Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2014 (31/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 230

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Que, mediante Ordenanza Nº 011, publicada el 22 de octubre de 2012, se aprobo mantener para el 2013, la vigencia de los montos de los arbitrios establecidos para el ejercicio anterior, reajustados con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor (IPC), correspondiente al ejercicio fiscal 2012; Que, con Ordenanza Nº 006, publicada el 09 de octubre del 2013, se aprobo mantener para el ano 2014, la vigencia de los montos de las tasas de los arbitrios municipales para el ano 2012, reajustados con la variacion acumulada del indice de Precios al Consumidor (IPC), correspondiente a los ejercicios 2012 y 2013; Que, mediante el Informe Nº 030-2014-MDLP-GR, la Gerencia de Rentas presenta el Cuadro 1, (Costos aprobados segun Ordenanza 015-2011 que se viene aplicando para el ejercicio 2014) y el Cuadro 3 (Reporte de gastos proyectados al 31/12/2014), donde se observa que existe una diferencia de S/. 968,276.08 (Novecientos Sesentiocho Mil Doscientos Setentiseis y 08/100 Nuevos soles), segun concluye dicha gerencia que los servicios publicos se vienen brindando a pesar de los costos efectivos superiores que generan, la misma concuerda con la politica de apoyo en el costo de los servicios publicos que realiza la entidad a los contribuyentes de la jurisdiccion; Que, a traves del citado Informe, la Gerencia de Rentas propone que el Concejo Municipal disponga mantener para el ejercicio 2015 los montos de las tasas establecidos por los servicios de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques, Jardines y Seguridad Ciudadana, aprobados mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2011 y de acuerdo se consigna en el Informe Tecnico, reajustados con la Variacion Acumulada del indice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a los ejercicios 2012 al 2014, que aprueba y publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), con la finalidad de no incrementar en demasia las tasas por los Arbitrios Municipales y, de esta forma, no afectar la economia de los contribuyentes del Distrito, esto en concordancia con la politica de la entidad de apoyar a sus contribuyentes en el costo de los servicios publicos que brinda, sustentando su propuesta en aplicacion del Articulo 69-B del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal; Que, siendo que la presente tiene por objetivo cumplir con lo dispuesto en la Ley de Tributacion Municipal y siendo de interes de la comunidad, en aplicacion del numeral 3.2 del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 0012009-JUS, se encuentra exceptuada de la publicacion del proyecto de la misma; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 120-2014MDLP/OAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con lo dispuesto en los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE PARA EL EJERCICIO 2015, LA VIGENCIA DE LOS MONTOS DE LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL ANO 2012 EN EL DISTRITO DE LA PUNTA, REAJUSTADOS CON EL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR ACUMULADO DE LOS EJERCICIOS 2012 AL 2014. Articulo 1º.- Disponer para el ejercicio fiscal 2015, la vigencia de los montos de las tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques, Jardines y Seguridad Ciudadana del ejercicio fiscal 2012, establecidos en la Ordenanza Nº 015-2011, reajustados con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a los ejercicios fiscales 2012 al 2014 que apruebe y publique el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI). Articulo 2º.- Precisar que para el ejercicio fiscal 2015 se mantendra la vigencia de la Ordenanza Nº 015-2011, en cuanto al ambito de aplicacion, hecho generador, condicion de contribuyente, nacimiento de la obligacion, responsabilidad solidaria, definicion de predio, uso de los predios, independizacion de unidades inmobiliarias, periodicidad y vencimiento de pago, determinacion de arbitrios, exoneraciones e inafectaciones, beneficios especiales de descuento a pensionistas y por pago puntual, criterios de distribucion, tasas y topes maximos para la determinacion de los arbitrios, asi como los

El Peruano Miercoles 31 de diciembre de 2014

demas criterios, condiciones, beneficios y/o disposiciones contenidos en la referida Ordenanza Municipal y en su respectivo Informe Tecnico, en cuanto no se oponga a lo establecido mediante la presente MORDAZA o en otras disposiciones municipales de igual jerarquia. Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 01 de Enero de 2015. Articulo 4º.- Facultese al senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La Punta para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 5º.- Encargar a la Oficina de Secretaria General y Archivo la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob. pe), y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA 1183025-1

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Bellavista
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2014-CDB Bellavista, 22 de diciembre del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA, en Sesion Ordinaria de la fecha, CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo II del Titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del estado establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al Ordenamiento Juridico. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 010-2012CDB, de fecha 25 de MORDAZA del 2012, aprueba la Ordenanza Que prueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Bellavista; Modificada Mediante Ordenanza Nº 006-2014-CDB, de fecha 27 de Marzo del 2014. Que, mediante Informe Nº 078-2014-MDB-GPP de fecha 18 de diciembre del 2014, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa que resulta necesario realizar la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Bellavista en virtud de la mision y vision que la Municipalidad desea para el distrito en el corto y mediano plazo. Que, estando a lo informado por la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 244A-2014MDB-GAJ; de fecha 18 de diciembre del 2014, quien se pronuncia favorablemente por la viabilidad del referido proyecto de ordenanza; Que, por tales consideraciones y al MORDAZA de lo dispuesto en el numeral 8º del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, y el Reglamento Interno de Concejo y

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