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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (24/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Domingo 24 de agosto de 2014 530838 Humano, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Prensa e Imagen Institucional el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, ORDENAR a la SECRETARIA GENERAL la publicación de la presente ordenanza en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO, asimismo DISPONER que la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN proceda a publicar el texto integro de la presente Ordenanza en la página web de la entidad www.portal.munilosolivos.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 1127134-2 Aprueban designación de Equipo de Trabajo y Equipo Técnico, el diseño, cronograma y metodología de trabajo para el cumplimiento de la META 02: “Diagnóstico de accesibilidad para personas con discapacidad, adulto mayor y personas con movilidad reducida” del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2014 ACUERDO DE CONCEJO N° 31-2014/CDLO Los Olivos, 31 de julio de 2014. EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Informe N° 00013-2014/MDLO/GPC/ OMAPED/TFLORES de la Ofi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad, Informe Nº 663-2014/ MDLO/GPC de la Gerencia de Participación Ciudadana, Informe No. 00032-2014/MDLO/GDU/SGIOP/GYABAR, Informe Nº 01072-2014/MDLO/GDU/SGIOP de la Sub Gerencia de Infraestructura y Obras Públicas, Informe Nº 00496-2014/MDLO/GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Informe Nº 00525-2014/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 00946- 2014-MDLO/GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Proveído Nº 5150-2014/GM de la Gerencia Municipal, Informe Nº 0733-2014-MDLO/SG yb0750- 2014-MDLO/SG de Secretaría General, Dictamen Nº 010-2014-CDLO/CDUTI de la Comisión de Desarrollo Urbano y Tecnologías de la Información; y, CONSIDERANDO: Que, en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando en su artículo 41° que los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2014-EF se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2014, se estableció la Meta N° 2 “Diagnóstico de Accesibilidad para las Personas con Discapacidad “para municipalidades de ciudades principales tipo A, correspondiente al 31 de julio de 2014; Que, para el cumplimiento de la Meta N° 02 las municipalidades deben elaborar un plan de accesibilidad para personas con discapacidad y personas con movilidad reducida, que contenga la estimación de presupuesto respecto del área focalizada en el diagnóstico de barreras urbanísticas y arquitectónicas; Que, con fecha 14 de Febrero, la Gerencia Municipal con Resolución de Gerencia No. 036-2014-MDLO/ GM aprobó la conformación de los Equipos de trabajo responsables de la elaboración del diagnóstico y del plan de accesibilidad antes descrito, así como las actividades a realizar y el cronograma de trabajo; Que, la Ley 29973 Ley general de la Persona con discapacidad en su Artículo 14 precisa: “. . .Las autoridades de los diferentes sectores y niveles de gobierno tienen la obligación de realizar consultas, con las organizaciones que representan a las personas con discapacidad previamente a la adopción de normas legislativas, administrativas, políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad. . .”. Obran al respecto cartas elaboradas por los dirigentes distritales de los adultos mayores y de las personas con discapacidad contenidas en los Documentos Simples: S- 0020600-2014 organizado por la Red del Adulto Mayor y S- 0020639-2014 organizado por la Asociación de Discapacidad Los Olivos – ADISLO; Que, el Plan de accesibilidad tiene los siguientes componentes: Sensibilización, Difusión, Comunicación y Tecnologías de la Información e Infraestructura, en el componente de Infraestructura Urbana se consideran pistas, veredas, sardineles, señalización y semaforización; ascendiendo en total el presupuesto al monto de S/. 8´482,842.68 (Ocho millones cuatrocientos ochenta y doce mil ochocientos cuarenta y dos y 68/100 nuevos soles), dado su envergadura, se trata de un Proyecto Multianual, contara en los próximos años con el 1 % del Presupuesto Institucional, considerando además que en los próximos presupuestos participativos será incluida en el rubro de Proyectos Distritales y puesto a consideración de los Agentes Participantes; Estando a lo expuesto y con las facultades otorgadas por el artículo 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por unanimidad; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR en vías de regularización la designación del Equipo de Trabajo y Equipo Técnico, el diseño, cronograma y metodología de trabajo, para el cumplimiento de la META 02: “Diagnóstico de accesibilidad para personas con discapacidad, adulto mayor y personas con movilidad reducida” del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2014, con la participación de: GERENCIA DE PARTICIPACION CIUDADANA Y DESARROLLO HUMANO GERENCIA DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO GERENCIA DE DESARROLLO URBANO SUB GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y OBRAS PÚBLICAS OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA PERSONA CON DISCAPACIDAD Artículo Segundo.- APROBAR el Plan y Presupuesto de accesibilidad para personas con discapacidad, adultos mayores y personas con movilidad reducida, del Centro Urbano del Distrito de Los Olivos, codifi cado como el Sector 1 y APROBAR el Plan y Presupuesto de accesibilidad para personas con discapacidad, adultos mayores y personas con movilidad reducida, del Sector adicional compuesto por cinco cuadras alrededor del local periférico destinado a la Ofi cina que brinda servicios de atención a las personas con discapacidad y personas adultas mayores, ubicado en la Av. Naranjal No. 1379 Urbanización El Parque Naranjal del Distrito de Los Olivos. Ambos asciende a un monto total de S/. 8’482,842.68 (Son Ocho Millones cuatrocientos ochenta y dos mil ochocientos cuarenta y dos y 68/100 nuevos soles). Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Gerente de Planifi cación y Presupuesto que a partir de la fecha, en la formulación del Presupuesto Institucional de los próximos años destine el 1% a favor de la fi nanciación de planes y programas, así como para la realización de obras, reparación o adecuación destinadas a mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades incluyendo el acceso a sedes municipales que están al servicio de todos los ciudadanos y en especial a los que presenten algún tipo de discapacidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a los Equipos Técnicos responsables de conducir los Procesos de Presupuesto Participativo de los próximos años, poner a consideración de los Agentes Participantes, el monto que se destinará anualmente en forma gradual en el rubro de