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El Peruano Viernes 12 de diciembre de 2014 539758 en el extremo que dispuso la reubicación del 1° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huánuco como 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Rupa Rupa, Provincia de Leoncio Prado, de la referida Corte Superior. Artículo Segundo.- Disponer que a la doctora Nelly Fonseca Livias se le asigne la plaza vacante de Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Amarilis, Provincia de Huánuco, Distrito Judicial del mismo nombre. Cursándose ofi cio al Consejo Nacional de la Magistratura, para la expedición del titulo correspondiente Artículo Tercero.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huánuco designe a un Juez Provisional o Supernumerario en el despacho del 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Rupa Rupa, Provincia de Leoncio Prado, hasta que se proceda al nombramiento conforme a ley. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1176506-7 Convierten, reubican y modifican denominación de órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Sullana RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 391-2014-CE-PJ Lima, 26 de noviembre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 443-2014-ETI-CPP-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y Ofi cios N° 4875 y 4714-2014-P-CSJSU/PJ remitidos por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana solicita a este Órgano de Gobierno la reubicación y conversión de órganos jurisdiccionales transitorios, para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en el mencionado Distrito Judicial, sustentadas en razones de carga procesal. Segundo. Que por lo expuesto en el informe y reporte estadístico remitido por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Tercero. Que los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 951-2014 de la cuadragésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reubicar y convertir, a partir del 15 y hasta el 31 de diciembre del año en curso, el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Ayabaca, en Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Sullana, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, con competencia en dicha provincia. El Juzgado Mixto Transitorio de la Provincia de Sullana y el Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Talara, remitirán la carga pendiente en liquidación, al Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Sullana, materia de reubicación. Artículo Segundo.- Modifi car la denominación de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Sullana, en Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Sullana, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, en adición a sus funciones Sala Penal Liquidadora. Artículo Tercero.- Convertir, a partir del 1 de enero de 2015 y hasta el 31 de marzo del mismo año, el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Sullana en Juzgado de la Investigación Preparatoria de Sullana, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, en adición de sus funciones Juzgado Penal Liquidador de la misma provincia. Artículo Cuarto.- Cada fi n de mes, sin perjuicio de la información que debe descargarse en los sistemas informáticos de la institución, los jueces informarán directamente al Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal sobre los siguientes aspectos: a) Número de autos que ponen fi n al proceso y sentencias expedidas; b) Número de expedientes en trámite, pendientes de resolución fi nal; y en reserva; c) Número de expedientes en ejecución; y, d) Difi cultades presentadas en el ejercicio de sus funciones. Artículo Quinto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Sullana; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1176506-8 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Proclaman a Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y a Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, para el período 2015-2016 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 793-2014-P-CSJLN/PJ Independencia, cinco de diciembre del dos mil catorce.