Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2014 (25/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Lunes 25 de agosto de 2014

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Analisis del caso concreto 3. De conformidad con el articulo 23 de la Ley N° 28094, Ley de Partidos Politicos, y el articulo 31 del Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por Resolucion N° 271-2014-JNE, para disponer el retiro de un candidato por la incorporacion de informacion falsa en su hoja de MORDAZA, se requiere de la constatacion de un hecho objetivo: la falsedad de la informacion consignada y la voluntad, expresada en la suscripcion de la declaracion jurada de MORDAZA, de colocar la misma en dicho documento. 4. A criterio de este Colegiado Electoral, en el caso de autos, no se ha producido el supuesto normativo que amerita la exclusion del candidato, pues la conducta imputada con la tacha no consiste en incorporar datos falsos en su hoja de MORDAZA, sino en omitir consignar informacion relacionada con su experiencia laboral. Por lo demas, debe ponderarse que el autor de la tacha no ha demostrado que el candidato se desempenara efectivamente en los cargos en los que fue designado, pues no ha acompanado documento alguno que demuestre la existencia de una relacion laboral entre las empresas A & D Comunicaciones S.A.C. y MORDAZA & MORDAZA Contadores Asociados S.R.L. y el candidato tachado. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Moscol Zegarra; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion N.° 003-2014-JEE-LIMACENTRO/JNE, de fecha 24 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, que declaro infundada la tacha formulada contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato al cargo de regidor por la organizacion politica Partido Humanista Peruano para el Concejo Metropolitano de MORDAZA, en el MORDAZA de las elecciones municipales de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1127240-1

declaro infundada la tacha interpuesta por el recurrente contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato al cargo de regidor del Concejo Metropolitano de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por la lista de candidatos del Partido Humanista Peruano, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Mediante la resolucion venida en grado (fojas 19 a 22), el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro (en adelante JEE), declaro infundada la tacha formulada contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al considerar que lo manifestado por el autor de la tacha fue desvirtuado con el descargo y la documentacion adjunta al mismo. El 26 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA Moscol MORDAZA interpuso recurso de apelacion contra la Resolucion N° 003-2014-JEE-LIMACENTRO/JNE. Reitero que, de acuerdo a las copias informativas emitidas por la Superintendencia de Registros Publicos (fojas 73 y 74, y 76), esta acreditado que el candidato tachado fue designado gerente de las empresas A & D Comunicaciones S.A.C. y MORDAZA & MORDAZA Contadores Asociados S.R.L., las que, conjuntamente con la empresa MORDAZA & MORDAZA Contadores Asociados S.R.L. (fojas 75), se encuentran debidamente registradas como agentes con movimientos economicos ante el servicio de administracion tributaria, no estando disueltas ni liquidadas. Indico, ademas, que el candidato tachado participo en las Elecciones Municipales Complementarias del ano 2013 para el Concejo Metropolitano de MORDAZA, sin declarar en aquella oportunidad que ocupo el cargo de gerente general de la empresa MORDAZA Clean S.A.C., por lo que a traves del Informe N° 044-2014-RSD-DNFPE/JNE, la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales concluyo que "omitir consignar en su Declaracion Jurada de MORDAZA que se cuenta con Experiencia Laboral es faltar a la verdad", lo que amerito que el candidato se encuentre actualmente investigado por la presunta comision del delito contra la funcion jurisdiccional - falsa declaracion en procedimiento administrativo, en agravio del MORDAZA Nacional de Elecciones. CUESTION EN DISCUSION Determinar si el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA consigno informacion falsa en su declaracion jurada de vida. CONSIDERANDOS Cuestion previa 1. El recurso de apelacion tiene por objeto la revision de los pronunciamientos emitidos por los Jurados Electorales Especiales, mas no constituye una habilitacion para invocar hechos ajenos al debate iniciado en la instancia inferior y analizados en la resolucion venida en grado, pues ello vulnera el derecho de defensa y desnaturaliza el objeto de la apelacion, en la medida que no fueron controvertidos por la contraparte ni analizados en primera instancia. 2. Sin perjuicio de lo MORDAZA expuesto, es necesario precisar que el Informe N° 044-2014-RSD-DNFPE/JNE, de fecha 27 de febrero de 2014, emitido por la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales del MORDAZA Nacional de Elecciones, que el recurrente invoca en su recurso de apelacion, concluye que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex candidato y actual regidor de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, omitio declarar la experiencia laboral de gerente general de MORDAZA Clean S.A.C., por lo que se recomienda que la Direccion de Registros, Estadistica y Desarrollo Tecnologico inserte una anotacion marginal en la hoja de MORDAZA del ex candidato, en el extremo senalado. Luego, es inexacto lo afirmado por el recurrente, en el sentido de que el informe en cuestion concluye que el omitir consignar la experiencia laboral en la declaracion jurada de MORDAZA constituye faltar a la verdad.

Confirman resolucion del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA en extremo que declaro improcedente solicitud de inscripcion de candidato a la alcaldia distrital de MORDAZA
RESOLUCION N° 1200-2014-JNE Expediente N° J-2014-01294 MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA JEE MORDAZA (EXPEDIENTE N° 0073-2014023) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, siete de agosto de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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