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El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543716 coyuntura por la que atraviesa la Urbanización Club Golf Los Incas, la tornan de completo interés público, el que se busca proteger con la dación del presente proyecto de ordenanza; Que en este contexto, a través del Informe Nº 949-2014-GAJ-MSS del 18.12.2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta la documentación obrante, concluye emitiendo opinión favorable respecto a la propuesta de Ordenanza que amplía la vigencia de la Ordenanza 486-MSS, que suspende la recepción de solicitudes de aprobación de anteproyecto en consulta, de proyectos de Licencias de Edificación en las modalidades B, C y D, y de Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, en la Urbanización Club Golf Los Incas del Distrito de Santiago de Surco, correspondiendo elevar los actuados ante el Concejo Municipal, para que proceda conforme a sus atribuciones; Que, con Memorándum Nº 997-2014-GM- MSS del 19.12.2014, la Gerencia Municipal emite opinión favorable respecto al presente proyecto de ordenanza; Estando al Dictamen Nº 10-2014-CDU-CAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Urbano y Asuntos Jurídicos, el Informe Nº 949-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades establecidas en los Artículos 9º numeral 8) y 29), 39º, 40º y 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, los regidores presentes adoptaron por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 486-MSS, QUE SUSPENDE LA RECEPCIÓN DE SOLICITUDES DE APROBACIÓN DE ANTEPROYECTO EN CONSULTA, DE PROYECTOS DE LICENCIAS DE EDIFICACIÓN EN LAS MODALIDADES B, C Y D, Y DE CERTIFICADOS DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS, EN LA URBANIZACIÓN CLUB GOLF LOS INCAS DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- AMPLIAR la vigencia de la Ordenanza 486-MSS que suspende la recepción de solicitudes de aprobación de anteproyecto en consulta, de proyectos de Licencias de Edifi cación en las modalidades B, C y D, y de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, en la Urbanización Club Golf Los Incas del Distrito de Santiago de Surco, conforme al Anexo 1 - Plano Nº 023-2014, hasta el 28 de febrero del 2015. Artículo Segundo.- COMUNICAR la presente Ordenanza al Servicio de Agua Potable y Alcantarillado – SEDAPAL, para los fi nes del caso. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el portal del Estado Peruano, en el portal Institucional www.munisurco.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Cuarto.- LA PRESENTE Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1183562-1 Prorrogan vigencia de las Ordenanzas N°s 398 y 399-MSS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 32-2014-MSS Santiago de Surco, 22 de diciembre de 2014 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 403-2014-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 1299-2014- SGLECU-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias de Edifi cación y Control Urbano, el Informe Nº 936- 2014-GAJ–MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 958-2014-GM-MSS mediante los cuales proponen prorrogar la vigencia de las Ordenanzas Nºs. 398 y 399-MSS; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 398-MSS publicada en el Diario Ofi cial El Peruano 18.09.2011, se aprueba la Ordenanza que Fomenta la Revalorización de Predios en las Áreas de Tratamiento Normativo I, II y parte del III de Lima Metropolitana, cuyo objetivo principal es Fomentar la revalorización de los predios a través de la Formalización de las edifi caciones de uso residencial y residencial-mixto con uso de comercio vecinal (donde debe predominar un 65% del área construida a la edifi cación como uso residencial), la Flexibilización en la aplicación de las normas técnicas y legales que permitan el otorgamiento de licencias de edifi cación; Incentivar la formalización y cumplimiento de las normas en las edifi caciones, así como condonar las multas impuestas y lograr el crecimiento urbano ordenado del distrito; Que, la Ordenanza Nº 398-MSS ha sido prorrogada mediante Decreto de Alcaldía Nº 08-2012-MSS del 30.03.2012 hasta el 30.09.2012, con Decreto de Alcaldía Nº 25-2012-MSS del 27.09.2012 hasta el 31.03.2013, con Decreto de Alcaldía Nº 05-2013-MSS del 21.03.2013 hasta el 31.12.2013 y con Decreto de Alcaldía Nº 23-2013-MSS del 26.12.2013 se prorrogó hasta el 31.12.2014; Que, mediante Ordenanza Nº 399-MSS publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 18.09.2011, se aprueba la Ordenanza que Fomenta la Revalorización de Predios en Parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, cuyo objetivo es fomentar la revalorización de los predios ubicados en parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana correspondiente al distrito de Santiago de Surco, sin considerar las Urbanizaciones señaladas en el anexo I, formalizando las edifi caciones de los predios ubicados en dicha Área de Tratamiento Normativo, a través del procedimiento de Licencia de Edifi cación en vía de Regularización, así como condonar las multas impuestas sobre dichas edifi caciones, de acuerdo a la escala de Benefi cios Administrativos aprobados en la citada Ordenanza; Que, la Ordenanza Nº 399-MSS ha sido prorrogada mediante el Decreto de Alcaldía Nº 027-2011-MSS del 28.12.2011 hasta el 31.03.2012, con Decreto de Alcaldía Nº 09-2012-MSS del 30.03.2012 hasta el 30.09.2012, con Decreto de Alcaldía Nº 27-2012-MSS del 27.09.2012, el 31.03.2013, con Decreto de Alcaldía Nº 06-2012-MSS del 21.03.2013, hasta el 31.12.2013 y con Decreto de Alcaldía Nº 24-2013-MSS del 28.12.2013 se prorrogó hasta el 31.12.2014; Que, con Informe Nº 403-2014-GDU-MSS del 05.12.2014, la Gerencia de Desarrollo Urbano, propone la prórroga de la vigencia de las Ordenanzas Nros. 398 y 399-MSS, sustentando la misma en el Informe Nº 1299- 2014-SGLECU-GDU-MSS del 25.11.2014, el Informe Nº 015-AGCH-2014 y el Informe Nº 360-2014-MHR de la Subgerencia de Licencias de Edifi cación y Control Urbano, que concluyen señalando que, de acuerdo a la demanda existente en el distrito y considerando que existe una cantidad de expedientes ingresados, y la afl uencia de vecinos que vienen a informarse sobre los benefi cios de las citadas Ordenanzas, solicitan la prórroga de ambas Ordenanzas, hasta el 31.12.2015; Que, con Informe Nº 936-2014-GAJ-MSS del 15.12.2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que encontrándose facultado el señor Alcalde a disponer la prórroga de los alcances de las Ordenanzas Nros. 398 y 399-MSS, conforme a lo establecido por la Segunda y Cuarta Disposición Final de la citadas Ordenanzas respectivamente, resulta legalmente procedente la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente;