Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2014 (25/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Lunes 25 de agosto de 2014

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no afiliados como candidatos del partido politico, empero, subsiste el error en cuanto a la incongruencia en la lista de candidatos, ya que no ha sido corregido por una nueva asamblea o acuerdo partidario con las formalidades de ley, y d) que la justicia electoral, en cuanto al requisito de democracia interna, no admite un cambio o reemplazo en el contenido del acta de eleccion interna, sino que se presenten actas que complementen o subsanen los errores de la primera acta. Con fecha 27 de MORDAZA de 2014 (fojas 151 a 155), el referido personero legal titular interpone recurso de apelacion en contra de la Resolucion N.º 0002-2014JEECH, alegando que por error del secretario tecnico del Comite Ejecutivo Nacional ha transcrito, en forma erronea, la lista de candidatos para el Concejo Provincial Chanchamayo y que, por indicacion del Comite Ejecutivo Nacional no adjuntaron, ni en la solicitud de inscripcion ni en la subsanacion, la primera acta de elecciones realizada el 1 de junio de 2014, que detalla la lista de candidatos electos, y el acta complementaria de exclusion e incorporacion de candidatos, realizada el 4 de junio de 2014, que excluye e incorpora candidatos por los motivos alli expuestos, declarando la lista oficial de candidatos, documentos que adjuntan en este acto. CONSIDERANDOS 1. El articulo 19 de la Ley N° 28094, Ley de Partidos Politicos, establece que la eleccion de autoridades y candidatos de los partidos politicos y movimientos de alcance regional o departamental debe regirse por las normas de democracia interna establecidas en la presente ley, el estatuto y el reglamento electoral de la agrupacion politica. 2. El articulo 25, numeral 25.2, del Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por Resolucion N° 271-2014JNE (en adelante, Reglamento de inscripcion), senala los documentos que deben presentar las organizaciones politicas al momento de solicitar la inscripcion de la lista de sus candidatos, entre ellos, el original del acta, o MORDAZA certificada firmada por el personero legal, la cual debe contener la eleccion interna de los candidatos presentados. 3. El numeral 28.1 del articulo 28 del Reglamento de inscripcion prescribe que la inadmisibilidad de la lista de candidatos, por observacion a uno o mas de ellos, podra subsanarse en un plazo de dos dias naturales, contados desde el dia siguiente de notificado. Asimismo, el numeral 29.1 del articulo 29 del Reglamento de inscripcion establece que El JEE declarara la improcedencia de la solicitud de inscripcion por el incumplimiento de un requisito de ley no subsanable, o por la no subsanacion de las observaciones efectuadas. 4. De la revision del expediente se aprecia que mediante Resolucion N.° 0001-2014-JEECH, de fecha 15 de MORDAZA de 2014 (fojas 104 a 105), el JEE declaro inadmisible la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos presentada por el partido politico Solidaridad Nacional, entre otros, al observar que el acta del Comite Ejecutivo Nacional de incorporacion de candidatos no afiliados al partido politico Solidaridad Nacional, de fecha 8 de MORDAZA de 2014 (fojas 4 a 7), no cumple con haber designado un comite electoral, la modalidad de eleccion interna de los candidatos propuestos y lista de los participantes en las elecciones internas, la que ademas resulta incongruente en tres de los candidatos a regidores con los de la lista presentada en la solicitud de inscripcion. De lo expuesto se colige que el referido partido politico no adjunto a la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos presentada, el acta de eleccion interna correspondiente. 5. Con fecha 18 de MORDAZA de 2014 (fojas 108 a 109), el mencionado personero legal titular presento escrito de subsanacion adjuntando, entre otros documentos, nuevamente el acta del Comite Ejecutivo Nacional de incorporacion de candidatos no afiliados al partido politico Solidaridad Nacional, de fecha 8 de MORDAZA de 2014 (fojas 110 a 115), que aprueba la incorporacion y participacion de ciudadanos no afiliados al partido politico para ocupar candidaturas a cargos, entre otros, de alcaldes y regidores

la solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Distrital de Pastaza, provincia de Datem del Maranon, departamento de MORDAZA, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1127240-5

Confirman resolucion del MORDAZA Electoral Especial de Chanchamayo que declaro improcedente solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Provincial de Chanchamayo
RESOLUCION N° 1228-2014-JNE Expediente N° J-2014-01578 CHANCHAMAYO - MORDAZA JEE CHANCHAMAYO (EXPEDIENTE N° 0001092014-049) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, siete de agosto de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico Solidaridad Nacional, en contra de la Resolucion N.° 0002-2014JEECH, de fecha 21 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Chanchamayo, la cual declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Provincial de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, presentada por la referida organizacion politica, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES El MORDAZA Electoral Especial de Chanchamayo (en adelante JEE), mediante Resolucion N° 0002-2014JEECH, de fecha 21 de MORDAZA de 2014 (fojas 143 a 148), declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos presentada, por considerar a) que en realidad no se cumplio con adjuntar a la solicitud de inscripcion de lista de candidatos (fojas 2 a 3), el acta de eleccion interna, sino que en su lugar se anexo el acta del Comite Ejecutivo Nacional de incorporacion de candidatos no afiliados al partido politico Solidaridad Nacional, de fecha 8 de MORDAZA de 2014 (fojas 4 a 7), la que, ademas, presentaba incongruencia con la mencionada solicitud de inscripcion, en tres candidatos, b) que con la subsanacion (fojas 108 a 109) se vuelve a presentar dicha acta del Comite Ejecutivo Nacional de incorporacion de candidatos no afiliados al partido politico Solidaridad Nacional, de fecha 8 de MORDAZA de 2014 (fojas 110 a 1115), en donde se pretendio corregir digitalmente la nomina de los candidatos para hacerla coincidir con la lista contenida en la solicitud de inscripcion presentada, c) que, asimismo, se adjunta el acta del Congreso Nacional Extraordinario para elecciones internas provinciales de la organizacion politica Solidaridad Nacional, de fecha 7 de junio de 2014 (fojas 116 a 123), en donde se ratifica la decision del Comite Ejecutivo Nacional respecto de la inclusion de

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