Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2014 (31/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 218

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Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, por Memorandum Nº 771-2014-GAT-MSS del 18.12.2014, la Gerencia de Administracion Tributaria remite la propuesta de Ordenanza que aprueba disposiciones para el pago de multas administrativas en estado coactivo y eliminacion de costas y gastos procesales, en razon a que la tasa de cumplimiento de dichas obligaciones es baja, y porque en los casos, en que subsiste deuda por costas procesales, al ya haberse cancelado la multa administrativa, su cobranza resulta onerosa. Asi mismo, senala que la Ordenanza se encuentra dentro de los supuestos de exoneracion de publicacion establecidos en el articulo 14º numeral 3) acapite 3.2 del Decreto Supremo Nº 012009-JUS, que aprueba el "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General", por ser esta innecesaria, dado que la ordenanza no constituye la creacion de nuevos tributos u obligaciones para los contribuyentes, ni establece recorte alguno en los derechos o beneficios existentes y vigentes a la actualidad; sino que, por el contrario, constituye un beneficio a favor de los vecinos. La referida MORDAZA encuentra su correlato en la Directiva Nº 005-2009-MSS aprobada por la Resolucion Nº 220-2009-RASS, sobre "Publicacion de los Proyectos Normativos en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de Surco"; Que, el proyecto de ordenanza propuesto por la Gerencia de Administracion Tributaria, el cual tiene por objeto otorgar beneficios de descuento en el monto a pagar de las multas administrativas pendientes de pago que se encuentran en procedimiento de ejecucion coactiva, en funcion a la oportunidad de pago y monto total cancelado; pudiendo acogerse a la misma, las personas naturales o juridicas, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, que tengan deudas por multas administrativas en ejecucion coactiva al 31.12.2014, asi como las que se deriven a la Ejecutoria Coactiva para su cobro durante la vigencia de la MORDAZA y su prorroga, de ser el caso; Que, la MORDAZA preve como beneficios: a) Por pago al contado.- Se efectuara un descuento del setenta por ciento (70%) sobre el importe total de la multa administrativa que se encuentre en ejecucion coactiva al 31 de diciembre de 2014, asi como las que se deriven a la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva para su cobro durante la vigencia de la presente MORDAZA, precisandose que los descuentos se efectuaran sobre el importe de la multa administrativa, o sobre el saldo deudor en caso se hubieran efectuado pagos a cuenta, siempre que el pago sea realizado en forma voluntaria. El pago voluntario de la multa administrativa condonara las costas y gastos procesales generados; b) Por pago fraccionado.- Se efectuara un descuento del cincuenta por ciento (50%) sobre el importe total de la multa administrativa que se encuentren en ejecucion coactiva al 31.12.2014, asi como las que se deriven a la Ejecutoria Coactiva para su cobro durante la vigencia de la norma; Que, la MORDAZA dispone que, los descuentos se efectuaran sobre el importe de la multa administrativa, o sobre el saldo deudor en caso se hubieran efectuado pagos a cuenta, siempre que el pago sea realizado en forma voluntaria, pudiendose fraccionar en dos (02) o tres (03) cuotas, pudiendo ser la cuota inicial de igual o mayor monto que las cuotas restantes, a solicitud del administrado. Siendo que en caso de multas administrativas en estado coactivo, el acogimiento al fraccionamiento de pago condonara las costas y gastos procesales generados, y suspende el procedimiento coactivo de cobro de la misma conforme a lo senalado en el articulo 16º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, precisandose que en todos los demas requisitos que no se refieran al numero de cuotas y/o plazo del fraccionamiento, o al incumplimiento del pago de las cuotas, el pago fraccionado se regira por las condiciones establecidas en el Decreto de Alcaldia Nº 132005-MSS, Reglamento de Fraccionamiento de Multas Administrativas; Que, con Informe Nº 958-2014-GAJ-MSS del 19.12.2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, teniendo en cuenta la documentacion presentada, asi como la normativa vigente, concluye opinando por la procedencia del proyecto de Ordenanza que aprueba disposiciones para el pago de Multas Administrativas en estado Coactivo

El Peruano Miercoles 31 de diciembre de 2014

y Eliminacion de Costas y Gastos Procesales, para lo cual deberan elevarse los actuados al Concejo Municipal para su aprobacion en atencion a sus facultades contenidas en el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, mediante Memorandum Nº 1003-2014-GM-MSS del 24.12.2014, la Gerencia Municipal encuentra conforme la presente propuesta de ordenanza; Que, estando al Dictamen Conjunto Nº 67-2014-CGMCAJ-MSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos, al Informe Nº 958-2014-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 9º incisos 8) y 9) y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por UNANIMIDAD, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA DISPOSICIONES PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS EN ESTADO COACTIVO Y ELIMINACION DE COSTAS Y GASTOS PROCESALES Articulo Primero.- Objeto La presente ordenanza tiene por objeto otorgar beneficios de descuentos en el monto a pagar de las multas administrativas pendientes de pago que se encuentran en procedimiento de ejecucion coactiva, en funcion a la oportunidad de pago y monto total cancelado. Articulo Segundo.- Alcance Podran acogerse a la presente Ordenanza, las personas naturales o juridicas, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que tengan deudas por multas administrativas en ejecucion coactiva al 31 de diciembre de 2014, asi como las que se deriven a la Ejecutoria Coactiva para su cobro durante la vigencia de la misma. Articulo Tercero.- Requisito previo a) En caso el obligado tuviera en tramite cualquier MORDAZA de reclamo o impugnacion contra la deuda que se desea pagar acogiendose a la presente Ordenanza, debera presentar el correspondiente desistimiento, con firma autenticada por fedatario de la municipalidad. b) En caso el obligado tuviera procesos judiciales en tramite, el obligado debera presentar MORDAZA simple del escrito de desistimiento y MORDAZA simple de la tasa de desistimiento establecida en el Arancel Judicial, ingresado a la mesa de partes del Poder Judicial. Posteriormente al acogimiento al presente beneficio, debera asegurarse que el desistimiento sea aceptado por el juez, de lo contrario, los pagos efectuados seran considerados como pago a cuenta. En ambos casos, dichos documentos deberan ser presentados en la mesa de partes de la Subgerencia de Gestion Documental, luego de lo cual podra efectuar el pago con los beneficios correspondientes. Articulo Cuarto.- Beneficios a) Por pago al contado.- Se efectuara un descuento del setenta por ciento (70%) sobre el importe total de la multa administrativa que se encuentren en ejecucion coactiva al 31 de diciembre de 2014, asi como las que se deriven a la Ejecutoria Coactiva para su cobro durante la vigencia de la presente norma. Los descuentos se efectuaran sobre el importe de la multa administrativa, o sobre el saldo deudor en caso se hubieran efectuado pagos a cuenta, siempre que el pago sea realizado en forma voluntaria. El pago voluntario de la multa administrativa condonara las costas y gastos procesales generados. b) Por pago fraccionado.- Se efectuara un descuento del cincuenta por ciento (50%) sobre el importe total de la multa administrativa que se encuentren en ejecucion coactiva al 31 de diciembre de 2014, asi como las que se deriven a la Ejecutoria Coactiva para su cobro durante la vigencia de la presente norma. Los descuentos se efectuaran sobre el importe de la multa administrativa, o sobre el saldo deudor en caso se hubieran efectuado pagos a cuenta, siempre que el pago sea realizado en forma voluntaria. Se podra fraccionar en dos (02) o tres (03) cuotas,

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