TEXTO PAGINA: 10
El Peruano Lunes 18 de agosto de 2014 530272 a) El vehículo debe de encontrarse en óptimo estado de funcionamiento lo que se demostrará con la aprobación de la inspección técnica vehicular y los controles inopinados a los que sea sometido. b) Cumplir con las condiciones técnicas y demás requisitos que establece el Reglamento para el servicio de transporte regular de personas de ámbito provincial. Artículo 3.- Vigencia La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas de ámbito provincial, en la provincia de Cajamarca FECHA DE FABRICACIÓN FECHA DE SALIDA DEL SERVICIO Hasta 1982 31 de diciembre del 2014 1983-1989 31 de diciembre del 2015 1990-1992 31 de diciembre del 2016 1993-1994 31 de diciembre del 2017 1995-1996 31 de diciembre del 2018 1997-1998 31 de diciembre del 2019 1999-2000 31 de diciembre del 2020 2001 31 de diciembre del 2021 2002 31 de diciembre del 2022 2003 31 de diciembre del 2023 2004 31 de diciembre del 2024 2005 31 de diciembre del 2025 2006 31 de diciembre del 2026 2007 31 de diciembre del 2027 2008 31 de diciembre del 2028 2009 31 de diciembre del 2029 2010 31 de diciembre del 2030 2011 31 de diciembre del 2031 2012 31 de diciembre del 2032 2013 31 de diciembre del 2033 1124104-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Aceptan donación efectuada a favor de la Unidad Ejecutora 001 - Administración - SERNANP, para la ejecución del Proyecto “Apoyo a la Conservación y Manejo Sostenible del Parque Nacional Tingo María” RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 177-2014-SERNANP Lima, 7 de agosto de 2014 VISTO: El Informe N° 161-2014-SERNANP-OPP, el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional “Apoyo a la Conservación y Manejo Sostenible del Parque Nacional Tingo María” y demás documentos que acompañan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2014; Que, por Resolución Presidencial Nº 243-2013- SERNANP, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, para el Año Fiscal 2014; Que, de conformidad con el Artículo 69º del Texto Único Ordenado de la Ley 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establece que “las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos”; Que, en el marco del artículo 17º de la Ley 26834 – Ley de Áreas Naturales Protegidas, por el cual el Estado reconoce y promueve la participación privada en la gestión de su administración; Que, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP y la Empresa de Generación Huallaga S.A., fi rman un convenio específi co de cooperación interinstitucional, destinado a la implementación del Proyecto “Apoyo a la Conservación y Manejo Sostenible del Parque Nacional Tingo María”, orientando su contribución económica a esta área natural protegida por el monto de S/. 230,000.00 Nuevos Soles, con el objetivo de realizar intervenciones que contribuyan a mejorar la protección, conocimiento, difusión, uso público y restauración del Bosque Montano; Que, en el marco de los considerandos precedentes, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 161-2014-SERNANP-OPP, establece procedente aceptar la donación proveniente de la Empresa de Generación Huallaga S.A.; Con las visaciones de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General, y; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2008- MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación dineraria pactada, aprobada y consentida por la Empresa de Generación Huallaga S.A. hasta por un monto de S/. 230,000.00 (Doscientos Treinta Mil y 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Unidad Ejecutora 001 – Administración – SERNANP, para la ejecución del Proyecto “Apoyo a la Conservación y Manejo Sostenible del Parque Nacional Tingo María”. Artículo 2º.- La presente Resolución, deberá ser notifi cada a la Empresa de Generación Huallaga S.A. y Contraloría General de la República, en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles posteriores de emitida y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal institucional del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado — SERNANP (www. sernanp.gob.pe). Regístrese y comuníquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe 1124072-1