el cargo de Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con Código C.A.P. N° 01210102. Regístrese, comuníquese y publíquese. FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1119896-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a LC Busre S.A.C. - LC Perú Nuestra Aerolínea, la renovación y modificación de su permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo regular nacional de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 298-2014-MTC/12 Lima, 25 de junio del 2014 Vista la solicitud de la compañía LC BUSRE S.A.C. - LC PERU NUESTRA AEROLINEA, sobre Renovación y Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 232-2010- MTC/12 del 06 de agosto del 2010 se otorgó a la compañía LC BUSRE S.A.C. - LC PERU NUESTRA AEROLINEA la Renovación y Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 08 de agosto del 2010 hasta el 08 de agosto del 2014; Que, la citada resolución fue modifi cada a través de la Resolución Directoral N° 365-2011-MTC/12 del 25 de octubre del 2011 en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, mediante Documento de Registro N° 2014- 016685 del 17 de marzo del 2014 la compañía LC BUSRE S.A.C. - LC PERU NUESTRA AEROLINEA solicitó la Renovación y Modifi cación de su Permiso de Operación bajo las mismas condiciones; Que, según los términos del Memorando Nº 465- 2014-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando N° 155-2014-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones, Informe Nº 030- 2014-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias e Informe Nº 203-2014-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía LC BUSRE S.A.C. - LC PERU NUESTRA AEROLINEA, la Renovación y Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 09 de agosto del 2014, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 232-2010-MTC/12 del 06 de agosto del 2010. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la compañía LC BUSRE S.A.C. - LC PERU NUESTRA AEROLINEA deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, técnica y económico-fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial - Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo.