Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2014 (25/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Jueves 25 de diciembre de 2014

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la MORDAZA que aprueba la "Normas sobre vinculacion y Grupo Economico en la que participan las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud Privadas" cuya entrada en vigencia se tiene prevista a los treinta (30) dias posteriores a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6) del articulo 23º del Decreto Legislativo Nº 1158, "Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y cambio de denominacion de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud", corresponde al Superintendente aprobar las normas de caracter general de la Superintendencia; Que, en concordancia con lo senalado en los literales f) y t) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, corresponde al Superintendente aprobar las normas de caracter general de SUSALUD y expedir Resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo; RESUELVE: Articulo 1º.- DISPONER la publicacion del proyecto de MORDAZA que aprueba las "Normas y Condiciones Generales del Contrato o Convenio de Aseguramiento en Salud a ser suscritos entre las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud y los afiliados" en la direccion electronica: http://www.susalud.gob.pe, a efectos de recibir los comentarios y sugerencias de los agentes usuarios y del publico en general, durante el plazo de cinco (5) dias calendarios a partir de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". Los comentarios, sugerencias y aportes deberan ser enviados al correo electronico siguiente: proyectodenormas@ susalud.gob.pe, a cargo de la Sra. MORDAZA MORDAZA Aviles. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicacion Corporativa la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Resolucion; y a la Oficina General de Asesoria Juridica la publicacion de la indicada Resolucion, asi como de las las "Normas y Condiciones Generales del Contrato o Convenio de Aseguramiento en Salud a ser suscritos entre las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud y los afiliados" en la pagina web de SUSALUD "www.susalud.gob.pe". Articulo 3º.- ENCARGAR a la Intendencia de Normas y Autorizaciones la recepcion, procesamiento y sistematizacion de los comentarios y sugerencias que se presenten, a fin de evaluar y efectuar los ajustes correspondientes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA DE MORDAZA PHILIPPS MORDAZA Superintendente 1181989-3

derechos y obligaciones a las IAFAS como al afiliado, sea de manera directa o a traves de su empleador o representante, en relacion a coberturas de salud; Que, el articulo 99º del Reglamento de Ley, establece que las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pueden ofrecer Planes Complementarios al PEAS; asimismo en el articulo 100º del citado Reglamento faculta a las IAFAS a estructurar los planes complementarios respetando las condiciones del PEAS. El valor de los mismos es determinado en funcion de la extension y caracteristicas de la cobertura ofertada; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 031-2014SA que aprobo el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD, dispone que las infracciones leves contempladas en los numerales 37, 38 y 39 del Anexo I-A, del Anexo I, asi como las infracciones leves contempladas en los numerales 14 y 15 del Anexo I-B del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Salud, todos ellos relacionados a la aplicacion del PEAS, seran pasibles de sancion a partir del 1 de enero de 2017; Que, en tal sentido, resulta necesario establecer las normas generales del Contrato de Aseguramiento en Salud entre las IAFAS y sus afiliados en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud y las Condiciones Generales del Contrato de Prestacion de Servicios de Salud que deben ser consideradas como minimos de la relacion propia del contrato de aseguramiento; con la finalidad de otorgarles claridad y transparencia en su contenido, facilitando su correcta interpretacion y la supervision de su cumplimiento, sin perjuicio de la liberalidad que corresponde en la fijacion de clausulas particulares o complementarias, las cuales no podran contravenir en ningun caso las de caracter general; Que, esta Superintendencia ha considerado necesario establecer las citadas condiciones Generales del Contrato de Prestacion de Servicios de Salud, con el fin de promover en el sistema el uso de un texto uniforme que permita y favorezca el conocimiento de los afiliados respecto de sus derechos y obligaciones en su relacion con la IAFAS; Que, tratandose de una MORDAZA de caracter general, corresponde su pre publicacion acorde a lo establecido en el articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que senala que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; Que, atendiendo a los compromisos institucionales y en salvaguarda del cumplimiento de las nuevas funciones conferidas a SUSALUD en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1158, se justifica la pre publicacion excepcional por el plazo de cinco (5) dias calendario de

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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